153 Corporate

Cómo llegar Página web Contactar con la empresa

153 Corporate Es así como se abre la primera sede, que debe su nombre a su emplazamiento, en el paseo de la Castellana de Madrid.

153 Corporate es una Firma global y especializada en el apoyo y asesoramiento a empresas y compañías que afrontan procesos de expansión y crecimiento y necesitan impulsar su actividad, consolidarse o desarrollar nuevos proyectos. 153 Castellana Law Firm nació en el año 2015 fruto de la unión de dos profesionales del Derecho, José Ángel Garcia y José Miguel Llinares, íntimamentes ligados al ámbito de la empresa y con horizonte en la ejecución de proyectos más allá del ámbito local. En poco tiempo el despacho crece con la apertura en Sevilla y Huelva.

El Tribunal Supremo ha introducido un cambio de paradigma en la atribución de competencia entre los Juzgados de Primera ...
16/10/2026

El Tribunal Supremo ha introducido un cambio de paradigma en la atribución de competencia entre los Juzgados de Primera Instancia y los Juzgados de lo Mercantil en los casos de litigios societarios. Presentar una demanda ante el juzgado equivocado puede costarle a tu empresa meses de proceso y miles de euros. Puede provocar la inadmisión de la demanda, la nulidad de actuaciones y perder tiempo. Por ello, ningún empresario o directivo que afronte un conflicto societario puede ignorar el contenido de esta sentencia.

¿Qué decía la doctrina anterior?
Hasta ahora, la mera vinculación de la controversia con una sociedad mercantil no determinaba la competencia de los Juzgados de lo Mercantil. El criterio era claro: para que un asunto fuera competencia del juzgado mercantil, la acción debía fundarse directamente en una norma societaria. Si la base legal era otra (contractual, extracontractual, civil) el asunto iba a los juzgados ordinarios.

¿Qué cambia con la Sentencia de Tribunal Supremo?
El Tribunal Supremo se aparta de la doctrina seguida por las Audiencias Provinciales y desplaza el criterio de atribución competencial desde el fundamento normativo de la acción hacia la materia sobre la que versa la controversia. La competencia mercantil ya no exige que la acción se funde directamente en una norma societaria.

En términos prácticos, esto significa que litigios que hasta ahora se ventilaban ante juzgados civiles ordinarios podrían redirigirse al juzgado mercantil, y viceversa. Y elegir mal el juzgado no es un error menor: puede determinar la inadmisión de la demanda, la nulidad de actuaciones y la pérdida de meses de proceso.

¿Qué tipos de conflictos se ven afectados?
➡️ Reclamaciones entre socios con base contractual o extracontractual.
➡️ Acciones de responsabilidad frente a administradores acumuladas con reclamaciones de cantidad.
➡️ Conflictos derivados de pactos de socios con elementos civiles y societarios entrelazados.
➡️ Disputas en operaciones de M&A donde concurren acciones de distinta naturaleza jurídica.

Tras la STS 800/2026, habrá que esperar a ver cómo los Tribunales de Instancia y las Audiencias Provinciales implementan la nueva doctrina, lo que abre un período de incertidumbre procesal que exige asesoramiento jurídico actualizado antes de interponer cualquier demanda de naturaleza societaria.

En 153 Corporate asesoramos en litigios mercantiles y societarios con visión estratégica y técnica actualizada. Si tu empresa afronta o prevé un conflicto societario, la elección del juzgado competente ya no es un trámite — es una decisión estratégica. Hablemos.

Existe una creencia muy extendida en el mundo empresarial: una vez que un ejercicio fiscal ha prescrito, Hacienda no pue...
04/10/2026

Existe una creencia muy extendida en el mundo empresarial: una vez que un ejercicio fiscal ha prescrito, Hacienda no puede tocarlo. Es comprensible. Pero es incorrecta.

La STS 988/2026, de 23 de julio, fija doctrina con un impacto que ninguna empresa con saldos de IVA pendientes puede ignorar: la Agencia Tributaria puede comprobar saldos de IVA generados en períodos ya prescritos cuando esos saldos se arrastran y aplican en ejercicios todavía abiertos a regularización.

