Bufete Martínez Y Asociados

Bufete Martínez Y Asociados Bufete de abogados desde 1982 (con el anterior nombre de Martínez&Hortal Abogados). Nos encontramos en C/Lope de Vega, 25, 1º Derecha. Permítenos ayudarte.

En ocasiones, el derecho a disfrutar de la vivienda familiar por parte del progenitor custodio de los hijos menores, der...
26/11/2018

En ocasiones, el derecho a disfrutar de la vivienda familiar por parte del progenitor custodio de los hijos menores, derivado de una separación o divorcio, ha creado verdaderas situaciones de injusticia y de abuso de dicha facultad. Consulta esta noticia, por medio de la cual se establece un análisis de la reciente sentencia emitida por el Pleno del Tribunal Supremo, creadora de jurisprudencia respecto a esta materia. Si tú vives una situación así, ponte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.

BUFETE MYA

El Tribunal Supremo establece que el interés del menor no puede restringir o limitar más derechos de los que ampara

TE HARÁ REFLEXIONARConsulta la ESCALOFRIANTE noticia de Tomás Martínez, persona que por encontrarse en el lugar y moment...
11/11/2018

TE HARÁ REFLEXIONAR

Consulta la ESCALOFRIANTE noticia de Tomás Martínez, persona que por encontrarse en el lugar y momento equivocado, aun sin hacer absolutamente nada menos que estar pescando como acostumbraba, tuvo que enfrentarse a una serie de tratos vejatorios, momentos verdaderamente difíciles de aguantar, así como a un año de prisión, siendo completamente inocente.

El derecho a la presunción de inocencia es uno de los derechos más fundamentales y más importantes que recoge nuestro ordenamiento jurídico, es por ello que se encuentra previsto por nuestra mismísima Constitución como uno de los derechos de carácter "fundamentalísimo" (los de mayor núcleo de protección), y que debe de estar siempre latente. Una persona no puede ser culpada por meros indicios, prejuicios o hipótesis, teniendo que soportar con ello todo el dolor y sufrimiento que conlleva una pena privativa de la libertad.

Una acusación, hasta que no pueda ser demostrada con pruebas de cargo y verdadero fundamento, jamás puede prevalecer o superponerse a la inocencia de una persona.

Tomás Martínez arrastra las secuelas del año que pasó en la cárcel tras verse envuelto injustamente en una operación antidroga en Marbella

Estimados usuarios de Facebook,Nos complace informaros de que ya se encuentra disponible la cuenta oficial de nuestro Bu...
09/11/2018

Estimados usuarios de Facebook,

Nos complace informaros de que ya se encuentra disponible la cuenta oficial de nuestro Bufete en Youtube. Puedes acceder a la misma, así como suscribirte, por medio del siguiente enlace: https://www.youtube.com/channel/UCYPD8xSha1tiO8FNzsQx0aw

Igualmente, aprovechamos la presente publicación para comunicaros de que próximamente se subirá un vídeo en la indicada cuenta de Youtube en el que uno de nuestros abogados realizará una reflexión y valoración personal acerca de todo lo vivido respecto de las hipotecas, así como posibles soluciones o perspectivas de futuro sobre los cambios que se han producido. Os deseamos que tengáis una buena tarde. Recibid cordial saludo.

BUFETE MYA

07/11/2018

TENGAS SUSCRITA O NO UNA HIPOTECA, ES UNA CUESTIÓN QUE NOS AFECTA A TODOS. Consulta nuestra noticia ⬇️⬇️⬇️⬇️

07/11/2018

ÚLTIMA HORA | DESDE EL GOBIERNO DE PEDRO SÁNCHEZ SE ANUNCIAN MEDIDAS PARA QUE SEA EL ACREEDOR-BANCO EL QUE PAGUE EL IMPUESTO EN LA SUSCRIPCIÓN DE UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO

No pudimos ni pronunciarnos en lo que restaba del día de ayer cuando se dio a conocer públicamente la decisión final que ha adoptado la Sala Tercera del Tribunal Supremo respecto de la cuestión, a la que tanta mención hemos venido realizando, del pago del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados al constituir una hipoteca. Quizás el motivo de esta incapacidad no fue otro que el de la incredulidad, o por no dar crédito a lo que se estaba presenciando.

Pues bien, hace escasos minutos ha concluido una rueda de prensa convocada por Pedro Sánchez desde la Moncloa de la que podemos resaltar, para la tranquilidad de todos, las siguientes palabras que con literalidad ha pronunciado el actual Presidente del Gobierno: "LOS ESPAÑOLES NO PAGARÁN NUNCA MÁS ESTE IMPUESTO, LO PAGARÁ EL SECTOR FINANCIERO, LA BANCA". Para progresar en este sentido, Sánchez ha dicho que desde mañana mismo se trabajará en la adopción de dos medidas:
- La aprobación de un Real Decreto-Ley que modifique la Ley reguladora de las Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Ley reguladora del impuesto de las hipotecas), en su artículo 29.
- De la misma forma, con la intención de elevar la protección de los clientes financieros (deudores en el préstamo), se trabajará para la creación de una AUTORIDAD INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN DE LOS CLIENTES FINANCIEROS.

