Sanchez&Trigo

Sanchez&Trigo Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Sanchez&Trigo, Abogado y bufete de abogados, Calle Victor Hugo, 2, 1º-D, Illescas.

17/01/2022

En la Alta Edad Media esta tierra se encontraba vacía, no por su culpa, quizás tampoco por el clima o las condiciones adversas, porque estaba cubierta de sotobosques de encinas, de numerosas lagunas, aunque de agua salobre y no potable, poblada por aves ...

A VUELTAS CON LA HIPOTECA.El próximo 3 de marzo se desvelará, o no, la incógnita sobre si el índice de referencia para e...
09/02/2020

A VUELTAS CON LA HIPOTECA.
El próximo 3 de marzo se desvelará, o no, la incógnita sobre si el índice de referencia para el cálculo del interés en muchas hipotecas, es abusivo y por lo tanto no se debía haber aplicado. Lo más probable es que tengamos una sentencia que deje a los Tribunales españoles creados en junio de 2017 que analicen caso por caso si existió o no transparencia en la inclusión de ese índice de referencia, lo que obligará a los particulares a ir a los Juzgados y hará que los Bancos puedan digerir más fácilmente el golpe.
Des de SANCHEZ&TRIGO os animamos a revisar vuestras hipotecas, y os ofrecemos nuestro asesoramiento inicial sin coste ninguno.

El próximo 3 de marzo, el Tribunal de Justicia de la UE despejará las dudas sobre cómo deben actuar los juzgados españoles con las hipotecas referenciadas al IRPH, un índice oficia

CLÁUSULA SUELO. Más de uno cayó en la tentación de firmar un acuerdo con su banco para que le dejara de aplicar la cláus...
13/09/2019

CLÁUSULA SUELO. Más de uno cayó en la tentación de firmar un acuerdo con su banco para que le dejara de aplicar la cláusula suelo y a cambio renunció a demandar a la Entidad bancaria. Pues bien, el diciembre el TSUE dictará una nueva sentencia que todos esperamos que dé la razón a los consumidores y declare nulos todos esos acuerdos para volver a demandar a nuestros Bancos y reclamar las cantidades que hemos pagado indebidamente. En SANCHEZ&TRIGO ABOGADOS os ofrecemos nuestros servicios sin ningún tipo de coste inicial. Queremos ayudarte y te lo ponemos fácil. No te quedes sin reclamar lo que es tuyo.

El abogado del TJUE se pronuncia el 12 de diciembre sobre  las claúsulas suelo renegociadas por la banca tras el fallo del Tribunal Supremo en 2013.

A VUELTAS CON LA HIPOTECA. Ya podemos ir sacando la escritura de nuestra hipoteca para ver si tenemos IRPH. Muchos se pr...
10/09/2019

A VUELTAS CON LA HIPOTECA. Ya podemos ir sacando la escritura de nuestra hipoteca para ver si tenemos IRPH. Muchos se preguntarán qué es eso. Pues es el primo hermano del EURIBOR. El índice de referencia que se ha venido utilizando en muchas de nuestras hipotecas para calcular los intereses que le pagamos mensualmente a nuestro Banco o Caja.
Bueno, pues es cláusula es abusiva y por lo tanto NULA y nuestro Banco o Caja nos tiene que devolver el dinero que hemos pagado indebidamente por la aplicación de ese índice de referencia (IRPH)
ESTAMOS A VUESTRA DISPOSICION PARA RECLAMAR.
NUESTROS CLIENTES NO TIENEN QUE HACER PROVISIÓN DE FONDOS POR NUESTROS SERVICIOS Y SÓLO COBRAMOS CUANDO ELLOS COBREN. OS ESPERAMOS.

Se avecina un nuevo frente judicial para la banca española. El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Maciej Szpunar...

CLÁUSULAS ABUSIVAS. ¿Será el día del año, con la noche más corta cuando los usuarios de banca que tenga una hipoteca con...
14/05/2019

CLÁUSULAS ABUSIVAS. ¿Será el día del año, con la noche más corta cuando los usuarios de banca que tenga una hipoteca con IRPH, cuando reciban la noticia de que el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea les da la razón? El próximo 24 de junio las entidades bancarias se encomendarán al Dios y al diablo para que no vuelvan a tirarles de las orejas, ni a ellos, ni a nuestro Tribunal Supremo que ya ha dicho que, en principio, no se puede entender abusiva la cláusula de IRPH.
Desde SANCHEZ&TRIGO estamos a vuestra disposición para ir reclamando a vuestras entidades bancarias la anulación de la cláusula de IRPH y lo más importante, para que os devuelvan una cantidad importante de dinero💷💶💸 que os han cobrado indebidamente. @: [email protected] y en el 925 0920 13. Un saludo

Un abogado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunciará el próximo 24 de junio sobre la cuestión de un juzgado español en relación con las hipotecas referenciadas al IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios), según anunció...

