18/06/2019
En una Instrucción publicada el pasado 24 de mayo, la DGT aclara que las bicicletas de pedales con pedaleo asistido, conocidas como EPAC (Electronically Power Assisted Cycles) por sus siglas en inglés no están incluidas dentro de la clasificación de vehículos de la categoría L, por tanto, no necesitan homologación ni matriculación.
Una EPAC es una bicicleta eléctrica de pedaleo asistido con motor inferior a 250W, el cual deja de funcionar al llegar a los 25 km/h o si el ciclista deja de pedalear. Son consideradas a todos los efectos en el Reglamento General de Vehículos una bicicleta convencional.
Sin embargo, en el mercado se pueden encontrar ciclos de similar apariencia estética que las EPAC, pero con prestaciones superiores, que están catalogadas como vehículo a motor, pudiendo llegar a ciclomotores e incluso motocicletas, como por ejemplo los ciclos de motor (categoría europea L1e-A).
Estos ciclos están incluidos en la categoría L1e de vehículos de motor de dos ruedas ligeros, a diferencia de las EPAC, y por tanto, para autorizar su circulación, deberán estar homologados y matriculados, así como cumplir con el resto de las obligaciones establecidas en el ordenamiento jurídico, relativas al seguro obligatorio, cumplimiento de la frecuencia de inspección técnica, utilización del casco, titularidad del permiso de conducción etc.
Fte.www.dgt.es