13/02/2022
GASTOS QUE CONFORMAN EL TRÁMITE DE UNA HERENCIA:
✅ Abogado
En España los honorarios del abogado son libres, de forma que conviene que con anterioridad a todo trámite, el abogado haga un presupuesto a su cliente sobre sus honorarios, de forma que se sepa, en todo momento, el coste de su intervención.
Fuera del ámbito judicial está prohibido que los colegios de abogados establezcan criterios o tablas de precios.
En principio, por ley -fuera del ámbito judicial- está prohibido que los Colegios de abogados establezcan recomendaciones sobre honorarios.
Por tanto los abogados no se rigen en este ámbito por unos aranceles o tablas (a diferencia de otros profesionales que intervienen en este materia).
Por eso es fundamental que, antes de contratar sus servicios, el abogado le haga un presupuesto escrito y firmado que recoja sus costes.
Como siempre que se acude a un profesional, no debe contratarse a un abogado sin que antes le haya dado un presupuesto, escrito y firmado por él) de sus honorarios.
Puede usted solicitarnos, sin compromiso alguno, un presupuesto exacto del coste de la intervención de un abogado en toda la tramitación de su herencia
✅ Notaría
Los notarios, a diferencia de otros profesionales, no pueden cobrar lo que quieran cuando hacen documentos de herencia o cualquier otro.
No obstante si son libres de fijar precios si realizan actuaciones que no son propiamente notariales: gestiones, liquidación de impuestos, etc.
Estos honorarios se rigen por unas normas: los aranceles notariales, que son iguales para toda España.
Sin embargo la aplicación de estos aranceles es complicada porque para calcular el coste efectivo de un documento notarial hay que tener en cuenta multitud de factores: número de herederos, adjudicaciones concretas, número de folios utilizados, número de copias simples y autorizadas que se expiden, etc.
Los aranceles son iguales para todos los notarios por lo que el precio de una escritura debería ser igual cualquiera que sea la notaría a la que usted acuda.
No obstante tenga en cuenta que, al menos, el notario está autorizado para hacer un descuento de hasta un 10% del precio.
Además, tenga en cuenta que la factura del notario debe explicar claramente cada uno de los conceptos aplicados del arancel, lo que facilita que usted pueda comprobar que se han aplicado correctamente.
Conviene siempre comprobar estas facturas, pues puede haber errores en la aplicación del arancel.
Existe un plazo de 15 días hábiles para impugnar la factura ante el Colegio Notarial que corresponda.
Estas facturas, en el caso de las herencias, son además más complicadas que en otros casos pues existen más conceptos minutables.
✅ Impuestos
1. Impuesto de sucesiones:
Hay que tener en cuenta la determinación de la base imponible + la determinación de la base liquidable + la determinación de la cuota tributaria - las bonificaciones y deducciones.
2. La plusvalía municipal: IIVTNU
Hay que tener en cuenta el Impuesto de Sucesiones + el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana.
✅ Registro de la propiedad
Una vez pagado el Impuesto de Sucesiones para poder completar correctamente la adjudicación de los bienes inmuebles, es conveniente acudir al Registro de la Propiedad del lugar donde se encuentren, para que se inscriban a nombre de aquel heredero o herederos a los que correspondan los bienes.
Los Registradores de la Propiedad, a diferencia de otros profesionales y al igual que los notarios, deben ajustar sus precios a unas normas: aranceles registrales, que son iguales para toda España.
Sin embargo la aplicación de estos aranceles es complicada porque hay que tener en cuenta multitud de factores: número de adjudicaciones, valor de lo adjudicado, derechos que se constituyan, asientos de presentación, cancelación de notas de afección, existencia de liquidación de gananciales, etc.
El hacer constar en el Registro una herencia, tiene un coste que se rige por los aranceles de los Registradores de la Propiedad.
Una copia completa de los aranceles registrales se encuentra en la sección de legislación.
Además tenga en cuenta que la factura del registrador debe explicar claramente cada uno de los conceptos aplicados del arancel, lo que facilita que ud. pueda comprobar que la factura es correcta.
Conviene siempre comprobar estas facturas, pues puede haber errores en la aplicación del arancel.
Existe un plazo de 15 días hábiles para impugnarla ante el Colegio de los Registradores que corresponda.
✅ Otros gastos
1. Tasa por solicitar el certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad (RGAUV): 3,78 € para el año 2020.
2. Tasa por solicitar el certificado del Registro de Seguros con Cobertura de Fallecimiento: 3,78 € para el año 2020.
3. Solicitud de copia autorizada del testamento en la notaría.
Aquí el coste depende de varios factores, como el año en que se hizo el testamento y el número de folios que ocupa.
4. Un acta notarial de declaración de herederos abintestato: puede tener un coste aproximado de unos 250,00 € ó 300,00 € (+ IVA), si bien esto es aproximado pues el importe final puede depender del número de herederos, documentos que se adjuntan, etc...
5. Tasas por solicitud de certificaciones catastrales: estas dependen de dónde se soliciten.
Por ejemplo, para el año 2020 las solicitadas en los puntos de información catastral de los ayuntamientos de Madrid y Barcelona son gratuitas.
6. Tasa por transferencias de vehículos: en el año 2020 eran 54,60 €.
7. Comisiones bancarias por emisión de certificados de saldo y por "tramitación de expedientes de testamentaría".
En los últimos años estas comisiones se han incrementado notablemente.
Creemos que una cosa es solicitar un certificado de saldo de una cuenta del fallecido y otra distinta encargar al banco la tramitación del expediente de testamentaría, que requiere un encargo expreso de los herederos y por el que algunos bancos (p.ej. Banco Santander) tienen tarifas de 300,00 € + IVA.
En cualquier caso, el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España tiene dicho que no hay lugar al pago de comisión alguna por emitir un certificado de posiciones del causante al día del fallecimiento ni por certificar los movimientos de la cuenta en el último año.