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📢💻 VeriFactu y el IVA digital europeo: una nueva etapa para autónomos y negocios onlineLa transformación digital sigue a...
17/06/2026

📢💻 VeriFactu y el IVA digital europeo: una nueva etapa para autónomos y negocios online

La transformación digital sigue avanzando y ahora llega también al ámbito de la facturación. Con la implantación de VeriFactu y los futuros cambios en la gestión del IVA a nivel europeo, autónomos, pymes y comercios online deberán adaptarse a nuevas formas de trabajar más digitales, transparentes y automatizadas. 📄➡️💻

🔹 ¿Qué supone VeriFactu?
Este nuevo sistema permitirá que los programas de facturación generen registros seguros y verificables, dificultando el fraude y mejorando el control fiscal. Además, facilitará una gestión más eficiente de la documentación contable y tributaria.

🔹 ¿A quién afecta?
Principalmente a autónomos, pequeñas empresas y negocios que emiten facturas, especialmente aquellos que venden productos o servicios por internet. 🌐🛒

🔹 ¿Qué ventajas puede aportar?
✅ Menos errores en la facturación.
✅ Mayor automatización de procesos.
✅ Más seguridad y trazabilidad de los datos.
✅ Adaptación a las futuras exigencias fiscales europeas.

Aunque todavía quedan fases de implantación por delante, es importante que empresas y profesionales comiencen a informarse y prepararse para estos cambios que marcarán el futuro de la gestión empresarial. 🚀📊

La digitalización ya no es una opción, sino una herramienta clave para ganar eficiencia, cumplir con la normativa y hacer crecer cualquier negocio en un entorno cada vez más conectado. 💼✨

📈💻📄

IT DE 545 DÍAS Y SUSTITUCIÓN𝐌𝐢𝐞𝐧𝐭𝐫𝐚𝐬 𝐞𝐥 𝐈𝐍𝐒𝐒 𝐝𝐞𝐜𝐢𝐝𝐞 𝐬𝐨𝐛𝐫𝐞 𝐥𝐚 𝐢𝐧𝐜𝐚𝐩𝐚𝐜𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐩𝐞𝐫𝐦𝐚𝐧𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐝𝐞 𝐮𝐧 𝐭𝐫𝐚𝐛𝐚𝐣𝐚𝐝𝐨𝐫, 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐜𝐮𝐛𝐫𝐢𝐫𝐬𝐞 𝐬𝐮 ...
15/06/2026

IT DE 545 DÍAS Y SUSTITUCIÓN

𝐌𝐢𝐞𝐧𝐭𝐫𝐚𝐬 𝐞𝐥 𝐈𝐍𝐒𝐒 𝐝𝐞𝐜𝐢𝐝𝐞 𝐬𝐨𝐛𝐫𝐞 𝐥𝐚 𝐢𝐧𝐜𝐚𝐩𝐚𝐜𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐩𝐞𝐫𝐦𝐚𝐧𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐝𝐞 𝐮𝐧 𝐭𝐫𝐚𝐛𝐚𝐣𝐚𝐝𝐨𝐫, 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐜𝐮𝐛𝐫𝐢𝐫𝐬𝐞 𝐬𝐮 𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨 𝐜𝐨𝐧 𝐮𝐧 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐬𝐮𝐬𝐭𝐢𝐭𝐮𝐜𝐢𝐨́𝐧.

Cuando se alcanza el plazo máximo de duración de una incapacidad temporal (365 días más una posible prórroga de 180 días), se llega a un total de 545 días de baja médica. A partir de ese momento, en general la empresa deja de cotizar por la persona trabajadora y tramita su baja en la Seguridad Social. En este sentido:

✅ Aunque el empleado ya no figure de alta a efectos de cotización, su contrato de trabajo no se extingue. Éste queda suspendido mientras el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) decide si concede al afectado una incapacidad permanente o si emite su alta médica.

✅ Durante ese período, el trabajador mantiene un derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo si recibe el alta médica. Por tanto, aunque él no esté prestando servicios, su puesto no puede considerarse vacante.

Pues bien, si la empresa necesita cubrir ese puesto de trabajo, debe formalizar un contrato de sustitución (antes, contrato de interinidad), que es el que se debe utilizar para cubrir temporalmente un puesto mientras dure la suspensión del contrato de la persona titular. En el contrato la empresa debe identificar al trabajador sustituido e indicar de forma clara el motivo de la sustitución. Es decir, explicar que el contrato de la persona titular está suspendido tras superar el período máximo de IT y mientras el INSS resuelve su situación.

