30/01/2026
La caída del decreto 'ómnibus' termina con la prórroga antidesahucios por impago: así puede el propietario reclamar el alquiler
Con la derogación del Real Decreto-ley 16/2025 los arrendadores pueden solicitar hasta el 2 de febrero una compensación económica equivalente a los ingresos dejados de percibir.
Para poder solicitar esta indemnización es importante demostrar que la suspensión del desahucio ha sido con motivo del Real Decreto-ley 11/2020 o de cualquiera de sus prórrogas. Además, la compensación no podrá solicitarse hasta que no hayan transcurrido 3 meses del auto de suspensión, ya que ese es el período que los Servicios Sociales tienen para ofrecer vivienda alternativa.
Las personas jurídicas que quieran cobrar este dinero, deberán presentar su petición a través de la página web de la comunidad autónoma correspondiente. En este caso, es estrictamente obligatorio hacerlo a través de un proceso online, mientras que las personas físicas sí pueden recurrir a una solicitud presencial.
Fuente: larazon.es
Noticia completa: https://n9.cl/fbs8s
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