Con independencia de todo ello, nuestro sistema judicial queda muy dañado y malparado tras todos los acontecimientos vividos desde el día 16 del pasado mes en el que se dictaba la Sentencia que cambiaba el criterio judicial seguido desde hacía más de 30 años. Se pone muy en entredicho el principio constitucional (artículo 9.3) de la seguridad jurídica (que implica, en palabras de nuestro Tribunal Constitucional, que este principio "asegura a los que son o han sido partes en un proceso, que las resoluciones judiciales dictadas en el mismo que hayan alcanzado firmeza, no serán alteradas o modificadas al margen de los cauces judiciales previstos"), así como la independencia de la que, hoy más que nunca, se cuestiona, a la hora de actuar nuestro Poder Judicial. ¿Cómo puede ser, a qué se deberá, que una decisión adoptada por todo un órgano judicial cambie completamente en tan sólo cuestión de unas horas? (como fue el hecho de dictar una sentencia y someterla a revisión cuando ni aun habían transcurrido 24 horas). La respuesta parece evidente.

NOTICIA | NUEVO VARAPALO PARA LA JUSTICIA ESPAÑOLA Cualquier procedimiento judicial debe ser desarrollado con todas las ...
06/11/2018

NOTICIA | NUEVO VARAPALO PARA LA JUSTICIA ESPAÑOLA

Cualquier procedimiento judicial debe ser desarrollado con todas las garantías para sus intervinientes. En la justicia no todo vale. El fin no justifica los medios. Cualquier síntoma de parcialidad por parte del juez o jueza puede echar al vacío todo un procedimiento, puede vulnerar, lo que en términos jurídicos se refiere, el derecho a un juez imparcial reconocido dentro del artículo 24 de nuestra Constitución, relativo al derecho a una tutela judicial efectiva.

Aquí puedes ver el vídeo que reproduce el momento, o los momentos, por los cuales el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha considerado que Arnaldo Otegui no dispuso de un juicio justo para lo que finalmente supuso su condena.

https://youtu.be/IOT3mJrb3_k

Puedes consultar igualmente la noticia al completo por medio del siguiente enlace: https://elpais.com/politica/2018/11/06/actualidad/1541491428_046826.html

Victoria moral para Arnaldo Otegi en Estrasburgo. Hoy el tribunal de Derechos Humanos ha dicho que el líder abertzale no tuvo un juicio justo en el caso por ...

Si bien, hemos encontrado una noticia interesante respecto de la cuestión de las hipotecas, de aplicación independientem...
05/11/2018

Si bien, hemos encontrado una noticia interesante respecto de la cuestión de las hipotecas, de aplicación independientemente de la determinación o decisión que finalmente adopte el Supremo. Esperamos de corazón que os sea de utilidad y provecho.

La DGRN nos recuerda el derecho del cónyuge a consentir o no que se grave la vivien

En el día de hoy esperábamos respuesta a toda la tormenta generada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Trib...
05/11/2018

En el día de hoy esperábamos respuesta a toda la tormenta generada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Las deliberaciones respecto de sobre quién recaerá el pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las suscripciones de las hipotecas continuarán en el día de mañana. Suceso, reiteramos, que no refiere otro calificativo que de insólito en nuestro sistema judicial.

La discusión de los 28 miembros del pleno de la Sala de lo Contencioso-administrativo se prolongó ocho horas sin que alcanzaran un acuerdo. El debate se retomará este martes a las 10.00

NOTICIA| SOMOS PARTIDARIOS DE UNA JUSTICIA CERCANA PARA TODOSEn el día de ayer se hacía pública la noticia referente a q...
26/10/2018

NOTICIA| SOMOS PARTIDARIOS DE UNA JUSTICIA CERCANA PARA TODOS

En el día de ayer se hacía pública la noticia referente a que, tras la correspondiente fase de instrucción, tenía lugar la apertura del juicio oral contra Oriol Junqueras y 17 líderes independentistas más, por sendos delitos de rebelión, malversación y desobediencia. ¿Qué quiere decir exactamente esto?

Desde este Despacho somos partidarios de una Justicia que tenga cabida para todos, de entendimiento conjunto para toda la ciudadanía, la cual no debe de ser "tapada" ni dificultada por la utilización de una abundancia de conceptos extremadamente técnicos y arduos que nos hagan no compreder con exactitud la misma. Es por ello que nos gustaría trasladar a todos los participantes de esta página el alcance que tiene dicha noticia, en esa labor de decantar en la medida de lo posible los obstáculos que puedan desvirtuar nuestro entendimiento, y que nos ayude a comprenderla con la mayor exactitud.