El contrato de sustitución se extinguirá cuando se produzca alguna de las siguientes situaciones:

✅ La reincorporación de la persona trabajadora titular del puesto de trabajo (a quien se ha sustituido), si el INSS no le reconoce la incapacidad permanente.

✅ O bien la extinción del contrato de dicha persona por su reconocimiento de incapacidad permanente (siempre que a la empresa no le sea posible hacer ajustes en su puesto).

𝑁𝑢𝑒𝑠𝑡𝑟𝑜𝑠 𝑝𝑟𝑜𝑓𝑒𝑠𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑙𝑒 𝑖𝑛𝑓𝑜𝑟𝑚𝑎𝑟𝑎́𝑛 𝑠𝑜𝑏𝑟𝑒 𝑐𝑢𝑎𝑙𝑞𝑢𝑖𝑒𝑟 𝑑𝑢𝑑𝑎 𝑞𝑢𝑒 𝑡𝑒𝑛𝑔𝑎 𝑠𝑜𝑏𝑟𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑜𝑠 𝑑𝑒 𝑡𝑟𝑎𝑏𝑎𝑗𝑜.

IMPUESTO DE GRANDES FORTUNAS 2025𝐃𝐮𝐫𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐞𝐥 𝐦𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐣𝐮𝐥𝐢𝐨 𝐝𝐞𝐛𝐞 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐞𝐧𝐭𝐚𝐫𝐬𝐞 𝐞𝐥 𝐦𝐨𝐝𝐞𝐥𝐨 𝟕𝟏𝟖.Recuerde que el próximo mes de j...
12/06/2026

IMPUESTO DE GRANDES FORTUNAS 2025

𝐃𝐮𝐫𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐞𝐥 𝐦𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐣𝐮𝐥𝐢𝐨 𝐝𝐞𝐛𝐞 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐞𝐧𝐭𝐚𝐫𝐬𝐞 𝐞𝐥 𝐦𝐨𝐝𝐞𝐥𝐨 𝟕𝟏𝟖.

Recuerde que el próximo mes de julio debe presentarse el modelo 718, del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ISGF), correspondiente al año 2025. En concreto, dicha autoliquidación debe presentarse de forma obligatoria por vía electrónica entre el 1 y el 31 de julio, pero, en caso de pago mediante domiciliación, el plazo finaliza el 28 de julio.

El ISGF grava el patrimonio de las personas, al igual que lo hace ya el Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Eso sí: al contrario del IP, el ISGF tiene carácter estatal (no hay cesión a las comunidades autónomas como en el IP).

Recuerde que este impuesto recae sobre aquellas personas cuyo patrimonio neto (después de aplicar las exenciones que correspondan) sea superior a los 3 millones de euros, siendo de aplicación un mínimo exento de 700.000 euros. Así pues, usted sólo puede verse afectado por este impuesto si tiene un patrimonio neto superior a los 3,7 millones. No obstante:

🔶 Para que tenga la obligación de declarar no es suficiente con que su patrimonio neto exceda de la cifra anterior. Además, es preciso que la cuota del impuesto, una vez descontadas las deducciones y bonificaciones aplicables (entre ellas, la cuota del IP satisfecha), resulte a ingresar (circunstancia que en la mayoría de casos no se produce).

🔶 Si la cuota resultante es cero o es negativa, no hay obligación de declarar.

𝑁𝑢𝑒𝑠𝑡𝑟𝑜𝑠 𝑝𝑟𝑜𝑓𝑒𝑠𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑙𝑒 𝑎𝑠𝑒𝑠𝑜𝑟𝑎𝑟𝑎́𝑛 𝑠𝑜𝑏𝑟𝑒 𝑠𝑖 𝑑𝑒𝑏𝑒 𝑡𝑟𝑖𝑏𝑢𝑡𝑎𝑟 𝑝𝑜𝑟 𝑒𝑙 𝐼𝑆𝐺𝐹 𝑦, 𝑒𝑛 𝑐𝑎𝑠𝑜 𝑎𝑓𝑖𝑟𝑚𝑎𝑡𝑖𝑣𝑜, 𝑙𝑒 𝑎𝑦𝑢𝑑𝑎𝑟𝑎́𝑛 𝑎 𝑐𝑢𝑚𝑝𝑙𝑖𝑟 𝑐𝑜𝑛 𝑒𝑠𝑡𝑎 𝑜𝑏𝑙𝑖𝑔𝑎𝑐𝑖𝑜́𝑛 𝑡𝑟𝑖𝑏𝑢𝑡𝑎𝑟𝑖𝑎.

