14/08/2020
AYUDA ECONÓMICA PARA ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL.-
La Orden de 29 de junio de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020, ayudas, en concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual.
establece una ayuda para el arrendatario de vivienda habitual caracterizada por:
• Requisitos del solicitante:
o 1.- Situación laboral del solicitante: el obligado a pagar tiene que encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
1. Desempleado.
2. Suspendido su contrato de trabajo por ERTE.
3. Reducida su jornada por conciliación con la vida familiar.
4. En una situación laboral diferente a las anteriores, que se caracteriza por una pérdida sustancial de ingresos. En este sentido, la norma establece los límites de ingresos de la unidad familiar dependiendo del número de convivientes, de si estamos o no frente a una unidad familiar monoparental o en función de si el solicitante o convivientes presentan algún tipo de discapacidad.
o 2.- La renta que hay que pagar por el alquiler más los gastos de electricidad, gas, gasoil para la calefacción, agua corriente, de teléfono móvil o fijo (incluyendo gastos por línea de internet) y cuotas a abonar -en su caso- a la comunidad de propietarios representa, al menos, el 35% de los ingresos netos de los miembros de la unidad familiar. A justificar.
• ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Hasta el 30 de septiembre de 2020 (inclusive).
• ¿Cómo he de solicitarlo?:
Cumplimentar el Anexo I y Anexo II de la Orden comentada. https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/21205/como-solicitar.html.
Preferentemente a través de vía telemática. En su defecto: ante la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico Provincial.
• Duración de la ayuda e importe:
6 meses. El importe del alquiler con el límite de 900 euros.