SANCHEZ&TRIGO estuvo allí
31/10/2018

SANCHEZ&TRIGO estuvo allí

30 CLÁUSULAS ABUSIVAS EN NUESTRAS HIPOTECAS. Hoy hemos asistido a una maratoniana y apasionante jornada sobre los abusos...
30/10/2018

30 CLÁUSULAS ABUSIVAS EN NUESTRAS HIPOTECAS. Hoy hemos asistido a una maratoniana y apasionante jornada sobre los abusos bancarios a cargo del compañero Eugenio Ribón Seisdedos y organizado por lo Colegio de Abogados de Toledo a quien Le agradecemos el que se traten de asuntos tan de actualidad. Allí hemos expuesto la sentencia a la que hicimos referencia ayer por lo novedosa para nuestro Despacho. Aquí os dejo el libro donde se recoge toda la sabiduría de este ilustre y simpático Letrado gaditano. Os advierto de que son más de 700 páginas

Nueva estrategia procesal -Páginas: 770 -Autor: Eugenio Ribón Seisdedos. Abogado. Presidente de la Asociación Española de Derecho de Consumo -Editorial: SEPIN

29/10/2018

SENTENCIA HISTÓRICA EN SANCHEZ&TRIGO. ANULACIÓN DE VARIAS CLÁUSULAS ABUSIVAS DE UNA HIPOTECA Y DEL ACUERDO PRIVADO. La espera ha merecido la pena. Quedamos a vuestra disposición en el 925092013.

JDO.PRIMERA INSTANCIA N.1 BIS
TOLEDO
SENTENCIA: 01423/2018
-
C/ MARQUES DE MEDIGORRIA 2
Teléfono: 925-396020/32, Fax: 925-396033
Equipo/usuario: EFR
Modelo: S40000
N.I.G.: 45168 41 1 2017 0019159
OR5 ORDINARIO CONTRATACION-249.1.5 0003357 /2017
Procedimiento origen: /
Sobre COND.GNRLS.CTRTO.FINAC.GARNT.INMO.PRSTARIO.PER.FIS
DEMANDANTE D/ña.
Procurador/a Sr/a. ANGEL VICENTE ARRIBAS ADALID
Abogado/a Sr/a. JUAN ISMAEL TRIGO LOPEZ
DEMANDADO D/ña. BANCO DE CASTILLA LA MANCHA, S.A.
Procurador/a Sr/a.
Abogado/a Sr/a.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 BIS de
TOLEDO
PROCEDIMIENTO: JUICIO ORDINARIO 3357/2017
SENTENCIA
En Toledo, a dieciséis de agosto de dos mil dieciocho.
Vistos por mí, María Rubio Sánchez, Juez del Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción número 1 BIS de Toledo y
su partido judicial, ha visto los autos del Juicio
Ordinario número 3357/2017 sobre NULIDAD DE CONDICIONES
GENERALES DE LA CONTRATACIÓN, en nombre de S.M. el Rey
dicto la dicto la presente resolución sobre la base de los
siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Procurador de los Tribunales en nombre y
representación de la parte actora interpuso demanda de
juicio ordinario frente a BANCO CASTILLA LA MANCHA S.A.
(...)
cláusulas abusivas no se apliquen frente a los
consumidores”.
La doctrina establecida en esa sentencia ha sido
incorporada a nuestro Ordenamiento por la Ley 1/2013, de
14 de mayo, que modifica el artículo 693 de la Ley de
Enjuiciamiento Civil, exigiendo el impago de al menos tres
mensualidades para que pueda instarse la ejecución
hipotecaria.
DÉCIMO.- INTERESES
Como consecuencia de la declaración de nulidad
anteriormente enunciada, las cantidades objeto de condena
en la presente resolución se incrementarán con los
intereses legales devengados por cada una de ellas desde
el momento en que se efectuó el pago por el consumidor, ex
artículo 1.303 del Código Civil y la reiterada
jurisprudencia de TJUE.
Dichas cantidades devengarán intereses por mora procesal
ex artículo 576 LEC (interés legal más dos puntos
porcentuales) desde el dictado de la presente sentencia
hasta el completo pago de las cantidades.
UNDÉCIMO.- COSTAS
En virtud del principio del vencimiento objetivo (artículo
394 LEC), procede la expresa condena en costas de la parte
demandada, al haber visto desestimadas sus pretensiones.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y
pertinente aplicación
FALLO
Que ESTIMO la demanda interpuesta por la representación
procesal de X######x frente a BANCO
CASTILLA LA MANCHA S.A., y en consecuencia,
1.DECLARO LA NULIDAD DE PLENO DERECHO, POR FALTA DE
TRANSPARENCIA, Y SE TIENE POR NO PUESTA LA CLÁUSULA
QUE IMPONE UN LÍMITE MÍNIMO AL TIPO DE INTERES
(cláusula suelo) (dentro de cláusula TERCERA BIS),
ASÍ LA COMO LA CLÁUSULA DE GASTOS (cláusula QUINTA) Y
LA CLÁUSULA DE VENCIMIENTO ANTICIPADO (dentro de
cláusula SEXTA BIS) POR ABUSIVAS, Y SE TIENEN TODAS
ELLAS POR NO PUESTAS, CONTENIDAS en la escritura de
préstamo hipotecario otorgada entre las partes.
2.DECLARO LA NULIDAD DE PLENO DERECHO DEL ACUERDO
SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN FECHA 12 de agosto DE
2015.
3.CONDENO A la entidad demandada a estar y pasar por la
anterior declaración y, en consecuencia, a que
suprima de la escritura dicha cláusula sin efectos
para el futuro subsistiendo el resto de la escritura
en todo lo no afectado por la declaración anterior.
4.CONDENO A la entidad demandada a devolver las
cantidades indebidamente cobradas en aplicación de la
cláusula suelo, resultando su cuantía del sumatorio
de la diferencia existente entre los intereses
abonados en aplicación de dicha cláusula suelo y los
que resulten de suprimir la mencionada cláusula,
aplicando el tipo de referencia más el diferencial
previstos en la escritura originaria.
5.CONDENO a la entidad demandada a abonar a LA PARTE
ACTORA las siguientes cantidades por los referidos
conceptos:
- Aranceles notariales, 580.35 euros
- aranceles registrales, 206.09 EUROS.
Tales cantidades se incrementarán con los intereses
legales devengados desde la fecha en que la parte actora
pagó cada una de las cantidades objeto de condena. Dicha
cantidad devengará intereses legales por mora procesal
(artículo 576 LEC) desde la fecha de la presente sentencia
hasta su completo pago.
Todo ello, sin expresa condena en costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes,
haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer

