Blanca Rodriguez-Redondo. Abogada

Blanca Rodriguez-Redondo. Abogada ABOGADA

BLANCA RODRÍGUEZ-REDONDOABOGADA · DERECHO DE FAMILIAMÉRIDA - CÁCERES📞 674 929 183CUSTODIA COMPARTIDAAsesoramiento legal ...
19/05/2026

BLANCA RODRÍGUEZ-REDONDO
ABOGADA · DERECHO DE FAMILIA
MÉRIDA - CÁCERES
📞 674 929 183
CUSTODIA COMPARTIDA
Asesoramiento legal cercano, profesional y eficaz para proteger lo más importante: tus hijos.
La custodia compartida se encuentra regulada en el artículo 92 del Código Civil y respaldada por una consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo. Cada caso es único y requiere un estudio personalizado para defender el interés superior del menor y garantizar la mejor solución familiar posible.
Entre los aspectos que los tribunales valoran para conceder la custodia compartida destacan:
✔ La implicación previa de ambos progenitores en el cuidado y educación de los hijos.
✔ La capacidad de atención, responsabilidad y cumplimiento de las obligaciones parentales.
✔ El número de hijos y sus necesidades específicas.
✔ La opinión de los menores, especialmente cuando tienen más de 12 años o suficiente madurez.
✔ Los informes psicosociales emitidos por el juzgado competente.
✔ La existencia de una relación respetuosa entre los progenitores que favorezca el bienestar de los hijos.
✔ El interés superior del menor, siempre como criterio principal.
Incluso en situaciones de desacuerdo entre los progenitores, el juez puede acordar la custodia compartida si existen circunstancias favorables y los informes profesionales así lo recomiendan.
Importante: la existencia de condena por violencia de género impide la concesión de este régimen de custodia.
Si necesitas asesoramiento legal en procedimientos de separación, divorcio o custodia compartida, cuenta con una atención seria, humana y comprometida.
BLANCA RODRÍGUEZ-REDONDO · ABOGADA
MÉRIDA - CÁCERES
📞 674 929 183

🚗 ¿Has comprado un coche y a los pocos días aparece una avería grave?Puede que no sea “mala suerte”. Puede ser un vicio ...
11/05/2026

🚗 ¿Has comprado un coche y a los pocos días aparece una avería grave?
Puede que no sea “mala suerte”. Puede ser un vicio oculto.
🔎 Un vicio oculto es un defecto que: ✔️ Ya existía cuando compraste el vehículo.
✔️ No era visible ni detectable fácilmente.
✔️ Afecta gravemente a su uso o valor.
⚖️ ¿Qué puedes hacer?
Si se demuestra, puedes:
▫️ Resolver el contrato (devolver el coche y recuperar tu dinero).
▫️ Exigir una rebaja del precio.
▫️ Reclamar daños y perjuicios si hubo mala fe.
⏳ Importante: En compraventas entre particulares, el plazo para reclamar es de 6 meses desde la entrega.
🚨 Casos frecuentes: – Motor con avería grave a los pocos días.
– Kilometraje manipulado.
– Daños estructurales no informados.
– Fallos electrónicos previos a la venta.
📌 Consejo: Guarda contrato, anuncio, mensajes y actúa rápido.
En la compraventa de vehículos, lo que no se ve… también puede reclamarse.
Si tienes dudas sobre tu caso, consultar a tiempo puede evitarte asumir un coste que no te corresponde.
🚘

💔 DIVORCIARSE NO TIENE POR QUÉ SER UNA GUERRA ⚖️Tomar la decisión de divorciarse nunca es fácil. Detrás de cada separaci...
07/05/2026

