23/02/2018
Y para acabar la semana, vamos a hablaros de los gastos hipotecarios.El Tribunal Supremo en el año 2015 declaró la nulidad de la cláusula bancaria que imponía al cliente el pago de todos los gastos derivados de la constitución de una hipoteca, por considerarla abusiva. Esta sentencia se ha venido aplicando desde entonces por los distintos Juzgados y Tribunales del país, si bien, los gastos concretos que se pueden reclamar han sido interpretados de forma distinta por cada Audiencia Provincial.
Para todos aquellos que tengáis una hipoteca en Madrid, la buena noticia es que la Audiencia Provincial de Madrid, una de las más favorables al consumidor, ha establecido de forma reiterada, por ejemplo en su sentencia de fecha 31 de marzo de 2017, que es el banco quien tiene que pagar la totalidad de los gastos de constitución de la hipoteca (notaría, gestoría y tasación de la vivienda) así como el impuesto que grava la misma (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados).
Por este motivo, queremos animaros a tod@s, muy especialmente en Madrid, a que inicies los trámites de la reclamación para recuperar esos gastos e impuestos asociados a la hipoteca.