Ana Ruiz Bautista - Abogada + Seguridad Social

Ana Ruiz Bautista - Abogada + Seguridad Social Abogada especializada en Seguridad Social: Incapacidad Permanente, Jubilaciones, Grado de Discapacidad, Viudedad, Pensiones no Contributivas...

Asesoramiento integral y personalizado y defensa en juicio en todas las instancias de todo tipo de procedimientos de Seguridad Social: INCAPACIDAD PERMANENTE, TODO TIPO DE JUBILACIONES, VIUDEDAD, ORFANDAD, FAVOR DE FAMILIARES, PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS, DISCAPACIDAD, ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDAD PROFESIONAL, RECARGO PRESTACIONES, INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO, REINTEGRO PRESTACIONES INDEBIDAS...

⚖️⚖️¡Doble triunfo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía! Os explicamos todos los detalles de este caso.Nue...
29/05/2026

⚖️⚖️¡Doble triunfo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía! Os explicamos todos los detalles de este caso.

Nuestro cliente, beneficiario de una pensión de jubilación desde el año 2019, solicitó el complemento de maternidad en 2023, pero el INSS no se lo reconoció👉 "por ser pensionista de pensión de jubilación anticipada voluntaria".

Ante esta negativa, se presentó la correspondiente reclamación administrativa. Finalmente, se le reconoció su derecho a percibir dicho complemento con efectos desde el 3 de abril de 2023.

Sin embargo, no estabamos conforme con la fecha de efectos, ya que su pensión le fue concedida en 2019. Por ello, decidimos presentar demanda para solicitar el abono de los atrasos, así como la indemnización de 1.800 euros, por la práctica administrativa vulneradora de su derecho a la igualdad. Nuestra demanda fue estimada parcialmente, ya que no se le reconoció el derecho a percibir la indemnización establecida por el Tribunal de Justicia de la UE.

Ante esta situación, decidimos lucharla ante el TSJ de Andalucía, y al mismo tiempo el INSS presentó el pertinente recurso de suplicación al no estar conforme con la sentencia que reconocía el derecho de este trabajador a percibir el complemento de maternidad desde la fecha en la que se le concedió la pensión de jubilación que tiene reconocida.

📌FALLO
Finalmente, como podéis leer en el fallo el TSJ de Andalucía reconoció el derecho de nuestro cliente de percibir la indemnización al haber sido vulnerado su derecho fundamental a no ser discriminado por razón de s**o, y además confirmó que la fecha de efectos del complemento de maternidad es del 1 de enero de 2019.

📣Esta semana se ha aprobado una reforma de la jubilación flexible 👉Una de las principales novedades es que ya no se limi...
27/05/2026

📣Esta semana se ha aprobado una reforma de la jubilación flexible 👉Una de las principales novedades es que ya no se limita únicamente al trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. También podrán acogerse quienes quieran desarrollar una actividad por cuenta propia como autónomos, siempre que no hayan estado dados de alta como autónomos en los tres años anteriores a la fecha de jubilación.

📌Además, se mejoran los incentivos económicos:
▪E n el caso de los pensionistas que compatibilicen con una actividad por cuenta ajena a tiempo
parcial, la horquilla para la realización de esta jornada se abre del 33% al 80%.

▪ Con el objetivo de incentivar el retorno al mercado de trabajo, cuando se acceda a la jubilación flexible pasados al menos 6 meses desde la jubilación, el pensionista percibirá un porcentaje adicional de pensión.

▪ En el caso del trabajo autónomo, el pensionista podrá percibir hasta 25% de la pensión mientras desarrolla la actividad compatible.

ℹEste Real Decreto entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE.

⚖¡Terminamos la semana celebrando un nuevo éxito en los tribunales!Este trabajador acudió a nuestro despacho para inicia...
22/05/2026

⚖¡Terminamos la semana celebrando un nuevo éxito en los tribunales!

Este trabajador acudió a nuestro despacho para iniciar el procedimiento de incapacidad permanente. Tras el estudio y valoración médica, presentamos la solicitud inicial que fue denegada por el INSS 👉por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una IP.

Pero la realidad era otra, ya que las patologías que sufre este trabajador le limitan la movilidad, y reducen la fuerza, lo que impiden desempeñar las funciones propias de su profesión habitual. Por ello, tras agotar la vía administrativa, decimos llevar su caso ante los tribunales.