El dato que cambia todo:

El plazo general de prescripción para liquidar una deuda es de cuatro años. Pero el plazo especial para comprobar saldos pendientes de compensación es de 10 años.

Hacienda no puede volver a liquidar el período prescrito. Pero sí puede revisar el origen y la cuantía del saldo que viene de ese período y que tu empresa sigue aplicando hoy.

¿Por qué es crítico para empresas y operaciones corporativas?

✅ En due diligence de M&A. Los saldos de IVA a compensar de una empresa target no son siempre un activo limpio. Si proceden de ejercicios anteriores a 2022, pueden estar sujetos a comprobación. Un saldo que Hacienda puede cuestionar no es un activo — es un pasivo contingente que debe identificarse antes del cierre.

✅ En reestructuraciones empresariales. Las fusiones, escisiones y aportaciones de rama de actividad transmiten créditos fiscales entre entidades. La entidad receptora hereda también el riesgo de su revisión.

✅ En grupos de consolidación fiscal. Una inspección sobre una filial con saldos históricos de IVA puede tener efecto dominó sobre la estructura consolidada del grupo.

Lo que toda empresa debe hacer ahora:

1️⃣ Revisar el origen y documentación de los saldos de IVA pendientes de compensar, especialmente si proceden de ejercicios anteriores a 2022.
�2️⃣ Incorporar este análisis como elemento esencial en cualquier due diligence fiscal previa a una operación de M&A.
�3️⃣ Anticiparse: la prescripción del derecho a liquidar no elimina el derecho a comprobar cuando el saldo se sigue aplicando en ejercicios vivos.

La diferencia entre una empresa expuesta y una protegida no está en lo que Hacienda pueda hacer. Está en lo que el asesor jurídico revisó antes de que Hacienda actúe.

En 153 Corporate integramos la visión fiscal, mercantil y concursal en el asesoramiento a empresas y operaciones de M&A. ¿Tu empresa arrastra saldos fiscales de ejercicios anteriores o estás valorando una adquisición?

Este es el momento de revisarlo. Hablemos.

Tres años de Planes de Reestructuración empresarial en España. La herramienta existe. El problema es que pocas empresas ...
27/09/2026

Tres años de Planes de Reestructuración empresarial en España. La herramienta existe. El problema es que pocas empresas saben cuándo usarla. Y cuando deciden actuar e intervenir ya es tarde.

La Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, introdujo los planes de reestructuración preconcursales como figura central del nuevo sistema. Tres años después, el balance es claro: la herramienta funciona. Pero su uso sigue siendo minoritario en el segmento de empresa mediana española. Y esto tiene un coste enorme.

¿Qué es un Plan de Reestructuración y por qué importa?

Es el mecanismo que permite a una empresa con dificultades financieras -aunque con actividad viable- negociar con sus acreedores antes de caer en una situación de insolvencia formal. Cuando coinciden una causa de disolución por pérdidas y una situación de insolvencia, el deber legal del administrador es activar el mecanismo concursal.

El Plan de Reestructuración es actuar antes de que se llegue a ese punto. La diferencia entre activarlo a tiempo y no hacerlo puede ser la diferencia entre salvar la empresa o liquidarla.

Estos tres años de práctica judicial alrededor de estos planes nos han enseñado:

1️⃣ Los tribunales españoles han elevado el estándar de exigencia. Se observa un incremento de la complejidad técnica de la práctica y una mayor experiencia de todos los participantes: asesores, doctrina y jueces. Presentar un plan mal estructurado ya no es una opción.
2️⃣ La viabilidad económica no es negociable. Los juzgados mercantiles rechazan planes que no acrediten una base económica sólida y verificable. El rigor técnico del plan es tan importante como su contenido jurídico.
3️⃣ El timing lo es todo. Una empresa que activa el plan cuando ya no tiene liquidez para operar llega tarde. El momento óptimo es cuando la dificultad es previsible, no cuando ya es urgente.
4️⃣ Las operaciones de compraventa de activos en contexto de crisis o insolvencia — tanto para compradores como para vendedores, accionistas y administradores — requieren un asesoramiento especializado que integre la visión concursal y la visión de M&A.

