17/07/2026
FIFA presentó la sentencia como un respaldo a sus reglas.
Pero el TJUE no declaró legales los topes a los honorarios de los agentes.
En el asunto C‑209/23 —RRC Sports—, el Tribunal determinó que esos límites no constituyen necesariamente una restricción de la competencia “por objeto”.
¿Significa eso que son compatibles con el derecho europeo?
No.
Ahora corresponde al tribunal alemán analizar sus efectos reales sobre la competencia y determinar si pueden justificarse.
FIFA deberá demostrar que las medidas:
⚖️ Persiguen objetivos legítimos y reales.
⚖️ Son adecuadas, necesarias y proporcionadas.
⚖️ No pueden sustituirse por alternativas menos restrictivas.
La sentencia también advierte que corregir supuestas “fallas del mercado” constituye un objetivo económico que, por sí solo, no basta para justificar una restricción.
Proteger a jugadores y entrenadores frente a abusos o conflictos de interés sí podría ser legítimo, pero FIFA tendrá que probar que sus reglas realmente cumplen esa función.
En conclusión:
FIFA obtuvo la oportunidad de defender sus topes.
No una declaración judicial de legalidad.
La diferencia no es semántica. Es jurídica.
Desliza para conocer los puntos esenciales de la sentencia.
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