ELECCIONES SINDICALES: CLAVES PRÁCTICAS (INFOGRAFÍA)¿𝐂𝐮𝐚́𝐥𝐞𝐬 𝐬𝐨𝐧 𝐥𝐨𝐬 𝐩𝐫𝐢𝐧𝐜𝐢𝐩𝐚𝐥𝐞𝐬 𝐚𝐬𝐩𝐞𝐜𝐭𝐨𝐬 𝐚 𝐭𝐞𝐧𝐞𝐫 𝐞𝐧 𝐜𝐮𝐞𝐧𝐭𝐚 𝐜𝐮𝐚𝐧𝐝𝐨 𝐞𝐧 𝐮𝐧...
10/06/2026

ELECCIONES SINDICALES: CLAVES PRÁCTICAS (INFOGRAFÍA)

¿𝐂𝐮𝐚́𝐥𝐞𝐬 𝐬𝐨𝐧 𝐥𝐨𝐬 𝐩𝐫𝐢𝐧𝐜𝐢𝐩𝐚𝐥𝐞𝐬 𝐚𝐬𝐩𝐞𝐜𝐭𝐨𝐬 𝐚 𝐭𝐞𝐧𝐞𝐫 𝐞𝐧 𝐜𝐮𝐞𝐧𝐭𝐚 𝐜𝐮𝐚𝐧𝐝𝐨 𝐞𝐧 𝐮𝐧𝐚 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚 𝐬𝐞 𝐫𝐞𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐧 𝐞𝐥𝐞𝐜𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐬𝐢𝐧𝐝𝐢𝐜𝐚𝐥𝐞𝐬?

Los trabajadores pueden elegir delegados de personal (en centros de entre 6 y 10 trabajadores –si la mayoría lo decide– y de entre 11 y 49) o miembros del comité de empresa (en centros de 50 o más trabajadores) mediante sufragio libre, personal, secreto y directo. Pueden promover elecciones los sindicatos más representativos, los que acrediten al menos un 10% de representación en la empresa, y los propios trabajadores por acuerdo mayoritario.

La comunicación para promover elecciones sindicales debe presentarse ante la empresa y la oficina pública dependiente de la autoridad laboral al menos un mes antes de la fecha de inicio del proceso electoral, identificando con precisión la empresa, el centro de trabajo y dicha fecha de inicio del proceso.

A continuación, la empresa tiene siete días para trasladar a los trabajadores correspondientes su obligación de constituir la mesa electoral:

🔷 Los cargos de presidente, vocal y secretario son irrenunciables y sólo cabe excusarse por causa justificada y con antelación suficiente que permita la sustitución. Corresponden al empleado más antiguo (presidente de la mesa), al de más edad (vocal) y al de menor edad (vocal y secretario).

🔷 Entre la constitución de la mesa y la fecha de la votación no pueden mediar más de diez días.

🔷 La empresa debe entregar a la mesa el censo electoral (la relación de empleados que trabajan en la compañía). Además, debe facilitar los medios necesarios para el normal desarrollo de las elecciones. La votación se debe llevar a cabo en el centro de trabajo y durante la jornada laboral.

🔷 A partir de ahí, la empresa debe facilitar el proceso y tener un rol pasivo en la celebración de las elecciones. Es la mesa electoral la que dirige el proceso.

Las candidaturas se presentan durante los nueve días siguientes a la publicación de la lista definitiva de electores, y la proclamación se producirá en los dos días laborables siguientes.

𝑁𝑢𝑒𝑠𝑡𝑟𝑜𝑠 𝑝𝑟𝑜𝑓𝑒𝑠𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑙𝑒 𝑖𝑛𝑓𝑜𝑟𝑚𝑎𝑟𝑎́𝑛 𝑠𝑜𝑏𝑟𝑒 𝑐𝑢𝑎𝑙𝑞𝑢𝑖𝑒𝑟 𝑑𝑢𝑑𝑎 𝑞𝑢𝑒 𝑡𝑒𝑛𝑔𝑎 𝑟𝑒𝑠𝑝𝑒𝑐𝑡𝑜 𝑎 𝑙𝑎𝑠 𝑒𝑙𝑒𝑐𝑐𝑖𝑜𝑛𝑒𝑠 𝑠𝑖𝑛𝑑𝑖𝑐𝑎𝑙𝑒𝑠.