La pregunta que todo empresario debería hacerse hoy: ¿Cuándo fue la última vez que tu asesor jurídico analizó la estructura financiera de tu empresa con visión preventiva, no para cumplir, sino para anticiparse?

En 153 Corporate asesoramos a empresas en situaciones de dificultad financiera y en la elaboración y negociación de planes de reestructuración, integrando la visión concursal, societaria y de M&A. Si tu empresa atraviesa tensiones financieras, el momento de actuar es ahora, antes de que la situación escale. Hablemos.

𝗛𝗮𝗰𝗶𝗲𝗻𝗱𝗮 𝗻𝗼 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲 𝗱𝗲𝘀𝗺𝗼𝗻𝘁𝗮𝗿 𝘂𝗻𝗮 𝗿𝗲𝗲𝘀𝘁𝗿𝘂𝗰𝘁𝘂𝗿𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗲𝗺𝗽𝗿𝗲𝘀𝗮𝗿𝗶𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝘂𝗻 𝗽𝗹𝘂𝗺𝗮𝘇𝗼. 𝗘𝗹 𝗧𝗿𝗶𝗯𝘂𝗻𝗮𝗹 𝗦𝘂𝗽𝗿𝗲𝗺𝗼 𝗮𝗰𝗮𝗯𝗮 𝗱𝗲 𝗯𝗹𝗶𝗻𝗱𝗮𝗿 𝗲𝗹 𝗿é𝗴𝗶...
20/09/2026

𝗛𝗮𝗰𝗶𝗲𝗻𝗱𝗮 𝗻𝗼 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲 𝗱𝗲𝘀𝗺𝗼𝗻𝘁𝗮𝗿 𝘂𝗻𝗮 𝗿𝗲𝗲𝘀𝘁𝗿𝘂𝗰𝘁𝘂𝗿𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗲𝗺𝗽𝗿𝗲𝘀𝗮𝗿𝗶𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝘂𝗻 𝗽𝗹𝘂𝗺𝗮𝘇𝗼. 𝗘𝗹 𝗧𝗿𝗶𝗯𝘂𝗻𝗮𝗹 𝗦𝘂𝗽𝗿𝗲𝗺𝗼 𝗮𝗰𝗮𝗯𝗮 𝗱𝗲 𝗯𝗹𝗶𝗻𝗱𝗮𝗿 𝗲𝗹 𝗿é𝗴𝗶𝗺𝗲𝗻 𝗳𝗶𝘀𝗰𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗵𝗼𝗹𝗱𝗶𝗻𝗴𝘀.

La STS 949/2026, de 20 de julio, es una de las sentencias fiscales más relevantes del año para grupos empresariales, empresas familiares y operaciones de reorganización societaria. Y lleva apenas dos semanas publicada.

El Tribunal Supremo ha fijado una doctrina clara: la simple apreciación de que una operación puede carecer de motivos económicos válidos no faculta a la Agencia Tributaria para suprimir en bloque el diferimiento fiscal de las plusvalías en las operaciones de reestructuración empresarial.

¿Qué cambia exactamente?

Hasta ahora, la Inspección tendía a atacar operaciones de aportación no dineraria de participaciones a una sociedad holding alegando ausencia de motivos económicos válidos. Y cuando lo conseguía, eliminaba de golpe todo el diferimiento fiscal, con el impacto económico que ello supone para el empresario o grupo familiar.

El Supremo frena ese automatismo con tres mensajes muy precisos:

1️⃣ Hacienda no puede hacer tributar automáticamente en el IRPF toda la plusvalía diferida por una aportación de participaciones a una holding alegando simplemente que no existen motivos económicos válidos.

2️⃣ Si la Inspección detecta una finalidad fiscal indebida, únicamente podrá corregir la ventaja abusiva concreta y cuantificada, sin desmontar el régimen de neutralidad ni liquidar de golpe el diferimiento del impuesto.

