12/06/2026
Nos alegra informar que 5 de las 9 activistas por el clima para las que se pedían 21 meses de cárcel por lanzar tempera contra el edificio del Congreso, han sido absueltas. Las otras 4, sin embargo han sido condenadas a una multa de 1440 € y al pago de los gastos de limpieza (que ya se habían pagado antes del juicio).
Tenemos una sensación agridulce (aunque ciertamente más dulce que agri), porque pese a que la mayoría de las activistas han sido absueltas y las condenadas lo han sido "solo" al pago de multas; y pese a que la jueza reconoce la legitimidad e importancia de la protesta dada la situación de emergencia climática, la sentencia también nos deja frases como esta: "Aunque la conducta pudiera estar inspirada en una finalidad reivindicativa plenamente legítima, el medio excedió los límites de los derechos invocados".
"Los derechos invocados" eran los de expresión, reunión y manifestación. Y la conducta no supuso ningún daño real para el edificio, ni mucho menos para personas.
En nuestra humilde, pero experta, opinión los hechos no superaron en ningún momento el llamado "umbral de molestias" establecido en la jurisprudencia del TEDH para considerarse fuera del marco de protección al ejercicio de los derechos fundamentales.
La jueza considera que hubo un delito de daños al patrimonio histórico, pero impone una pena muy inferior a la solicitada por la Fiscalía