💔 DIVORCIARSE NO TIENE POR QUÉ SER UNA GUERRA ⚖️
Tomar la decisión de divorciarse nunca es fácil. Detrás de cada separación hay emociones, dudas, hijos, patrimonio y muchas preguntas. Por eso, contar con un buen asesoramiento legal marca la diferencia.
En España, existen diferentes formas de divorcio: ✔️ De mutuo acuerdo — más rápido, económico y menos traumático.
✔️ Contencioso — cuando no existe acuerdo entre las partes.
✔️ Con hijos menores — donde la custodia, pensiones y régimen de visitas requieren especial atención.
Un divorcio bien gestionado protege: 🔹 Tus derechos
🔹 Tu patrimonio
🔹 La estabilidad de tus hijos
🔹 Tu tranquilidad futura
Cada caso es diferente. No es solo “firmar unos papeles”. Hay decisiones importantes sobre vivienda, custodia, pensión compensatoria o reparto de bienes que pueden afectar durante años.
📞 En nuestro despacho te ofrecemos un trato cercano, discreto y profesional para ayudarte a afrontar esta etapa con seguridad y claridad.
Porque cerrar una etapa también es empezar otra.

BLANCA RODRÍGUEZ. ABOGADA. MÉRIDA-CÁCERESTFNO 674 929 183¿EN CASO DE UN DIVORCIO EN  RÉGIMEN  DE SEPARACIÓN  DE BIENES E...
05/05/2026

BLANCA RODRÍGUEZ. ABOGADA. MÉRIDA-CÁCERES
TFNO 674 929 183
¿EN CASO DE UN DIVORCIO EN RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES ES POSIBLE PEDIR UNA INDEMNIZACIÓN? Sí, si es posible. Y es que hoy en día, son muchas las parejas que se casan bajo este régimen matrimonial pensando que, ante una posible ruptura, será más fácil la disolución atendiendo a los criterios de «lo mío es mío y lo tuyo es tuyo». No obstante, nuestro Código Civil prevé una indemnización o compensación económica tras la extinción del régimen de separación de bienes (art. 1438).
Son cada vez más los cónyuges que deciden contraer matrimonio bajo el régimen económico matrimonial de separación de bienes, por entender que en un supuesto de crisis matrimonial, este es el que facilita los términos de la separación o divorcio. No sólo por estar claro el patrimonio de cada cónyuge, sino por creer que aun existiendo un desequilibrio económico de un cónyuge con respecto al otro, el que se haya visto desfavorecido tras la ruptura no tendrá derecho a una pensión compensatoria.

Sin embargo, este argumento es erróneo. Y es que nuestro Código Civil prevé una indemnización o compensación económica tras la extinción del régimen de separación de bienes, prevista en el art. 1.438. «Los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio lo harán proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos. El trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que el Juez señalará, a falta de acuerdo, a la extinción del régimen de separación».
Según dicho artículo, para que uno de los cónyuges tenga derecho a obtener una compensación/indemnización, es necesario que se den los siguientes requisitos:

1.- Que los cónyuges hayan pactado un régimen de separación de bienes.

2.- Que ambos cónyuges hayan contribuido al levantamiento de las cargas, computándose como tal el trabajo doméstico.

Poco a poco el Tribunal Supremo ha ido concretando aún más los requisitos que han de existir para que proceda el reconocimiento de tal indemnización, en los siguientes términos:

- No es necesario que se haya producido un incremento en el patrimonio del otro cónyuge.

- El hecho de haber contado durante el matrimonio con ayuda de una empleada doméstica, no hace decaer el derecho a percibir dicha indemnización.

Ahora bien, lo que ha dejado claro el Tribunal Supremo es que; el derecho a percibir la indemnización está necesariamente condicionado a la falta de percepción de ingresos por parte del cónyuge que la solicita. Incluso aunque tales ingresos provengan de la colaboración en los negocios o empresas del otro cónyuge. Así lo ha determinado la reciente sentencia de fecha 28/02/2017, en la que revocan la indemnización por importe de 25.000 euros, que se le había reconocido a la esposa por parte de la Audiencia Provincial de Murcia, por constar acreditada la colaboración de la esposa a la actividad empresarial que desarrollaba el marido.

