15/02/2023
LAS DENUNCIAS FALSAS EN LOS PROCESOS DE FAMILIA
Cuando se produce una ruptura familiar con hijos menores, muchas parejas que se encuentra en estos procesos de separación o divorcio, existiendo desavenencias, actúan ante cualquier incumplimiento en el ámbito familiar con la interposición de denuncias cruzadas en los Juzgados de Instrucción o de violencia de género. Además, los efectos provisionales de estas denuncias producen un perjuicio irreparable para todas las partes y principalmente a los hijos menores, limitando y arrebatando derechos paterno filiales.
Afirma el Tribunal Constitucional que la reforma del art. 94 del Código Civil “no priva de modo automático al progenitor del régimen de visitas o estancias como afirman los recurrentes, sino que atribuye a la autoridad judicial la decisión sobre el establecimiento o no de un régimen de visitas o estancias o la suspensión del mismo, incluso en los supuestos en los que un progenitor esté incurso en un proceso penal”
Con la aprobación de la ley 8/2021, de 2 de junio, el tribunal constitucional afirma que no se puede privar de estos derechos de visitas o estancias con los menores por parte de sus padres existiendo causas penales en curso y en todo caso de denegar este derecho dicha resolución por parte del juzgador debe de ser motivada en atención del interés del menor, evaluando la relación paterno filial.
Marcelino Tamargo, Letrado Director del despacho Espacio Legal Abogados, resalta el hecho de que se presentan muchas denuncias que conllevan un proceso largo y costoso, no solo a nivel económico sino también a nivel personal, ya que se priva del disfrute de los hijos con normalidad e incluso llegando a producir rechazo por parte de los hijos.
Muchas de estas denuncias se archivan absolviendo a la parte acusada sin que esto pueda paliar el daño psicológico producido tanto al progenitor como al menor