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El Tribunal Supremo entierra definitivamente al «indefinido no fijo» y establece un nuevo sistema de indemnizaciones dis...
21/07/2026

El Tribunal Supremo entierra definitivamente al «indefinido no fijo» y establece un nuevo sistema de indemnizaciones disuasorias por abuso de temporalidad en la administración (STS, Sala de lo Social, de 30 de junio de 2026, rec. núm. 5544/2023).

En el caso analizado, la sentencia de instancia había declarado la relación como indefinida no fija (INF), al considerar que la contratación era irregular y fraudulenta por cubrir necesidades permanentes. La trabajadora recurrió en casación pretendiendo el reconocimiento de la condición de personal fijo. El Tribunal Supremo, siguiendo el dictado del TJUE -STJUE de 14 de abril de 2026 (asunto C-418/24, Obadal)- y de la STS de 11 de mayo de 2026, rec. núm. 3543/2023, declara que la figura del trabajador INF debe considerarse definitivamente expulsada del ordenamiento jurídico interno como medida de sanción, ya que mantener una relación laboral de naturaleza temporal (como es la del INF) no permite sancionar debidamente el abuso ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión, ya que perpetúa la situación de precariedad del trabajador.

Esta indemnización es independiente y compatible con la indemnización extintiva de 20 días por año. Debe cubrir daños materiales (diferencias salariales) y, especialmente, daños morales derivados de la incertidumbre laboral. El Tribunal fija una «indemnización presuntiva mínima» basada en las sanciones de la LISOS para agilizar los procesos, sin perjuicio de que el trabajador pruebe un daño mayor. 2) Sanción administrativa: Los órganos judiciales deben remitir testimonio de la sentencia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que inicie expedientes sancionadores contra las Administraciones incumplidoras. El objetivo es que la sanción tenga un impacto económico real y disuasorio sobre el organismo público. En el caso analizado, debe desestimarse la fijeza. No obstante, al encontrarse el proceso en fase de casación y no haber reclamado la indemnización en la instancia, el Tribunal no puede cuantificarla directamente para evitar indefensión. Sin embargo, reconoce expresamente el derecho de la trabajadora a reclamar dicha indemnización en un procedimiento aparte, declarando que la excepción de cosa juzgada no podrá ser alegada por la Administración. Finalmente, debe aclararse que, aunque el trabajador haya consolidado su puesto mediante procesos de estabilización posteriores a la demanda, mantiene el interés legítimo de obtener la declaración de abuso y la indemnización por el periodo de precariedad vivido. El sistema de consolidación actual no exime del pago de la indemnización, ya que el resultado de dichos procesos es «incierto e imprevisible».

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo en una sentencia dictada por el Pleno el  30 de junio de 2026 (STS 578/2026), ...
10/07/2026

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo en una sentencia dictada por el Pleno el 30 de junio de 2026 (STS 578/2026), declara que una trabajadora de la Comunidad de Madrid fue víctima de un abuso de temporalidad, pero rechaza reconocerle la condición de trabajadora fija porque no accedió al empleo público mediante un proceso selectivo respetuoso con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, pero le reconoce su derecho a reclamar una indemnización por los daños derivados de ese abuso.

El Tribunal Supremo ha fallado a favor de los intereses de los funcionarios de prisiones, declarando la necesidad de tra...
08/07/2026

El Tribunal Supremo ha fallado a favor de los intereses de los funcionarios de prisiones, declarando la necesidad de transparencia en relación al abono gubernamental de los complementos salariales al personal penitenciario, pese a la negativa del Gobierno a proporcionar esta información por afectar a la protección de datos.

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No se puede optar entre adquirir la condición de funcionario de carrera o seguir siendo interino cuando ya se ha partici...
03/07/2026

No se puede optar entre adquirir la condición de funcionario de carrera o seguir siendo interino cuando ya se ha participado voluntariamente y superado un proceso de estabilización (Sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TS , Sección 4ª, nº 728/2026, de 10 de junio de 2026, rec. 8691/2024).

Interina que renuncia a la condición de funcionaria obtenida tras superar un proceso de estabilización convocado en aplicación de la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público y así continuar ejerciendo en ese puesto en situación de interinidad. Revocación del nombramiento como personal interino y cese en el puesto de trabajo. No existe derecho de opción entre adquirir la condición de funcionario de carrera o seguir siendo funcionario interino cuando se ha participado voluntariamente y superado el proceso de estabilización.

La pensión por incapacidad permanente total (o jubilación por incapacidad para el servicio) de un funcionario varía drás...
08/06/2026

La pensión por incapacidad permanente total (o jubilación por incapacidad para el servicio) de un funcionario varía drásticamente dependiendo del régimen de cotización al que pertenezca (Clases Pasivas o Régimen General) y de sus años de servicio.

