15/10/2024
𝐔𝐧𝐚 𝐬𝐞𝐧𝐭𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐩𝐢𝐨𝐧𝐞𝐫𝐚 𝐝𝐞𝐜𝐥𝐚𝐫𝐚 𝐪𝐮𝐞 𝐮𝐧 𝐩𝐫𝐨𝐩𝐢𝐞𝐭𝐚𝐫𝐢𝐨 𝐧𝐨 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐜𝐨𝐛𝐫𝐚𝐫 𝐚𝐥 𝐢𝐧𝐪𝐮𝐢𝐥𝐢𝐧𝐨 𝐞𝐥 𝐬𝐞𝐠𝐮𝐫𝐨 𝐝𝐞 𝐢𝐦𝐩𝐚𝐠𝐨: 𝐞𝐬 𝐚𝐛𝐮𝐬𝐢𝐯𝐨
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº7 de Parla ha dado la razón a una inquilina, destacando que la cláusula que la obligaba a abonar el seguro de impago de su alquiler es abusiva. Una decisión que condena a la empresa arrendadora a devolver la cantidad cobrada, más intereses.
«Esta cláusula vulnera los derechos reconocidos legislativamente, porque hace asumir al arrendatario un gasto para pagar la prima de un seguro contratado por el arrendador, y que beneficia el riesgo de forma exclusiva al arrendador». Una realidad que, para la magistrada, quebranta «el justo equilibrio y proporcionalidad de las partes».
Algo que lleva al Juzgado, en su sentencia 188/2024, a estimar las pretensiones de la inquilina. Y con ello, a condenar a la empresa al abono de 917,85 euros, más intereses.