Conclusión: recomendamos que, con independencia del régimen económico matrimonial escogido por ambos cónyuges, éstos sean conscientes de los derechos y obligaciones que cada uno de ellos conlleva, tanto durante el matrimonio como en caso de separación o divorcio.
SI ESTÁS PENSANDO EN INICIAR UN PROCESO DE DIVORCIO, PONTE EN MANOS DE PROFESIONALES.
BLANCA RODRÍGUEZ. ABOGADA.
TFNO 674 929 183

BLANCA RODRÍGUEZ · ABOGADAMÉRIDA · CÁCERES📱 674 929 183¿CUÁNTO SE TARDA EN COBRAR UNA HERENCIA?Perder a un ser querido y...
28/04/2026

BLANCA RODRÍGUEZ · ABOGADA
MÉRIDA · CÁCERES
📱 674 929 183
¿CUÁNTO SE TARDA EN COBRAR UNA HERENCIA?
Perder a un ser querido ya es un momento difícil.
Enfrentarse después a papeles, certificados, impuestos, notaría y trámites interminables puede convertir la herencia en un auténtico laberinto.
La pregunta más habitual de cualquier heredero es clara:
¿Cuándo voy a poder cobrar?
La realidad es que una herencia puede resolverse en pocas semanas… o alargarse hasta un año si no se hacen bien los pasos desde el principio.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN HACE FALTA?
Para iniciar el proceso es imprescindible solicitar:
✔ Certificado de Defunción
✔ Certificado de Últimas Voluntades
✔ Certificado de Seguros de Vida
✔ Copia autorizada del Testamento
✔ Declaración de Herederos si no existe testamento
Cada documento tiene su plazo legal y cualquier error o demora retrasa el cobro.
DESPUÉS LLEGA LO MÁS IMPORTANTE
Una vez reunida toda la documentación hay que realizar:
✔ Aceptación de herencia ante notario
✔ Reparto entre herederos
✔ Liquidación del Impuesto de Sucesiones
✔ Plusvalía municipal si existen inmuebles
✔ Tramitación bancaria y registral
Y aquí es donde muchas familias se bloquean, pierden tiempo… y dinero.
UNA HERENCIA MAL GESTIONADA PUEDE RETRASARSE MESES
Falta de documentos.
Desacuerdo entre herederos.
Errores fiscales.
Impuestos fuera de plazo.
Bancos que no liberan fondos.
Todo eso puede convertir un trámite sencillo en una larga carrera de obstáculos.
CON ASESORAMIENTO LEGAL TODO ES MÁS RÁPIDO Y SEGURO
Mi trabajo es ocuparme de cada paso para que tú no tengas que preocuparte por nada:
✔ Solicitud de certificados
✔ Estudio de testamento y herederos
✔ Gestión notarial completa
✔ Impuesto de Sucesiones
✔ Inscripción de bienes
✔ Cobro final de la herencia
Tú solo necesitas tranquilidad.
Yo me encargo del resto.
BLANCA RODRÍGUEZ-REDONDO
ABOGADA ESPECIALISTA EN HERENCIAS Y SUCESIONES
📍 MÉRIDA · CÁCERES
📱 674 929 183
CONSULTA SIN COMPROMISO

BLANCA RODRÍGUEZ-REDONDO -ABOGADA-El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto que introduce modificaciones...
14/04/2026

BLANCA RODRÍGUEZ-REDONDO -ABOGADA-
El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto que introduce modificaciones relevantes en el reglamento sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España. Esta medida supone un cambio de gran alcance en materia de extranjería, al abrir un proceso de regularización extraordinaria que podría beneficiar a cerca de 500.000 personas en situación administrativa irregular en nuestro país.
Desde nuestro despacho, consideramos fundamental analizar el impacto jurídico y práctico de esta decisión, así como las oportunidades y retos que plantea tanto para los ciudadanos extranjeros como para empresas y empleadores.