El cálculo exacto depende de su situación concreta:

1º) Régimen de Clases Pasivas (Funcionarios de carrera anteriores a 2011)En este régimen (muy común en funcionarios de carrera), no existe el porcentaje fijo del 55%. La cuantía de la pensión se calcula aplicando un porcentaje sobre el haber regulador del cuerpo funcionarial. Este porcentaje depende estrictamente de los años trabajados:

- Con 15 años de servicio: Se cobra el 26,92% del haber regulador.

- Años adicionales: El porcentaje aumenta progresivamente por cada año trabajado (por ejemplo, con 20 años se cobra el 45,19% y con 30 años el 81,73%).

- Con 35 años o más: Se cobra el 100% del haber regulador.

2º) Régimen General de la Seguridad Social (Funcionarios interinos, a partir de 2011, etc.)
En este caso, la pensión equivale de forma general al 55% de la base reguladora.
Este porcentaje puede aumentar al 75% si el funcionario tiene más de 55 años y se encuentra desempleado (lo que se conoce como incapacidad total cualificada). [1]

El Supremo niega la fijeza automática por abuso de temporalidad en la Administración y solo la reconoce a quienes supera...
20/05/2026

El Supremo niega la fijeza automática por abuso de temporalidad en la Administración y solo la reconoce a quienes superaron una oposición (Sentencia del Pleno del Tribunal Supremo, nº 475/2026, de 11 de mayo de 2026, rec. 3543/2023).

Abuso de la temporalidad. Aplicación de la STJUE 14-4-2026, C-418/24, Obadal. Reconocimiento de la fijeza a empleada que superó la fase de oposición en un proceso selectivo para personal laboral fijo sin obtener plaza y que, posteriormente, fue contratada mediante múltiples contratos temporales, incluidos prolongados contratos de interinidad. Al haber superado una oposición conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad, adquiere la condición de fija tras sufrir abuso en la temporalidad, anulándose la declaración de indefinida no fija y confirmándose la fijeza. La Directiva 1999/70/CE y la jurisprudencia europea no exigen convertir en fijos a trabajadores cuya contratación temporal no respeta dichos principios, debiendo compensarse el abuso mediante una indemnización adecuada.

El Tribunal Supremo ha fijado un nuevo criterio que permite que determinados empleados públicos temporales puedan adquir...
12/05/2026

El Tribunal Supremo ha fijado un nuevo criterio que permite que determinados empleados públicos temporales puedan adquirir la condición de fijos si, pese a haber aprobado una oposición, no obtuvieron plaza y continuaron encadenando contratos temporales de forma abusiva.

El Tribunal Supremo abre la puerta a que algunos trabajadores temporales de la Administración puedan convertirse en fijos tras años de contratos encadenados

08/05/2026

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha concedido a una trabajadora de los Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias (ERA) una indemnización de 20 días por año de servicio "por haber estado contratada temporalmente en fraude de ley".

La obtención de la plaza fija "no compensa por sí sola el abuso derivado de la contratación temporal en fraude de ley". El TSJA aplica la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que considera "insuficientes los procesos selectivos como medida sancionadora frente a la temporalidad abusiva, y reconoce la indemnización como medida reparadora".

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo nº 1541/2025 ha unificado doctrina: los fu...
14/04/2026

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo nº 1541/2025 ha unificado doctrina: los funcionarios interinos también pueden ejercer potestades públicas, como instruir expedientes sancionadores, sin que ello determine su nulidad.

El Supremo aclara que la clave está en el concepto de “funcionario público” recogido en el Estatuto Básico del Empleado Público, una categoría que incluye tanto a funcionarios de carrera como interinos, descartando así que la naturaleza temporal del vínculo invalide por sí sola un procedimiento sancionador.

El Tribunal Supremo unifica doctrina y avala que los funcionarios interinos puedan instruir expedientes sancionadores, descartando su nulidad por esta causa.

Indemnización a una funcionaria que tropezó con los cables del sistema informático que estaban sueltos bajo su mesa (Sen...
20/02/2026

Indemnización a una funcionaria que tropezó con los cables del sistema informático que estaban sueltos bajo su mesa (Sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la AN, Sección 3ª, de 22 de enero de 2026, Rec. 1006/2024).

Indemnización a una funcionaria por los daños derivados de una caída en su puesto de trabajo al tropezar con los cables del sistema informático que se encontraban sueltos debajo de su mesa. Funcionamiento anormal del servicio público por falta de mantenimiento adecuado de las condiciones del puesto de trabajo. No cabe exculpar a la Administración de la observancia de una política adecuada en materia de riesgos laborales solo porque la afectada no presentó una incidencia a los servicios mantenimiento.

Compatibilidad de la indemnización con las prestaciones económicas determinadas por la legislación asistencial sectorial que puedan corresponderle por el accidente laboral, cuando no ha existido una reparación integral. Derecho al percibo de una cantidad complementaria aplicando el baremo establecido para las lesiones derivadas de accidente laboral.

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