SANHONORATO ABOGADOS

SANHONORATO ABOGADOS Un Equipo de Profesionales con amplia experiencia en Civil y Mercantil a tu alcance. Defensa de derechos sociales y laborales de personas con diabetes.

Y, ¿a los demás? Mientras nuestros parlamentarios juegan con los tres poderes del Estado, los ciudadanos que siguen crey...
14/12/2022

Y, ¿a los demás? Mientras nuestros parlamentarios juegan con los tres poderes del Estado, los ciudadanos que siguen creyendo en el sistema y que interponen sus recursos ante el Tribunal Constitucional, a la espera.

El Tribunal Constitucional se reunirá en Pleno este jueves para estudiar la admisión y solicitud de medidas cautelares del Partido Popular en el recurso de amparo presentado hoy...

https://www.diabetesexperienceday.com/ded2022/
31/10/2022

https://www.diabetesexperienceday.com/ded2022/

GRACIAS Descárgate el informe final del DED 2022 Nombre Tu correo electrónico Acepto la Política de privacidad Prev 1 of 2 Next Diabetes Experience Day 2022 El reencuentro La edición 2022 del Diabetes Experience Day va a ser muy especial. Dos años después de la última y exitosa edición en M....

En el III Congreso "Diabetes Influencers": la problemática relación entre trabajo, diabetes y leyes.
08/11/2021

En el III Congreso "Diabetes Influencers": la problemática relación entre trabajo, diabetes y leyes.

👏 Molt contents de com va anar tot al .
Moltes gràcies a tots els ponents i als assistents 🙌

🔜 En breu es podrà veure tot el congrés al nostre canal de YouTube.

👇 A la foto, d'esquerra a dreta: Sra. Cristina Pérez, Dra. Monserrat Nacher, Dra. Meritxell Rovira Clusellas, Dra. Rosa Corcoy, Javier Sanhonorato, Rubèn Celada, vicepresident de l'ADC, Sandra Canudas, gerent de l'ADC i Maria Tatché, Secretaria de l'ADC.

“LA JUSTICIA TARDÍA NO ES VERDADERA JUSTICIA" Actualmente tengo tres procedimientos en el Supremo. Dos de ellos parten d...
23/10/2021

“LA JUSTICIA TARDÍA NO ES VERDADERA JUSTICIA"

Actualmente tengo tres procedimientos en el Supremo. Dos de ellos parten de un supuesto de hecho en el que la indemnidad de menores se ve comprometida pues se trata dilucidar sobre el derecho de su madre a recibir la prestación por cuidado de menor con enfermedad grave, Diabetes Mellitus Tipo 1 que, como todos sabemos en edad pediátrica requiere un especial cuidado para no comprometer la vida del menor en la actualidad y en un futuro: complicaciones agudas, como la hipoglucemia pues cada vez la exigencia es mayor en torno al óptimo control glucémico que tiene como "efecto secundario" estas "bajadas de azúcar", la hiperglucemia que, además de sus efectos inmediatos, si mantenida puede provocar cetosis y es precedente de posible complicaciones futuras, la propia variabilidad glucémica y la denominada "memoria metabólica"; y las tan temidas complicaciones crónicas, producto la mayoría de las veces del desajuste metabólico que produce esa hiperglucemia mantenida como la glicosilación no enzimática de proteínas.

El otro caso compromete el futuro profesional de un joven que, habiendo superado con suficiencia las pruebas del proceso selectivo para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil. Gracias a que, precisamente, su control metabólico es óptimo, se cumplen los requisitos para pasar el reconocimiento médico. Sin embargo, el resultado ha sido un No Apto. La discrecionalidad técnica de la Administración de Defensa ha funcionado: siguen excluyendo a todas las personas diagnosticadas de diabetes. Pero han incumplido claramente los dispuesto en la Orden de modificación de los cuadros de exclusión médica, tanto literal como en su interpretación sistemática y de acuerdo a la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas, ya sabéis, artículo 3 de nuestro Código Civil.

El caso es que la desidia de nuestros dos partidos mayoritarios en Congreso y Senado, hace que no se pongan de acuerdo en la renovación del Consejo General del Poder Judicial, lo cual está provocando retrasos en el Tribunal Supremo imposibles de asumir por los ciudadanos. Parece, a veces, que es precisamente en el ciudadano en el último que se piensa.

En el siguiente enlace se explica todo bastante bien:

En un documento de fecha de 18 de octubre de 2021, el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo alerta que si no se pone solución a la situación existente (ahora son once vacantes y en 2022 serán cinco más) resulta sencillo pronosticar las consecuencias desfavorables que de ello pueden derivar, tan...