-¿En qué consiste esta regularización?
El nuevo marco normativo permitirá que un elevado número de personas extranjeras que actualmente residen en España sin autorización puedan acceder a permisos de residencia y trabajo. El objetivo principal es facilitar la integración social y laboral de estas personas, reduciendo la economía sumergida y reforzando la protección de derechos fundamentales.
Principales implicaciones legales
Esta medida tendrá importantes consecuencias en distintos ámbitos:
Acceso al mercado laboral: Los beneficiarios podrán incorporarse de forma regular al mercado de trabajo, con los derechos y obligaciones correspondientes.
Seguridad jurídica: La regularización permitirá a muchas personas salir de una situación de vulnerabilidad jurídica, accediendo a servicios básicos y protección legal.
Impacto empresarial: Las empresas deberán prestar especial atención a los nuevos procedimientos de contratación y regularización de trabajadores extranjeros.

-Revisión de expedientes: Se prevé un aumento significativo de solicitudes, lo que exigirá una gestión ágil y rigurosa por parte de la administración.

-¿Quién podrá beneficiarse?
Aunque aún no se han publicado los requisitos definitivos, experiencias previas y borradores apuntan a que podrán acogerse aquellas personas que acrediten:
Residencia continuada en España durante un periodo determinado.
Ausencia de antecedentes penales.
Vínculos laborales, sociales o familiares en el país.

-Recomendaciones desde nuestro despacho
Ante la inminente entrada en vigor de esta normativa, recomendamos:
Informarse adecuadamente sobre los requisitos concretos una vez se publique el texto oficial.
Preparar la documentación con antelación (empadronamiento, contratos, informes de arraigo, etc.).
Evitar intermediarios no cualificados, ya que en este tipo de procesos pueden proliferar situaciones de fraude.
Contar con asesoramiento legal especializado, que permita maximizar las posibilidades de éxito y evitar errores en la tramitación.

-Conclusión
La aprobación de este Real Decreto marca un punto de inflexión en la política migratoria española. Se trata de una oportunidad histórica para regularizar la situación de cientos de miles de personas, pero también de un proceso que requerirá una adecuada planificación y acompañamiento jurídico.
Desde nuestro despacho, quedamos a disposición de nuestros clientes para ofrecer asesoramiento integral en materia de extranjería, acompañando en cada fase del procedimiento y garantizando la máxima seguridad jurídica.
Para más información o para concertar una consulta, no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo especializado.
TFNO 674 929 183
MÉRIDA-CÁCERES

BLANCA RODRÍGUEZ-REDONDO  ABOGADA. MÉRIDA-CÁCERES TFN 674 929 183 🟦 MODIFICACIÓN DE MEDIDAS FAMILIARES 🟦⚖️ ¿Qué es?La mo...
13/04/2026

BLANCA RODRÍGUEZ-REDONDO ABOGADA. MÉRIDA-CÁCERES TFN 674 929 183
🟦 MODIFICACIÓN DE MEDIDAS FAMILIARES 🟦

⚖️ ¿Qué es?
La modificación de medidas permite cambiar las condiciones establecidas en una sentencia de divorcio, separación o guarda y custodia, cuando las circunstancias han variado de forma importante y duradera.

📜 Ejemplos de medidas modificables:

Custodia de los hijos

Régimen de visitas

Pensión de alimentos o compensatoria

Uso del domicilio familiar

📅 Cuándo puede solicitarse:
Cuando exista un cambio sustancial en la situación económica, laboral o personal de alguno de los progenitores, o en las necesidades de los hijos.

⚙️ Quién puede solicitarla:
Cualquiera de las partes interesadas (padre, madre o tutor legal).

🏛️ Cómo se tramita:

1. Presentación de demanda ante el Juzgado de Familia.

2. Aportación de pruebas que acrediten el cambio de circunstancias.

3. Informe del Ministerio Fiscal (si hay menores).

4. Nueva sentencia que actualiza las medidas.

📍 Recuerda:
No basta con un cambio temporal o leve. Debe ser un cambio relevante, estable y posterior a la sentencia anterior.

