19/02/2026
💬 Los menores desde los 14 años hasta la mayoría de edad responden penalmente por sus actos según la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (LORPM). A diferencia de los adultos, el sistema se centra en medidas educativas y de reinserción social, no puramente punitivas, con un enfoque protector y de responsabilidad, gestionado por fiscalías de menores.
Hoy defendimos a nuestro cliente de 16 años que intentó hurtar en un Centro comercial junto a sus amigos. A estas edades y según las circunstancias del caso, es importante reconocer los hechos y llegar a un acuerdo beneficioso y educativo para el menor.
📞 Si te han citado de la Fiscalía de menores, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Una buena defensa hace la diferencia.
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