08/06/2026

DOTE LAS RESERVAS EN PLAZO

𝐒𝐢 𝐬𝐮 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚 𝐚𝐩𝐥𝐢𝐜𝐚 𝐥𝐚𝐬 𝐫𝐞𝐬𝐞𝐫𝐯𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐜𝐚𝐩𝐢𝐭𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐨 𝐧𝐢𝐯𝐞𝐥𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧, 𝐝𝐨́𝐭𝐞𝐥𝐚𝐬 𝐞𝐧 𝐩𝐥𝐚𝐳𝐨.

DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS Y RETENCIONES𝐕𝐞𝐫𝐢𝐟𝐢𝐪𝐮𝐞 𝐞𝐧 𝐪𝐮𝐞́ 𝐝𝐞𝐜𝐥𝐚𝐫𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐩𝐞𝐫𝐢𝐨́𝐝𝐢𝐜𝐚 𝐝𝐞𝐛𝐞 𝐢𝐧𝐠𝐫𝐞𝐬𝐚𝐫 𝐥𝐚𝐬 𝐫𝐞𝐭𝐞𝐧𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬.Si su em...
05/06/2026

DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS Y RETENCIONES

𝐕𝐞𝐫𝐢𝐟𝐢𝐪𝐮𝐞 𝐞𝐧 𝐪𝐮𝐞́ 𝐝𝐞𝐜𝐥𝐚𝐫𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐩𝐞𝐫𝐢𝐨́𝐝𝐢𝐜𝐚 𝐝𝐞𝐛𝐞 𝐢𝐧𝐠𝐫𝐞𝐬𝐚𝐫 𝐥𝐚𝐬 𝐫𝐞𝐭𝐞𝐧𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬.

Si su empresa aprueba una distribución de dividendos en la Junta General de este mes de junio, deberá ingresar las retenciones en Hacienda (el 19%) en la declaración periódica –mensual o trimestral– correspondiente al período en el que dichos dividendos sean exigibles. Y si en el acuerdo de reparto no dice nada al respecto, los dividendos se entienden exigibles a partir del día siguiente al de la junta.

Así pues, a su empresa le conviene celebrar dicha junta el día 30 de junio, o bien, si la realiza antes, hacer constar en el acuerdo de reparto que los dividendos serán exigibles a partir del día 1 de julio:

✅ Si no actúa de esta forma y la junta se celebra el 25 de junio, por ejemplo, se considerará que los dividendos son exigibles al día siguiente, el 26 de junio. En ese caso, deberá ingresar la retención en la declaración que presentará hasta el 20 de julio, con independencia de la fecha en la que los pague efectivamente.

✅ En cambio, si la junta acuerda que los dividendos serán exigibles el 3 de julio, por ejemplo, retrasará el ingreso de las retenciones hasta el 20 de agosto o el 20 de octubre (según si su empresa presenta declaraciones mensuales o trimestrales, respectivamente).

Si entre los socios de su empresa hay sociedades que tienen una participación en el capital igual o superior al 5% y han poseído dicha participación de forma ininterrumpida durante el año anterior al día en que sean exigibles los dividendos, recuerde que no deberá practicarles retención. En ese caso, dichos socios tienen derecho a aplicar la exención por doble imposición sobre el 95% de los dividendos en su Impuesto sobre Sociedades, motivo por el que la ley establece que también estén exentos de retenciones.

Eso sí, asegúrese de que las sociedades a las que no practica retención le facilitan un escrito conforme están exentas de ésta. Solicite que en dicho escrito indiquen su porcentaje de participación y la fecha de adquisición (o, como mínimo, que han adquirido la participación con al menos un año de antelación).

