23/11/2013
TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
VULNERACIÓN DEL DERECHO DEL DETENIDO A SER TRASLADADO SIN DEMORA ANTE UN JUEZ
El TEDH ha dictado sentencia en el asunto El Kashif c. Polonia (n° de demanda 69398/11). El demandante, de
nacionalidad polaca, alegaba la vulneración del artículo 5.1 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al
entender que se había quebrantado su derecho a un proceso rápido y sin dilaciones indebidas, como
consecuencia de haber estado privado de libertad injustificadamente durante 16 días y no ser trasladado ante la
autoridad judicial competente para que resolviera sobre su detención. Por ello, el demandante recurrió ante los
órganos jurisdiccionales superiores; si bien siendo desestimadas sus pretensiones. Finalmente, el TEDH concluye
en su sentencia, por unanimidad, que ha habido violación del artículo 5.1 del CEDH (derecho a la libertad y a la
seguridad) y, por 6 votos contra 1 que ha habido, igualmente, vulneración del art. 5.3 del CEDH (derecho de toda
persona detenida o privada de libertad a ser conducida sin dilación ante la autoridad judicial) como
consecuencia de no haber sido conducido con mayor celeridad ante un juez, atendidas las circunstancias
concurrentes y la escasa entidad de los hechos cometidos; fijando, por último, una indemnización a favor del
mismo en concepto de daño moral.