21/05/2026
🚨 El Tribunal Supremo lo deja claro: la inviolabilidad del domicilio también protege a las empresas.
¿Qué pasó? La Inspección de Trabajo entró en una nave industrial acompañada de la Policía Nacional, sin consentimiento y sin orden judicial. El TSJ de Valencia consideró que, como no llegaron a registrar nada, no había vulneración de derechos.
El Supremo dijo otra cosa: entrar ≠ registrar, pero las dos cosas necesitan autorización judicial previa. La garantía actúa desde antes de cruzar la puerta.
📌 ¿Qué implica para tu empresa?
Si tu domicilio social y tu centro de trabajo son el mismo sitio, la Inspección necesita autorización judicial para acceder. La única excepción: que exista una separación física clara entre oficinas y zona de trabajo, y que desde el inicio la Inspección declare que solo accederá a la parte no protegida.
⚖️ Conocer tus derechos no es desconfiar de la Administración: es protegerte de actuaciones que pueden invalidar todo el procedimiento.
¿Has vivido una situación parecida en tu empresa? En Legalión estudiamos tu caso.
📞 Llama gratis al 900 374 000