𝑁𝑢𝑒𝑠𝑡𝑟𝑜𝑠 𝑎𝑠𝑒𝑠𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑙𝑒 𝑎𝑦𝑢𝑑𝑎𝑟𝑎𝑛 𝑎 𝑣𝑒𝑟𝑖𝑓𝑖𝑐𝑎𝑟 𝑒𝑛 𝑞𝑢𝑒́ 𝑐𝑎𝑠𝑜𝑠 𝑑𝑒𝑏𝑒 𝑝𝑟𝑎𝑐𝑡𝑖𝑐𝑎𝑟 𝑟𝑒𝑡𝑒𝑛𝑐𝑖𝑜́𝑛 𝑠𝑜𝑏𝑟𝑒 𝑙𝑜𝑠 𝑑𝑖𝑣𝑖𝑑𝑒𝑛𝑑𝑜𝑠 𝑦 𝑙𝑒 𝑎𝑠𝑒𝑠𝑜𝑟𝑎𝑟𝑎́𝑛 𝑠𝑜𝑏𝑟𝑒 𝑐𝑜́𝑚𝑜 𝑑𝑒𝑚𝑜𝑟𝑎𝑟 𝑒𝑙 𝑖𝑛𝑔𝑟𝑒𝑠𝑜 𝑑𝑒 𝑑𝑖𝑐ℎ𝑎 𝑟𝑒𝑡𝑒𝑛𝑐𝑖𝑜́𝑛 𝑎𝑛𝑡𝑒 𝐻𝑎𝑐𝑖𝑒𝑛𝑑𝑎.

📈 Andalucía sigue haciendo historia.La comunidad ha superado por primera vez la barrera de los 600.000 autónomos, alcanz...
03/06/2026

📈 Andalucía sigue haciendo historia.

La comunidad ha superado por primera vez la barrera de los 600.000 autónomos, alcanzando los 600.096 trabajadores por cuenta propia tras sumar 2.690 nuevos autónomos en mayo. Un dato récord que confirma el dinamismo del emprendimiento andaluz y su liderazgo en la creación de actividad económica. Además, Andalucía continúa destacando en la reducción del desempleo, consolidándose como una de las regiones con mayor crecimiento del trabajo autónomo en España.

💼 Emprender sigue siendo una apuesta de futuro y estos datos reflejan el esfuerzo, la constancia y el talento de miles de profesionales andaluces.

🚀📊

"Campaña de la Renta 2025" , desde Lafiscon Asesores podemos asesorarte e informarte qué cambios ha habido este año.Nues...
01/06/2026

"Campaña de la Renta 2025" , desde Lafiscon Asesores podemos asesorarte e informarte qué cambios ha habido este año.

Nuestro equipo profesional trabaja junto a particulares, autónomos y empresas.

🌍 Avda. Mejico, Edif. Parque Stadium, Blq. 8, 2ª Planta, Oficina 24
☎ 956 32 74 74
📧 [email protected]

29/05/2026

¿CUÁNDO DECLARO LOS ATRASOS?

𝐋𝐚 𝐝𝐞𝐜𝐥𝐚𝐫𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐈𝐑𝐏𝐅 𝐞𝐧 𝐥𝐚 𝐪𝐮𝐞 𝐝𝐞𝐛𝐞𝐧 𝐢𝐧𝐜𝐥𝐮𝐢𝐫𝐬𝐞 𝐥𝐨𝐬 𝐬𝐚𝐥𝐚𝐫𝐢𝐨𝐬 𝐚𝐭𝐫𝐚𝐬𝐚𝐝𝐨𝐬 𝐪𝐮𝐞 𝐬𝐞 𝐜𝐨𝐛𝐫𝐞𝐧 𝐞𝐧 𝟐𝟎𝟐𝟔 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐯𝐚𝐫𝐢𝐚𝐫 𝐬𝐞𝐠𝐮́𝐧 𝐥𝐚 𝐟𝐞𝐜𝐡𝐚 𝐝𝐞 𝐬𝐮 𝐜𝐨𝐛𝐫𝐨.

🚀 El perfil del autónomo en España está cambiando a gran velocidad. Los profesionales digitales y tecnológicos son actua...
27/05/2026

🚀 El perfil del autónomo en España está cambiando a gran velocidad. Los profesionales digitales y tecnológicos son actualmente los que más crecen dentro del RETA, impulsados por la demanda de servicios relacionados con programación, inteligencia artificial, ciberseguridad, análisis de datos, marketing digital y creación de contenido.

📊 La transformación digital de empresas y administraciones está generando nuevas oportunidades para perfiles especializados que trabajan de forma independiente, flexible y muchas veces en remoto. Este fenómeno refleja cómo la tecnología no solo transforma negocios, sino también la manera de trabajar y emprender.

💡 Cada vez más profesionales optan por desarrollar su actividad como autónomos tecnológicos, buscando mayor libertad, proyectos internacionales y adaptación a un mercado laboral en constante evolución. España avanza hacia una economía donde el talento digital y la especialización serán claves para la competitividad y el crecimiento.



https://www.computing.es/mercado-ti/los-autonomos-digitales-y-tecnologicos-son-los-que-mas-crecen-dentro-del-reta/

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