01/06/2020
DESPIDO en Estado de ALARMA
¿Te han despedido y te dicen que es a causa de la crisis del coronavirus? ☛ RECLAMA, tu Despido será Improcedente o Nulo.
★ Todos los despidos que se intenten justificar por la crisis del coronavirus serán improcedentes.
El artículo 2 de este Real Decreto-Ley establece que no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido la fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada, previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-Ley 8/2020.
CONCLUSIÓN
★ La respuesta breve sería entonces, que aunque te pueden despedir, sería un despido improcedente o nulo; (a menos que no haya otros motivos, que deben ser demostrados).
¿Qué consecuencias tiene todo esto para ti y para tu despido?
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¿Me pueden despedir en estado de alarma? No, sería Despido Improcedente. No pierdas dinero y defiende tus derechos. Despacho en Madrid. Consulta Gratuíta