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Depresión con ansiedad derivada de la presunta comisión de un ilícito penal en el trabajo. El fallecimiento por suicidio...
17/06/2026

Depresión con ansiedad derivada de la presunta comisión de un ilícito penal en el trabajo. El fallecimiento por suicidio antes de que termine la instrucción del procedimiento penal por un presunto delito, es accidente laboral, debiéndose aplicar la ocasionalidad relevante (STSJ de Castilla y León/Valladolid, Sala de lo Social, de 13 de abril de 2026, rec. núm. 2535/2024).

En el caso analizado el trabajador, que desempeñaba en un ayuntamiento tareas administrativas sencillas, fue detenido por la Guardia Civil –a raíz de una denuncia presentada por un particular– por un presunto delito de falsedad documental, aconteciendo esta circunstancia mientras se encontraba en su puesto de trabajo, procediéndose a la suspensión de empleo y sueldo y a la apertura de diligencias penales. En este contexto, inició un periodo de IT por depresión con ansiedad, quitándose la vida unos meses después antes de que finalizara el procedimiento iniciado en el Juzgado de Instrucción. Dado que el fallecimiento no se produjo en tiempo y lugar de trabajo, sino en su propio domicilio, debe rechazarse la aplicación de la presunción del artículo 156.3 de la LGSS. No obstante, puede declararse la contingencia de accidente de trabajo en virtud de la denominada ocasionalidad relevante, caracterizada por una circunstancia negativa y otra positiva. La primera es que los elementos generadores del accidente no son específicos o inherentes al trabajo, y la positiva es que, o bien el trabajo, o bien las actividades normales de la vida del trabajo, hayan sido condición sin la que no se hubiese producido el evento. En este punto es importante destacar, para valorar la ocasionalidad relevante, que no hay constancia de la calificación penal de los hechos llevados a cabo por el trabajador causante de la prestación, toda vez que el procedimiento iniciado en el Juzgado de Instrucción N.º 1 de León finalizó anticipadamente debido a su fallecimiento. No puede afirmarse, por tanto, que hubiese cometido dolosamente algún delito en el ejercicio de las funciones que tenía asignadas, porque no hay rastro en los hechos probados de una resolución firme que así lo diga. Debe estimarse que el suicidio tuvo lugar con ocasión de su trabajo, dado que el origen último del grave deterioro mental sufrido que culminó con la autolisis se halla en un actividad directamente relacionada con la prestación de servicios para el ayuntamiento.

Teletrabajo con horario flexible. Fallecimiento en el domicilio por infarto agudo de miocardio. Carga de la prueba del t...
27/05/2026

Teletrabajo con horario flexible. Fallecimiento en el domicilio por infarto agudo de miocardio. Carga de la prueba del tiempo de trabajo cuando la empresa no presenta el registro horario detallado: la duda razonable no puede perjudicar al trabajador (Sentencia del TS, Sala de lo Social, de 23 de abril de 2026, rec. núm. 2505/2024).

Por tanto, producido el episodio cardiovascular mientras la trabajadora teletrabajaba, y aplicando la presunción del artículo 156.3 de la LGSS, que no se ha desvirtuado, el fallecimiento debe calificarse como determinante de accidente de trabajo.

Llamar «accidente laboral» a la muerte de dos guardias civiles que luchaban contra el narco es una obscenidad política y...
12/05/2026

Llamar «accidente laboral» a la muerte de dos guardias civiles que luchaban contra el narco es una obscenidad política y moral.

No se cayeron de un andamio. Fueron asesinados defendiendo el Estado mientras el Gobierno les niega medios, respaldo y dignidad.

La candidata del PSOE por Andalucía ha matizado sus palabras tras la oleada de críticas de las asociaciones policiales y partidos políticos.

El Tribunal Supremo ha reconocido como accidente de trabajo la muerte por infarto de una empleada que teletrabajaba desd...
09/05/2026

El Tribunal Supremo ha reconocido como accidente de trabajo la muerte por infarto de una empleada que teletrabajaba desde su domicilio para Accenture y ha fijado un criterio relevante sobre la carga de la prueba en el trabajo a distancia: cuando la empresa no aporta un registro horario completo, la duda sobre si el empleado estaba trabajando no puede perjudicar a la persona trabajadora ni a sus familiares.

La sentencia, dictada por el Pleno de la Sala de lo Social, refuerza la aplicación de la presunción de laboralidad en los casos de teletrabajo y puede convertirse en una referencia para futuros litigios relacionados con accidentes sufridos en el domicilio mientras se trabaja a distancia.

El Tribunal Supremo declara accidente laboral la muerte por infarto de una teletrabajadora y fija que la falta de registro horario no puede perjudicar al empleado.

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