Ciertamente, la emisión de los dos autos (resoluciones judiciales) por los que el Tribunal Supremo declaraba este jueves el cierre de la fase de investigación e instrucción, y daba pie a la apertura del juicio oral, son acontecimientos de gran repercusión para los referidos líderes independentistas. En términos claros, estas resoluciones judiciales supondrán que los líderes independentistas el próximo año 2019 tengan que SENTARSE EN UN BANQUILLO JUDICIAL, pasando, por ello, de la condición de investigados a la de procesados. Esto, viene a significar que estas personas pasarán a ser enjuiciadas por el Tribunal Supremo, al ser considerado por el mismo que "existen pruebas suficientes para ello".

En un procedimiento penal, como es el presente caso, es fundamental la distinción de una serie de etapas o fases dentro del mismo. La situación concreta en la que se encuentran los integrantes del "procés" es la de procesamiento, en la que el Tribunal que conoce del asunto (el Supremo, en este caso), tras haberse producido esa fase sumarial, o labor de investigación, se considera que existen suficientes pruebas de entidad como para que, al menos, sean sometidos éstos a la celebración de un Juicio, en el cual se practiquen las pruebas y se efectúen las alegaciones pertinentes ante el más alto tribunal, encargado de dictar finalmente la sentencia por la cual deban ser declarados condenados, y en qué términos concretos, o, en su caso, absueltos.

Esperamos que esta noticia haya sido de vuetro interés e, igualmente, aprovechamos la presente publicación para agradeceros de corazón el gran apoyo que hemos recibido en estos días. Si te gustaría conocer más sobre esta noticia, puedes hacerlo a través del siguiente enlace:

Desafio independentista: El Tribunal Supremo ha confirmado el cierre de la investigación del 1-O dictado por el juez Pablo Llarena y ha abierto juicio oral contra los 18 procesados por la causa del 'procés', entre ellos el exvicepresidente Oriol Junqueras, nueve exconsellers y la expresidenta del ...

La protección de los datos de carácter personal, íntimamente relacionados con el derecho a la intimidad de las personas,...
24/10/2018

La protección de los datos de carácter personal, íntimamente relacionados con el derecho a la intimidad de las personas, de carácter fundamental, es una materia que se encuentra especialmente protegida y castigada en la actualidad. Conoce el curioso caso de esta Agente de la Policía Municipal de Pamplona, que ha sido sentenciada y castigada al pago de una multa de 14 meses (4.200 euros) e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante año y medio, que implica la pérdida total de su empleo, por un delito de revelación de secretos cometido por funcionario público, tipificado en nuestro Código Penal.

De igual forma, a modo de conocimiento, aquí os transcribimos los artículos 417 y 42 del Código Penal, los cuales recogen el delito de revelación de secretos cometido por un funcionario público y la pena de inhabilitación especial, respectivamente. ¡Comparte con nosotros tu opinión!

Artículo 417
1. La autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, incurrirá en la pena de multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.

Si de la revelación a que se refiere el párrafo anterior resultara grave daño para la causa pública o para tercero, la pena será de prisión de uno a tres años, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a cinco años.

2. Si se tratara de secretos de un particular, las p***s serán las de prisión de dos a cuatro años, multa de doce a dieciocho meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.

Artículo 42.

La pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público produce la privación definitiva del empleo o cargo sobre el que recayere, aunque sea electivo, y de los honores que le sean anejos. Produce, además, la incapacidad para obtener el mismo u otros análogos, durante el tiempo de la condena. En la sentencia habrán de especificarse los empleos, cargos y honores sobre los que recae la inhabilitación.

Condenada una guardia municipal por alertar de la presencia de un presunto pederasta en el colegio de su hijo

23/10/2018

Seguimos trabajando en la construcción de nuestra página web... Próximamente estará disponible con la siguiente URL: www.martinez-asociados.es
¿Por qué no accedes mientras tanto a nuestro grupo y participas en nuestro debate nocturno? ¡El de hoy ya está propuesto! Tenemos la intención de realizar uno distinto cada noche, aceptando siempre cualquier sugerencia que nos realicéis sobre los temas a debatir; pero siempre con la ilusión de poder leerte. Únete ya a través de este enlace: https://t.co/YiUeus5bC5

Dirección

LOPE DE VEGA, 25, 1º DERECHA
Martos
23600

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 14:00
16:30 - 20:00
Martes 09:00 - 14:00
16:30 - 20:00
Miércoles 09:00 - 14:00
16:30 - 20:00
Jueves 09:00 - 14:00
16:30 - 20:00
Viernes 09:00 - 14:00

Teléfono

+34953550402

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Bufete Martínez Y Asociados publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Compartir