3️⃣ Para negar el régimen fiscal especial de reestructuraciones empresariales, la Administración deberá justificar, mediante una motivación reforzada y pruebas suficientemente concluyentes, que el diferimiento de la tributación constituía la ventaja fiscal principal perseguida y que dicha ventaja era indebida.

¿Qué significa esto en la práctica?

Los contribuyentes sometidos a regularizaciones en las que se haya eliminado íntegramente el régimen FEAC podrán examinar si la Administración identificó realmente la ventaja fiscal que consideraba abusiva y si justificó por qué la corrección debía extenderse también al diferimiento de las plusvalías.

Y para quienes estén planificando una reestructuración, el mensaje es igualmente relevante: si los fondos vuelven al circuito empresarial mediante inversiones reales, adquisición de participaciones u otras operaciones vinculadas a la actividad, esa conducta puede reforzar la existencia de motivos económicos válidos.

La sentencia no otorga impunidad. Pero sí exige a Hacienda afinar el bisturí: ya no puede destruir toda la operación societaria, solo puede eliminar la ventaja tributaria específica que considere improcedente.

En 153 Corporate asesoramos en la planificación y estructuración fiscal de operaciones de reorganización societaria, holdings familiares y procesos de reestructuración empresarial.

Si tienes abierta una inspección sobre una operación de este tipo, o estás planificando una reestructuración, esta sentencia cambia el escenario. Hablemos.

11/09/2026

Septiembre no es el mes de la vuelta al cole. Para una empresa bien gestionada, es el mes en que se decide cuánto va a pagar de impuestos en 2026. La vuelta de vacaciones abre el último tramo del ejercicio, un momento propicio para revisar inversiones, financiación y la puesta en funcionamiento de nuevos activos.

Esperar hasta diciembre podría retrasar o impedir algunas deducciones y amortizaciones. Y sin embargo, la mayoría de las empresas españolas llega a diciembre sin haber hecho nada.

El problema no es la falta de tiempo. Es la confusión entre dos cosas que no son lo mismo: cumplir con Hacienda y planificar la fiscalidad de la empresa. La mayoría de las pymes españolas solo se ocupa del corto plazo, y generalmente de forma reactiva. Las empresas que crean ventaja competitiva real mediante la fiscalidad gestionan tres horizontes de forma integrada: el ejercicio corriente, el medio plazo y el largo plazo.

¿Qué decisiones deben tomarse antes del 31 de diciembre?

✅ Reserva de capitalización. Uno de los incentivos más simples y eficaces para pymes rentables que no necesiten distribuir todos sus beneficios. El principal error es no dotarla porque "ya se verá en la declaración": la decisión de incrementar fondos propios tiene que tomarse antes del cierre del ejercicio.

✅ Inversiones y amortizaciones. Los activos adquiridos antes del 31 de diciembre generan deducción en el ejercicio 2026. Los que se compran en enero, no.

✅ Retribución de socios y administradores. La política de retribución de socios-administradores tiene impacto directo en el Impuesto sobre Sociedades y en el IRPF. Diseñarla en diciembre es tarde.
BMC

✅ Operaciones vinculadas. La falta de documentación de precio de transferencia entre socios y sociedad es uno de los ajustes más frecuentes en inspecciones a pymes. La documentación no es costosa y su ausencia puede convertir un ahorro legítimo en un riesgo real.

✅Bases imponibles negativas pendientes. Si tu empresa acumula pérdidas de ejercicios anteriores, septiembre es el momento de analizar si pueden compensarse este año — y cómo hacerlo correctamente.

La conclusión es clara: el asesor fiscal que solo actúa en julio hace declaraciones; el que actúa en septiembre hace planificación.

En 153 Corporate acompañamos a empresas y sociedades en la planificación fiscal del cierre de ejercicio, integrando la visión jurídica, societaria y tributaria en una estrategia coherente. Porque las decisiones fiscales que impactan en 2026 se toman ahora, no en enero. ¿Hablamos?