👩‍⚖️ Asesórate con nosotros.
BLANCA RODRÍGUEZ-REDONDO
ABOGADA TFNO 674 929 183

🚗 ¿Has comprado un coche y a los pocos días aparece una avería grave?Puede que no sea “mala suerte”. Puede ser un vicio ...
24/02/2026

🚗 ¿Has comprado un coche y a los pocos días aparece una avería grave?
Puede que no sea “mala suerte”. Puede ser un vicio oculto.
🔎 Un vicio oculto es un defecto que: ✔️ Ya existía cuando compraste el vehículo.
✔️ No era visible ni detectable fácilmente.
✔️ Afecta gravemente a su uso o valor.
⚖️ ¿Qué puedes hacer?
Si se demuestra, puedes:
▫️ Resolver el contrato (devolver el coche y recuperar tu dinero).
▫️ Exigir una rebaja del precio.
▫️ Reclamar daños y perjuicios si hubo mala fe.
⏳ Importante: En compraventas entre particulares, el plazo para reclamar es de 6 meses desde la entrega.
🚨 Casos frecuentes: – Motor con avería grave a los pocos días.
– Kilometraje manipulado.
– Daños estructurales no informados.
– Fallos electrónicos previos a la venta.
📌 Consejo: Guarda contrato, anuncio, mensajes y actúa rápido.
En la compraventa de vehículos, lo que no se ve… también puede reclamarse.
Si tienes dudas sobre tu caso, consultar a tiempo puede evitarte asumir un coste que no te corresponde.
🚘

BLANCA RODRÍGUEZ-REDONDO ABOGADA. MÉRIDA-CÁCERES. TFN 674 929 183REQUISITOS PARA OBTENER LA CUSTODIA COMPARTIDA.El artíc...
11/02/2026

BLANCA RODRÍGUEZ-REDONDO ABOGADA. MÉRIDA-CÁCERES. TFN 674 929 183
REQUISITOS PARA OBTENER LA CUSTODIA COMPARTIDA.
El artículo 92 del Código Civil es el encargado de llevar a cabo la regulación de la custodia compartida. La doctrina y una amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo avalan los requisitos a adoptar para aplicar la custodia compartida.

Algunos de estos requisitos son los siguientes:

*Que los padres se hayan ocupado con anterioridad de sus hijos, teniendo en cuenta la relación de los progenitores con los mismos. La capacidad de atención dedicada a ellos de forma adecuada y el cumplimiento de toda obligación como progenitor es importante.

*El número de hijos.

*También el deseo de los hijos, los cuales serán oídos cuando fuere necesario, en atención a su edad y madurez y en todo caso, cuando sean mayores de 12 años.

*El resultado obtenido con los informes psicosociales realizados en el juzgado competente.

*El interés superior del menor.

*La existencia de una relación cordial entre los progenitores, recordando que aún cuando hay desacuerdo entre las partes, el juez podrá acordar la custodia compartida por solicitud de una de las partes, siempre que el informe psicosocial elaborado por psicólogos y trabajadores sociales sea suficientemente favorable.

Recordando en todo caso, que recaída una condena por violencia de género en el progenitor, no obtendrá este régimen.
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BLANCA RODRÍGUEZ. ABOGADA. MÉRIDA-CÁCERES. TFN 674 929 183. ESPECIALISTA EN HERENCIAS Y SUCESIONES.-Cómo tramitar la HER...
03/02/2026

BLANCA RODRÍGUEZ. ABOGADA. MÉRIDA-CÁCERES. TFN 674 929 183. ESPECIALISTA EN HERENCIAS Y SUCESIONES.
-Cómo tramitar la HERENCIA SIN TESTAMENTO.
Lo primero que deberás hacer es instar un Acta Notarial de Declaración de Herederos.