📌FALLO
Gracias a los informes y a las pruebas presentadas, y a nuestras alegaciones, el Juez nos dio la razón y entendió que las importantes patologías que padece nuestro cliente lo limitaban para desempeñar su profesión habitual, reconociendo así la Incapacidad Permanente total con efectos retroactivos desde 2023, lo que significa que cobrará tres años de atrasos.

⚖ Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha establecido criterios claros sobre el momento exacto en que debe comenz...
20/05/2026

⚖ Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha establecido criterios claros sobre el momento exacto en que debe comenzar el cobro de una pensión por incapacidad permanente.

El alto tribunal ha determinado que 👉 la fecha de efectos económicos de una pensión de incapacidad permanente absoluta es la del "momento en que se produce dicha constatación, por ser dicha fecha igualmente la del hecho causante”, y no necesariamente desde la primera evaluación médica o informe administrativo.

En su sentencia dispone que lo determinante no es la fecha del primer informe médico, sino el momento en que quedan efectivamente demostradas las limitaciones que justifican la incapacidad permanente.

📌El Alto Tribunal precisa además que este criterio se aplica tanto a los casos en los que se pasa de una denegación inicial en vía administrativa a un reconocimiento posterior de incapacidad permanente en grado total, absoluta o gran invalidez, como a aquellos en los que la resolución administrativa reconoce un determinado grado y la sentencia posterior eleva dicho grado.

⚖️¡El Tribunal Superior de Justicia vuelve a darnos la razón!El Juzgado de lo Social ya lo hizo y ahora el TSJ de Andalu...
15/05/2026

⚖️¡El Tribunal Superior de Justicia vuelve a darnos la razón!

El Juzgado de lo Social ya lo hizo y ahora el TSJ de Andalucía lo confirma 👉nuestro cliente tiene derecho a percibir la indemnización de 1800 € establecida por el TJUE por vulnerar su derecho fundamental de igualdad y no discriminación por razón de s**o.

Nuestro cliente solicitó el complemento de maternidad de su pensión de jubilación, pero no se le concedió. Tras agotar la vía administrativa, presentó demanda consiguiendo que el juez le reconociese su derecho a percibir dicho complemento y a ser indemnizado por vulnerar un derecho fundamental.

Sin embargo, el INSS no estaba de acuerdo con dicha sentencia, por lo que presento recurso de suplicación ante el TSJ de Andalucía.

📌FALLO
El TSJ de Andalucía desestima el recurso del INSS, estableciendo que 👉"el derecho a percibir la indemnización compensatoria de los daños y perjuicios causados por la denegación del complemento de maternidad por parte del INSS no desaparece como consecuencia de que la Entidad Gestora basara la denegación del complemento alegando el transcurso del plazo de prescripción".

Recibir una respuesta negativa del INSS puede ser frustrante, pero existen alternativas para reclamar y obtener el recon...
13/05/2026

Recibir una respuesta negativa del INSS puede ser frustrante, pero existen alternativas para reclamar y obtener el reconocimiento que necesitas. ¡Te lo explicamos!

1️⃣Tanto si no te aprueban la incapacidad permanente, como si no estás de acuerdo con el grado reconocido, lo primero que debes hacer es presentar una reclamación previa antes el INSS dentro de los 30 días hábiles posteriores a recibir la denegación. Este es un paso obligatorio antes de llevar el caso a la vía judicial.

2️⃣Si la desestiman, tienes otros 30 días hábiles para interponer un demanda ante los juzgados de lo Social, donde deberás probar con documentación médica contundente que mereces el grado solicitado.

3️⃣En caso de que el juez también desestime la demanda, aún tienes la opción de recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia para solicitar una revisión de la sentencia.

👉Para afrontar el proceso es esencial contar con asistencia legal especializada en este tipo de temas. Porque las pruebas y la defensa que se haga de las mismas pueden ser esenciales para conseguir la incapacidad permanente. No dudes en ponerte en contacto con nosotros, ¡lucharemos por tus derechos!

⚖ Tras tres años de lucha, ¡hemos conseguido la incapacidad permanente total para esta trabajadora!En 2023 esta trabajad...
08/05/2026

⚖ Tras tres años de lucha, ¡hemos conseguido la incapacidad permanente total para esta trabajadora!

En 2023 esta trabajadora inició un expediente de incapacidad permanente por extinguirse por agotamiento una situación de incapacidad temporal.