El mercado de M&A en España no está donde muchos creen. Y esa brecha entre percepción y realidad es donde están las mejo...
06/09/2026

El mercado de M&A en España no está donde muchos creen. Y esa brecha entre percepción y realidad es donde están las mejores oportunidades. El relato dominante habla de un mercado dinámico, de private equity activo y de España como un destino de gran atractivo para la inversión internacional. Esto es cierto. Pero hay una parte de la historia que los grandes informes no cuentan o lo escoden.

El grueso del deal flow en España se ha desplazado al lower mid-market. empresas con facturaciones de entre 500.000 y 10 millones de euros que protagonizan la mayoría de operaciones cerradas en el país. Un segmento que, hasta hace poco, los grandes fondos ignoraban. Y que ahora concentra la atención de family offices, search funds e inversores industriales.

¿Por qué ahora? La respuesta no es financiera. Es demográfica. Para 2030, se estima que más de medio millón de empresarios españoles se jubilarán, muchos sin sucesor identificado. Detrás de cada una de esas empresas hay un fundador con vínculo emocional al negocio, con empleados que llevan décadas en la casa y con una marca que, en muchos casos, define a toda una comunidad.

La decisión de vender no es solo financiera. Nunca lo es. Y ahí es donde la mayoría de las operaciones fracasan antes de empezar. Porque el M&A en el mid-market español no falla por falta de compradores ni por valoraciones imposibles. Falla por falta de preparación. Falla porque el vendedor no ha estructurado su empresa para ser vendida. Porque la due diligence descubre pasivos que nadie había identificado. Porque el contrato no recoge las garantías necesarias. Porque el closing llega sin que nadie haya pensado en la integración.

Las operaciones se están dilatando cada vez más en el tiempo, estructurándose como procesos bilaterales y con inversores que apuestan por posiciones minoritarias sin control, a cambio de contar con un equipo directivo sólido y profesional. En ese contexto, la calidad del asesoramiento jurídico no es un coste. Es el factor que determina si la operación se cierra y en qué condiciones se realiza

Lo que diferencia una operación bien ejecutada de una que se frustra no suele ser el precio. Es el proceso. En 153 Corporate acompañamos operaciones de M&A en el mid-market español con una premisa clara: el trabajo jurídico empieza mucho antes de que aparezca un comprador. Estructuración, due diligence, negociación, garantías, cierre e integración. De principio a fin.

¿Estás pensando en vender, comprar o crecer a través de una operación corporativa? Hablemos antes de que el proceso empiece.

𝗘𝗹 𝗮𝘀𝗲𝘀𝗼𝗿𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗷𝘂𝗿í𝗱𝗶𝗰𝗼 𝗱𝗲 𝗰𝗮𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗻𝗼 𝗰𝗼𝗻𝘀𝗶𝘀𝘁𝗲 𝗲𝗻 𝗿𝗲𝘀𝗼𝗹𝘃𝗲𝗿 𝗽𝗿𝗼𝗯𝗹𝗲𝗺𝗮𝘀. 𝗖𝗼𝗻𝘀𝗶𝘀𝘁𝗲 𝗲𝗻 𝗮𝗻𝘁𝗶𝗰𝗶𝗽𝗮𝗿𝗹𝗼𝘀.Esta es la convicción q...
02/09/2026

𝗘𝗹 𝗮𝘀𝗲𝘀𝗼𝗿𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗷𝘂𝗿í𝗱𝗶𝗰𝗼 𝗱𝗲 𝗰𝗮𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗻𝗼 𝗰𝗼𝗻𝘀𝗶𝘀𝘁𝗲 𝗲𝗻 𝗿𝗲𝘀𝗼𝗹𝘃𝗲𝗿 𝗽𝗿𝗼𝗯𝗹𝗲𝗺𝗮𝘀. 𝗖𝗼𝗻𝘀𝗶𝘀𝘁𝗲 𝗲𝗻 𝗮𝗻𝘁𝗶𝗰𝗶𝗽𝗮𝗿𝗹𝗼𝘀.
Esta es la convicción que define a 153 Corporate. Somos una firma especializada en el asesoramiento a empresas y sociedades nacionales e internacionales.