Para realizar la declaración de herederos abintestato te harán falta los siguientes documentos:

Certificado de defunción de la persona fallecida, para acreditar el fallecimiento.
DNI del fallecido o Certificado de empadronamiento del fallecido. Para acreditar su último lugar de residencia.
Certificado de Actos de Últimas Voluntades, para acreditar que el difunto no ha hecho testamento.
Certificado de Nacimiento de los hijos o, en su defecto, de los parientes del difunto con derecho a heredar.
Certificado de matrimonio del difunto.
2. Personas que pueden instar la declaración de herederos
Podrán instar o requerir la declaración de herederos:

Los descendientes.
Los ascendientes.
El cónyuge.
La persona unida por análoga relación de afectividad a la conyugal, en aquellas comunidades donde se equipara la pareja de hecho al matrimonio.
Los parientes colaterales.
Cualquier persona con interés legítimo, a juicio del Notario.
Acudir a la Notaría competente
Obtenidos los anteriores documentos, deberás acudir a la Notaría competente para requerir al Notario que inicie el Acta de Notoriedad.

No es necesario que acudan a la Notaría todos los herederos, basta con que lo haga uno de ellos.

Podrá tramitar el Acta el Notario que tenga competencia en alguno de los siguientes lugares:

El lugar donde el fallecido tenía su último domicilio o residencia habitual.
El lugar donde el fallecido tenga la mayor parte de su patrimonio.
El lugar donde haya ocurrido el fallecimiento, siempre que sea en España.
El Notario de un distrito colindante a los anteriores.
En defecto de los anteriores, el del lugar de domicilio del heredero que inste la declaración de herederos.
Intervención de dos testigos
También deberán comparecer ante el Notario competente dos testigos, que conozcan a la familia y puedan aseverar la realidad de los hechos.

Los testigos podrán ser parientes del fallecido, siempre que no sean interesados en la herencia.

Obtención del Acta de Declaración de Herederos Abintestato
Transcurridos 20 días hábiles desde el requerimiento inicial, el Notario terminará el Acta y procederá a su protocolización.

Declarará qué parientes del fallecido son los herederos abintestato, expresando su identidad y los derechos hereditarios que les corresponden.

Deberás esperar 20 días hábiles (descontados sábados, domingos y festivos) para obtener una copia del Acta de Declaración de Herederos Abintestato.

¿Qué ocurre si desconoces la identidad o domicilio de algún heredero?
El Notario solicitará a los órganos, registros y autoridades competentes, que le faciliten la identidad y domicilio del heredero.

Si no logra conseguir la identidad del heredero, el Notario deberá publicar la tramitación del acta en el Boletín Oficial del Estado.

También deberá exponer el anuncio del acta en los tablones de anuncios de los siguientes Ayuntamientos:

El del último domicilio o residencia habitual del fallecido.
El del lugar del fallecimiento, si es diferente al anterior.
El del lugar donde el fallecido tenga la mayor parte de sus bienes inmuebles.
La copia del Acta de Declaración de Herederos Abintestato la podrás obtener transcurrido el plazo de un mes desde la publicación del anuncio.

Una vez que tengas el Acta de Declaración de Herederos podrás iniciar los trámites para la aceptación y adjudicación de la herencia.

Otros supuestos en los que es necesaria la Declaración de Herederos Abintestato
También existen otros supuestos en los que, aun habiendo otorgado testamento el fallecido, será precisa la Declaración de Herederos Abintestato:

Cuando el testamento sea declarado nulo.
Cuando el testamento no contenga institución de heredero en todo o parte de los bienes del testador.
Cuando el heredero instituido no cumpla la condición impuesta por el testador.
Cuando el heredero testamentario fallece antes que el testador o renuncia a la herencia, si no tiene sustituto y no procede el derecho de acrecer.
Cuando el heredero instituido en el testamento es incapaz de suceder.
BLANCA RODRÍGUEZ. ABOGADA.
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