Continua la discriminación por diabetes en los procesos selectivos para ingreso en Fuerzas Armadas y Guardia Civil. Y el...
22/10/2021

Continua la discriminación por diabetes en los procesos selectivos para ingreso en Fuerzas Armadas y Guardia Civil. Y ello, a pesar de la modificación de los cuadros de exclusión médica y la clara literalidad de la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

En el Preámbulo de dicha norma se expresa con lucidez que "de acuerdo con la evidencia científica actual, no existe razón alguna para excluir del acceso al empleo público, en ninguno de sus ámbitos, en base al mero diagnóstico de una enfermedad, porque sería caer en el estigma, sino que habrá de hacerse en base a parámetros clínicos. Por lo tanto, a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, ningún ciudadano podrá ser excluido de las pruebas por un diagnóstico..." Y se refiere a cuatro diagnósticos que han sido objeto de trato desigual para acceder a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: VIH, celiaquía, psoriasis y DIABETES.

Como ya he comentado en Addeisa, en cuanto me sea posible expondré el iter que ha dado lugar a la situación en que nos encontramos, de verdadera discriminación por diabetes. Utilizando términos del Derecho Penal la discriminación es ahora con ensañamiento y alevosía.

La diabetes dejó de ser incapacitante para el acceso a las Fuerzas Armadas en 2018. Álvaro denuncia que este es el motivo por el que le han declarado no apto.

11/03/2021

Sobre el permiso retribuido por cuidado de menor con enfermedad grave.

Nuestro compañero estadounidense Tym Staley junto con la ADA, lo han conseguido. Quizás es que los abogados especializad...
05/03/2021

Nuestro compañero estadounidense Tym Staley junto con la ADA, lo han conseguido. Quizás es que los abogados especializados en diabetes y derechos, tenemos nuestro lugar en este mundillo. Esto que es natural en muchos países, aquí se obvia. https://m.facebook.com/AmericanDiabetesAssociation/photos/a.10150296362989033/10157986424964033/?type=3

Congrats Utah on updating vaccine prioritization! Starting March 8th anyone over the age of 16 with or can get the vaccine and the a1c requirements have been removed!

Thank you to our advocate Tim Staley who helped work with Utah Deputy Epidemiologist Sam LeFevre to make this happen!

Este domingo, a partir de las 11:00, dos casos en que el derecho de no discriminación del artículo 14 de la Constitución...
11/11/2020

Este domingo, a partir de las 11:00, dos casos en que el derecho de no discriminación del artículo 14 de la Constitución se ve vulnerado. ¡Os esperamos!

¿Es posible que algunas profesiones no se puedan desarrollar por tener diabetes? En España hay casos de personas con diabetes a las que no les han dado su plaza...

En el marco de las actividades organizadas en torno al Día Mundial de la Diabetes, se ofrece este webinar, con determina...
11/11/2020

En el marco de las actividades organizadas en torno al Día Mundial de la Diabetes, se ofrece este webinar, con determinados temas que a veces se olvida están también dentro del contexto de la Educación en Diabetes, pues muchas de ellas son situaciones de la vida diaria.
¡No dejéis pasar la oportunidad de inscribiros!

El próximo martes 17 de noviembre ofreceremos el webinar gratuito con Javier Sanhonorato, abogado especialista en Derecho Sanitario, integrante del Grupo de Trabajo de Educación Terapéutica en Diabetes en Sociedad Española de Diabetes y Presidente de Addeisa (Asociación para la defensa de derechos de las personas con )

➡️ Martes 17 de noviembre a las 18:00 h. (hora insular canaria)
➡️ Inscripción gratuita en www.diabetenerife.org

Esta es una de las actividades que ofrecemos dentro del marco del , que se celebra el próximo 14 de Noviembre. Agradecemos la colaboración de IASS Tenerife Sanidad Gobcan Servicio Canario de Salud y Ayuntamiento La Laguna

Juan Manuel es una persona excelente que, como otros jóvenes, se presentó a las pruebas para ingresar en los centros doc...
08/09/2020