No somos un despacho generalista. Somos especialistas en los momentos que más importan para una empresa: cuando crece, cuando se transforma, cuando se reestructura y cuando necesita blindarse frente al riesgo.

Nuestra especialización es nuestra propuesta de valor:
⚖️ Derecho Mercantil y Societario: la base jurídica sobre la que se construyen las decisiones empresariales sólidas.
🔄 Reestructuración de Empresas: soluciones jurídicas cuando el negocio necesita cambiar de rumbo con garantías.
🤝 M&A: dirigimos, coordinamos y acompañamos operaciones de fusión y adquisición de principio a fin: desde estudio de cada operación y la Due Diligence hasta el cierre y la integración post-adquisición.
✅ Compliance Corporativo: programas de cumplimiento que protegen a la organización y a sus administradores frente al riesgo penal y reputacional.
📋 Derecho Concursal, Fiscal y Laboral: cobertura jurídica completa del ciclo de vida empresarial.

Lo que nos diferencia no es solo lo que sabemos. Es cómo lo aplicamos. Cada operación, cada contrato y cada decisión que asesoramos parte del mismo principio: entender el negocio antes de dar una respuesta jurídica. Porque el derecho al servicio de la estrategia empresarial no es un complemento. Es una ventaja competitiva.

Si buscas un equipo jurídico que piense como tú piensas, con visión de negocio, rigor técnico y orientación al resultado, estamos aquí.

📩 Cuéntanos tu proyecto aquí: https://153corporate.com/contacto/

A partir del 28 de agosto de 2026, los jubilados españoles podrán volver al mercado laboral sin renunciar completamente ...
27/08/2026

A partir del 28 de agosto de 2026, los jubilados españoles podrán volver al mercado laboral sin renunciar completamente a su pensión.

El Real Decreto 416/2026, de 27 de mayo, regula el nuevo régimen jurídico de la jubilación flexible y otros aspectos comunes a las modalidades de compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación con el trabajo. La nueva regulación entra en vigor el 28 de agosto de 2026, y no tiene efectos retroactivos sobre jubilaciones ya reconocidas.

¿Qué significa esto para las empresas?

➡️ Se amplía el colectivo. Una de las novedades más relevantes es que podrán acogerse quienes quieran desarrollar una actividad por cuenta propia como autónomos — antes estaba únicamente dirigida a los trabajadores asalariados a tiempo parcial. Esto amplía significativamente el universo de perfiles que pueden reincorporarse al mercado laboral.

➡️ Nuevas posibilidades de retención de talento sénior. Las empresas pueden ahora estructurar acuerdos de colaboración con profesionales jubilados de alto valor, sin que estos tengan que renunciar a su pensión. Una herramienta especialmente útil en sectores con escasez de perfiles especializados.

➡️ Impacto en la planificación de plantillas. La norma persigue favorecer el envejecimiento activo y facilitar la prolongación voluntaria de la vida laboral, reforzando los incentivos para que las personas jubiladas puedan mantener una actividad profesional compatible con su pensión. Las empresas deben revisar sus políticas de recursos humanos y contratos para adaptar sus esquemas a las nuevas posibilidades.

➡️ Régimen transitorio a tener en cuenta. Las pensiones de jubilación flexible iniciadas con anterioridad a la entrada en vigor del RD 416/2026 se seguirán rigiendo por la normativa anterior. Conviene revisar los acuerdos ya vigentes para determinar si es conveniente adaptarlos al nuevo marco. Iberley

La norma abre oportunidades reales. Pero también exige revisar contratos, pactos de colaboración y políticas internas antes de aplicarla. En 153 Corporate asesoramos a empresas en la adaptación a los cambios normativos laborales y en la estructuración de acuerdos que protejan sus intereses.

¿Tu empresa tiene perfiles sénior clave en plantilla o en fase de jubilación? Hablemos.

Transmitir participaciones de una SL está a punto de cambiar radicalmente. Y si operas en M&A, esto te afecta directamen...
19/08/2026

Transmitir participaciones de una SL está a punto de cambiar radicalmente. Y si operas en M&A, esto te afecta directamente.

El Anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública plantea, entre sus medidas más destacadas, una reforma estructural que afecta de lleno al régimen de transmisión de participaciones sociales en las sociedades de responsabilidad limitada.

¿Qué cambia exactamente?

Toda transmisión de participaciones sociales (ya sea inter vivos, mortis causa o forzosa) y toda constitución de derechos reales o gravámenes sobre participaciones deberá inscribirse en el Registro Mercantil con carácter constitutivo. Hasta que no se produzca la inscripción, el adquirente no podrá ejercer derechos frente a la sociedad, ni frente a terceros. En la práctica esto significa:

✅ El libro registro de socios pierde protagonismo. La reforma desplaza el modelo basado en el libro registro de socios hacia un sistema de validación registral con efectos frente a terceros.
✅ Sin inscripción, sin derechos. El pago de dividendos, la restitución de aportaciones o cualquier atribución patrimonial solo tendrá efectos si se realiza a favor del titular inscrito.
✅ Impacto directo en M&A. Los procesos de due diligence deberán reforzarse al requerir una verificación registral de la titularidad como elemento esencial, y se verán afectados aspectos clave del closing, en la medida en que el ejercicio de derechos políticos y económicos quedará condicionado a la inscripción.

La norma aún está en tramitación. Pero su aprobación transformará los esquemas tradicionales de transmisión de participaciones y obligará a revisar protocolos, contratos y procesos de cierre en operaciones societarias.

En 153 Corporate seguimos de cerca esta reforma y asesoramos en operaciones de M&A con visión jurídica actualizada. ¿Tienes una operación en curso o en fase de negociación? Hablemos antes de que la norma entre en vigor.

Europa acaba de rediseñar las reglas del concurso de acreedores. España tiene hasta 2029 para adaptarse. Y aunque el pla...
03/08/2026

Europa acaba de rediseñar las reglas del concurso de acreedores. España tiene hasta 2029 para adaptarse. Y aunque el plazo pueda parecer lejano, las implicaciones para empresas, administradores y acreedores son inmediatas.

La Directiva (UE) 2026/799, en vigor desde el 21 de abril de 2026, armoniza el derecho de insolvencia en la UE para reducir la inseguridad jurídica y mejorar el atractivo de la inversión transfronteriza. Lo hace sobre seis materias concretas con impacto directo en la gestión empresarial:

1️⃣ Acciones rescisorias. Plazo máximo de tres años desde la declaración del concurso — una clarificación que España aún no tiene definida.
2️⃣ Rastreo de activos. Los administradores concursales accederán directamente al catastro, registro de la propiedad, registro mercantil y registros de bienes muebles.
3️⃣ Prepack concursal. Primera regulación europea de la venta de empresa en funcionamiento antes de la apertura formal del concurso, con fase de preparación confidencial.
4️⃣ Responsabilidad de administradores. Se regula expresamente el deber de solicitar la apertura del procedimiento — con impacto directo en su responsabilidad personal.
5️⃣ Comités de acreedores. Se refuerzan sus derechos mínimos de información y participación.

La transposición al ordenamiento español obligará a revisar aspectos clave del sistema concursal. 2029 es la fecha límite. Pero las decisiones empresariales que afectan a estas materias se toman hoy.

En 153 Corporate asesoramos a empresas y administradores en reestructuración y procesos concursales con visión jurídica actualizada.

¿Tu empresa atraviesa una situación compleja? Hablemos antes de que el problema escale.

Dirección

Paseo De La Castellana, 153 Bajo
Madrid
28046

Horario de apertura

Lunes 09:00 - 19:00
Martes 09:00 - 19:00
Miércoles 09:00 - 19:00
Jueves 09:00 - 19:00
Viernes 09:00 - 19:00

Notificaciones

Sea el primero en enterarse: le enviaremos un correo electrónico cuando 153 Corporate publique novedades y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin y puede darse de baja en cualquier momento.

Contactar Con La Empresa

Enviar un mensaje a 153 Corporate:

Atajos

Compartir