05/05/2021
Buenos días, hoy os dejamos este asunto resuelto recientemente por el Tribunal Supremo en materia inmobiliaria. En este caso el Alto Tribunal estima que el vendedor tiene derecho a desistir de la venta después de habérsele presentado por la Agencia Inmobiliaria unos compradores. Este Fallo se fundamenta en el hecho de que el vendedor es consumidor y como tal, tiene derecho a desistir en un plazo de catorce días desde la contratación con la Agencia. Asimismo, la agencia inmobiliaria no informó al vendedor de su derecho a desistir del contrato y, además, prestó sus servicios de intermediación dentro del plazo que tenía el cliente para desistir, por lo que el ejercicio del derecho de desistimiento por parte del vendedor es válido y eficaz.
Además, resulta fundamental la ausencia de mala fe en el vendedor, que no se aprovechó de la labor intermediadora desplegada por la Agencia sino que simplemente decidió que no le "compensaba" vender la vivienda, teniendo en cuenta los gastos que debía asumir por dicha operación.
¿Puede la inmobiliaria exigir al vendedor la comisión por haberle presentado un comprador, aunque finalmente decidiera no vender la casa? Esta cuestión ha sido objeto de estudio recientemente por parte del Tribunal Supremo. La inmobiliaria interpuso demanda para reclamar su comisión por consider...