Juan Manuel es una persona excelente que, como otros jóvenes, se presentó a las pruebas para ingresar en los centros docentes militares de formación, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a las Escalas de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil. Así reza la Resolución 452/38140/2020, de 2 de junio, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección.
El obstáculo para ello no lo iba a encontrar en las pruebas físicas, ni en las de inglés, ni en los psicotécnicos... ¡Saco el número 13 de entre más de mil aspirantes! Para asombro de él mismo y ahora de nosotros, el escollo lo iba a encontrar en la tozudez arcaica de un Tribunal médico en que no constaba ni un especialista en endocrinología que resuelve su reconocimiento médico con un NO APTO basado en el Apartado A5 del Cuadro de exclusiones médicas.
No vamos a traer aquí lo que nos ha relatado Juan Manuel que ocurrió ante los componentes del Tribunal Médico Militar de Apelación, más que nada para no hacer sonrojar a los mismos, si es que sienten alguna vergüenza estos facultativos, que lo desconocemos. Tampoco podemos traer aquí el informe del reconocimiento médico porque, incluso después de solicitarlo, se lo han denegado. Lo ha vuelto a solicitar y esperemos que esta vez no se lo denieguen.
Así que lo único que podemos hacer, de momento, es atenernos a lo que establece ese Apartado A5 del Cuadro de exclusiones médicas aprobado por la Orden PCI/6/2019, de 11 de enero, y que debió ser modificado por Orden PCM/79/2020, de 29 de enero, que dice:
"5. Procesos endocrinometabólicos que produzcan alteraciones morfológicas o funcionales de importancia pronóstica o que requieran terapia sustitutiva continua y sean incompatibles con la profesión militar, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente."
Los que llevamos mucho tiempo estudiando las cláusulas de exclusión, conocemos esta redacción que es tan arcaica en su planteamiento como lo son los planteamientos de los técnicos que la han llevado a la Orden Ministerial, como lo es el planteamiento de quien firma la Orden Ministerial y como lo es el de los propios facultativos que la han usado aquí. Lo único que se ha modificado, de forma elegante más que efectiva, es ese: "motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente".
Y esto es lo que esperamos con verdadera ansiedad: ver qué tipo de juicios clínicos desarrollan para enviar a la calle a una persona con diabetes con un control tan excelente como su propia persona.
Por último, la traducción exacta de la cláusula es en nuestro caso: diabetes No entendemos cómo se ha permitido esta redacción. Desconocemos hasta cierto punto que ha ocurrido en el proceso de elaboración de esta cláusula.
No cómo se ha permitido una cláusula que resulta claramente en contradicción con lo dispuesto en la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público. Lo siento pero es así de largo su título.
Esta Orden PCI/154/2019 es importante por dos motivos:
El primero porque deja bien a las claras que no se puede excluir a nadie con base en la diabetes, es decir, por el diagnóstico o el padecimiento de la misma:
En su Apartado Segundo se ordena "Limitar de las causas de exclusiones médicas exigibles en todas las convocatorias de pruebas selectivas de Fuerzas Armadas y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado... la diabetes, adaptándola a la evidencia científica en el momento de la convocatoria, sujeto al dictamen del órgano facultativo correspondiente y sin perjuicio de la superación de las pruebas selectivas en cada caso".
Como se puede observar, en lugar de "eliminar" se utiliza el verbo "limitar" y, lo que al parecer se pretende (la construcción gramatical no parece la más adecuada), no es eliminar directamente la diabetes de los cuadros de exclusión médica, sino limitar la exclusión por diabetes en los procesos selectivos indicados.
Vamos ahora al Apartado Sexto, que dice así:
"Promover, por los Departamentos competentes, la modificación de las normas reglamentarias que contemplen... la diabetes... y otras enfermedades que, en base a la revisión propuesta, no deban figurar como causa de exclusión genérica al empleo público."
Si existieran dudas en su aplicación, y aquí viene el segundo motivo, siempre hay que ir a nuestro Código Civil que nos da ideas sobre cómo hay que interpretar las normas, teniendo en cuenta el momento en que han de ser aplicadas y la voluntad del legislador. Sobre lo primero, no tenemos dudas acerca de los avances en el tratamiento de la diabetes y sobre lo segundo nos queda el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, al que se refiere la Orden y que establece el deseo de que no se excluya en ningún caso por diabetes.
Esperamos con cierta ansiedad la Resolución con los motivos del No Apto por ver si estamos ante una discrecionalidad técnica que roce la arbitrariedad y ante una verdadera causa de vulneración del artículo 14 de la Constitución Española.

Un chico de Padul con diabetes tipo 1 ha aprobado todas las pruebas para vestir de verde, pero ha sido declarado «no apto»

¡Se excluye de estas plazas de forma directa a quien tenga diabetes! ¡Sin más consideración!El que una persona con diabe...
30/07/2020

¡Se excluye de estas plazas de forma directa a quien tenga diabetes! ¡Sin más consideración!
El que una persona con diabetes sea especialmente vulnerable en relación con el Covid-19, sirve para determinar qué condiciones de salud laboral se han de implantar en cada caso dependiendo de si tiene una diabetes compensada, descompensada o con comorbilidades. Por lo tanto a una persona con diabetes compensada y sin comorbilidades, al igual que en las empresas privadas lo único que es de exigencia es que se facilite la continuación del tratamiento, en la Administración Pública ha de ser lo mismo. Otra lectura podría ser entendida como verdadera discriminación.

La Junta convoca plazas en la especialidad de administradores generales en todas las provincias andaluzas La Junta sacará una convocatoria pública si no se cubren los 3.000 empleos para vigilar las playas con la bolsa única Andalucía reactiva las oposiciones

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