Lexcom Asesores

Lexcom Asesores Asesoría Fiscal, Contable, Laboral y Jurídica. Administracion de fincas. Gestoria Administrativa

Tu declaración de la Renta sin salir de casa. La importancia de contar profesionales colegiados, tu mayor garantía.
15/05/2020

Tu declaración de la Renta sin salir de casa.
La importancia de contar profesionales colegiados, tu mayor garantía.

Realizamos tu declaración de la renta sin desplazamientos. La importancia de contar con profesionales colegiados, tu may...
25/04/2020

Realizamos tu declaración de la renta sin desplazamientos. La importancia de contar con profesionales colegiados, tu mayor garantía.

19/03/2020

La Aeat permitirá usar los certificados digitales caducados mientras dure la crisis del Covid-19

14/03/2020

Ante la grave situación que estamos viviendo, son muchos autónomos y Pymes que nos están preguntando como proceder ante el cese de actividad decretado por el Estado de Alarma. Ante esta situación una solución para evitar despidos masivos son los Expedientes de Regulación de Empleo para ellos os dejamos algunas preguntas sobre su funcionamiento:

¿QUÉ ES UN ERTE?

Es un instrumento pensado para superar crisis temporales de los autónomos y empresas, por
el que se puede:
- Suspender de manera temporal los contratos de los trabajadores
- Reducir la jornada laboral de los trabajadores

¿QUIÉN LO PUEDE LLEVAR A CABO?

Cualquier autónomo o empresa que cumpla los requisitos, independientemente del número de trabajadores que tenga.

¿POR CUÁNTO TIEMPO?

La duración será siempre temporal y se adecuará a la duración de la situación coyuntural que
se pretende superar

¿CÓMO TENGO QUE PROCEDER?

- Se inicia mediante SOLICITUD a la AUTORIDAD LABORAL adjuntando los Medios de
prueba que estime necesarios (en este caso que justifiquen la causa de FUERZA MAYOR)

- Debe comunicarse fehacientemente y de manera simultánea a la solicitud, a los trabajadores

¿QUÉ SE ENTIENDE EN ESTA SITUACIÓN POR FUERZA MAYOR?

FUERZA MAYOR Cuando se decreten por motivos de salud pública, por parte de las autoridades
competentes, estatales, autonómicas o municipales, medidas extraordinarias que afecten a la
actividad de las empresas tales como: el cierre o cancelación de actividades, restricciones a la
movilidad de las personas o mercancías, aislamiento para evitar el contagio, carencia de
suministros, entre otras, en aras a la seguridad jurídica en los distintos ámbitos afectados, debe
garantizarse la publicidad suficiente y su publicación en un medio oficial.

¿COMO AFECTA A MIS TRABAJADORES Y DESDE CUANDO?

La suspensión de los contratos o reducción de jornada surtirá efectos DESDE LA FECHA DEL HECHO CAUSANTE DE LA FUERZA MAYOR.

- PRESTACIÓN POR DESEMPLEO O PARO. Los trabajadores pueden solicitar la prestación por desempleo si:

Tienen cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años

Si no -> subsidio desempleo si no tienen rentas superiores al 75% del SMI (831,25€ mes/ 9.974,97€ año) excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (1.108,33€ mes/ 13.299,96€ año)

14/03/2020

Tras la declaración del Estado de Alarma, las
APERTURAS PERMITIDAS son:

- Comercios de alimentación de todo tipo de formatos, incluido mercados, fruterías, carnicerías, pescaderías, panaderías, supermercados e hipermercados.

- Farmacias, parafarmacias, droguería, tiendas de cosmética y los comercios de productos de higiene.

- Estancos, quioscos y panaderías.

- Tiendas minoristas de informática, de telecomunicaciones y los comercios por correspondencia o Internet.

- Tiendas de animales de compañía.

- Los centros comerciales podrán abrir, pero solo en la parte de alimentación y los productos de primera necesidad.

- Todos los comercios podrán vender por Internet, independientemente de su actividad.

- Todos los servicios profesionales (sucursales bancarias, peluquerías, clínicas, odontología, fisioterapia...) pueden abrir porque no entran en la categoría de comercios.

Medidas tributarias por la crisis del Coronavirus
13/03/2020

Medidas tributarias por la crisis del Coronavirus

Ayer se anunció la aprobación del RD Ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.Entre estas medidas, se encuentra dentro del ámbito tributario, aquella por la que se permite el aplazamiento/fraccionamiento de deudas tributa...

Explicación sobre las retribuciones de los socios distintas a las de administradores.
06/02/2020

Explicación sobre las retribuciones de los socios distintas a las de administradores.

Esta es una cuestión que, aún a día de hoy, continúa generando dudas, y en este artículo nuestro Gabinete Jurídico de Mibufete.com trata de dar respuesta de forma resumida y en términos generales a esta cuestión. No obstante, se trata de algo genérico, que no tiene porqué obedecer a cada c...

Cambios para los autónomos en el ejercicio 2020
07/11/2019

Cambios para los autónomos en el ejercicio 2020

Para el Año 2020 los autonomos deberán realizar cambios en la forma de realizar los libros de irpf

Dirección

Avenida Las Aguilas 2B 2-3
Madrid
28044

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 20:00
Martes 09:00 - 20:00
Miércoles 09:00 - 20:00
Jueves 09:00 - 20:00
Viernes 09:00 - 20:00

Teléfono

911997755

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Lexcom Asesores publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Lexcom Asesores:

Compartir

Sobre Nosotros

Asesoría Fiscal, Contable, Laboral y Jurídica. Gestoria Administrativa. Transferencia de Vehículos. Administracion de fincas.

LEXCOM ASESORES, es una empresa con servicios de asesoría fiscal, gestoría contable, jurídica y laboral dirigidos a la pequeña y mediana empresa en Madrid La profesionalidad, la cercanía y la disponibilidad de nuestros asesores, nos permite ofrecer a nuestros clientes una amplia y valiosa gama de servicios de asesoría de alta calidad y precios muy competitivos. Nuestro objetivo es obtener para su empresa las mayores ventajas en nuestras áreas de asesoría contable, fiscal, jurídica y laboral.

Ofrecemos a nuestros clientes una extensión de nuestra propia empresa. Para que encuentren el apoyo de trabajar con un equipo humano al que le interesa su éxito, que será también el nuestro. Todos nuestros esfuerzos van destinados con un único objetivo, el éxito de nuestro clientes, que es también el nuestro.