Un año más tarde, el INSS le denegó su derecho a una incapacidad permanente. Tras esta negativa, ella presentó una reclamación previa, que también fue desestimada. Ante esta nueva negativa, procedimos a presentar la correspondiente demanda a fin de que los juzgados de lo social hicieran valer, frente a la negatoria de la Seguridad Social, los derechos al reconocimiento de una incapacidad permanente.

Además, con posterioridad al expediente administrativo, esta trabajadora ha tenido varios siguientes periodos de incapacidad temporal por enfermedad común.

En el juicio no solo presentamos nuevas pruebas médicas que demostraban que las patologías de nuestra clienta se habían agravado, sino que también luchamos para que se le reconociese el incremento del 20% de la pensión.

Las razones argumentadas por la Seguridad para denegarle dicho incremento eran que la trabajadora se encontraba de alta, por lo que no tendría derecho a dicho incremento de conformidad con la ley. Sin embargo, en el juicio argumentamos que desde que se denegó a la actora la prestación de incapacidad permanente solicitada, y salvo escasos días, ha estado todo el tiempo en situación de IT en la que continúa en la actualidad, de donde se deduce que el alta a la que hace se hace referencia no ha supuesto prestación efectiva de servicios, por lo que se entiende que dicha situación de alta no es incompatible con que nuestra clienta cobre el incremento del 20% solicitado.

📌FALLO
Por todo ello, tal y como podéis ver en el fallo, el juez nos dio la razón, reconociéndole su derecho a una incapacidad total cualificada, es decir, que en lugar de una mensualidad del 55% de su base reguladora, el porcentaje a percibir es del 75%.

⚖El Tribunal Supremo establece que la indemnización por vulneración de derechos fundamentales ligada a la denegación del...
06/05/2026

⚖El Tribunal Supremo establece que la indemnización por vulneración de derechos fundamentales ligada a la denegación del complemento para la reducción de la brecha de género a un varón debe abonarse en su cuantía íntegra de 1.800 euros, aunque el INSS reconozca después el derecho en vía administrativa tras la demanda y antes del juicio.

👉Lo determinante, según el Tribunal Supremo, es que el beneficiario se haya visto obligado a acudir a la jurisdicción social para obtener el reconocimiento de su derecho. Si el reconocimiento administrativo llega después de presentada la demanda, esa circunstancia no justifica rebajar la indemnización.

⚖¡Celebramos el día del trabajador con un nuevo éxito ante el TSJ de Andalucía! Ha tenido que pasar tres años para conse...
01/05/2026

⚖¡Celebramos el día del trabajador con un nuevo éxito ante el TSJ de Andalucía! Ha tenido que pasar tres años para conseguir nuestro objetivo, pero finalmente hemos conseguido que la justicia reconozca a este trabajador una incapacidad permanente total.

Este trabajador inició un proceso de incapacidad temporal en enero de 2021. Dos años más tarde presentó solicitud de incapacidad permanente vía administrativa, obteniendo una resolución negativa por parte del INSS, alegando que 👉las lesiones que padece no alcanzan un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral con extinción de la situación de prolongación de los efectos económicos de la incapacidad temporal.

Ante esta situación presentamos reclamación previa ante el INSS que denegó nuevamente, tras lo que presentamos demanda judicial.

No conformes con la Sentencia, presentamos recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Admitido nuestro recurso de suplicación presentamos pruebas e informes que demostraban que las lesiones que padece están cronificadas y le impiden el desempeño de las tareas fundamentales de su profesión habitual, pues no puede realizar esfuerzos físicos intensos, así como tareas que impliquen sobrecargas de la columna.

📌FALLO
Tras toda esta argumentación, en esta segunda instancia judicial nuestro cliente ha logrado la incapacidad permanente total. Como valor añadido, el INSS ha sido condenado a abonar a nuestro defendido más de tres años de atrasos.

⚖️El Tribunal Supremo fija como doctrina que el porcentaje del complemento por maternidad debe aplicarse sobre la cuantí...
29/04/2026

⚖️El Tribunal Supremo fija como doctrina que el porcentaje del complemento por maternidad debe aplicarse sobre la cuantía inicial de la pensión de jubilación, y no sobre el 50 % que se percibe mientras se compatibiliza la pensión con el trabajo en situación de jubilación activa.

📌La sentencia subraya que el complemento comparte el régimen jurídico de la pensión en aspectos como nacimiento, duración, suspensión, extinción y actualización, pero ello no significa que deba verse alterado en su base de cálculo por incidencias posteriores en la percepción de la prestación, como sucede con la minoración temporal derivada de la jubilación activa.

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