EL SUMUM. BANCOS HIPOTECAS Y PROZAC. El presidente de T Supremo anoche no durmió y muchos otros tampoco. Sonaron teléfon...
19/10/2018

EL SUMUM. BANCOS HIPOTECAS Y PROZAC. El presidente de T Supremo anoche no durmió y muchos otros tampoco. Sonaron teléfonos de banqueros y ministros y el resultado ha sido una escueta nota de prensa para frenar la debacle bancaria. Cuál será el próximo capítulo.

Notas de prensa

18/10/2018

BANCOS. EL SUPREMO: DONDE DIJE DIGO, DIGO DIEGO. A vueltas con los gastos de constitución de hipoteca. Hoy el Supremo nos ha dado una alegría a todos los que en su día suscribimos un préstamo hipotecario pues nos vienen a decir en una sentencia de 50 folios, con voto particular de 20 páginas que el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) lo tiene que asumir la entidad bancaria que exige la inscripción de la hipoteca y además solicita la primera copia de la escritura de préstamo. En este link os deja el artículo del Mundo donde podéis descargaros la revolucionaria sentencia que ha provocado que en nuestro Despacho de SANCHEZ&TRIGO no parara de sonar el teléfono. continuará...
https://www.google.es/amp/s/amp.elmundo.es/economia/macroeconomia/2018/10/18/5bc84491e5fdeaca258b463d.html

PRÉSTAMOS BANCARIOS ABUSIVOS, Cuando ya creíamos que lo habíamos visto todo, nos llegan nuevos aires de nulidad, esta ve...
28/09/2018

PRÉSTAMOS BANCARIOS ABUSIVOS, Cuando ya creíamos que lo habíamos visto todo, nos llegan nuevos aires de nulidad, esta vez por las mal denominadas "HIPOTECAS TRAQUILIDAD", ahí os dejo una explicación detallada. Lo que la tengáis, antes de leerla os recomiendo que os sentéis para no caeros. Desde nuestro Despacho ya estamos preparando demandas para exigir la nulidad de ésta y otras cláusulas, además de la devolución de los intereses cobrados indebidamente, más el interés legal.
Quedamos a vuestra disposición.

://www.elconfidencial.com/vivienda/2017-06-01/hipotecas-hipoteca-tranquilidad-asufin-banesto-banco-santander_1359977/

Hipotecas: La pesadilla de la Hipoteca Tranquilidad irrumpe en los tribunales. Este producto impedía a los hipotecados conocer cuánto tiempo tardarían en devolver el dinero al banco o incluso cuánto capital tendrían que pagar en total

19/07/2018

Atentado de Barcelona. Ahora que estamos a menos de un mes de celebrar el primer aniversario de los atentados de Barcelona y Cambrils, me gustaría hacer una reflexión jurídica y social, antes de que se llenen los períodos de noticias sobre quien será invitado a las manifestaciones y concentraciones, y se diluya lo importante en disolvente político. Lo importante son las víctimas y sus familiares y seguramente no se hable lo suficiente de ellas, o quizá se utilice su nombre y su recuerdo para hacer política lacrimosa.
Yo pregunto sin circunloquios ¿el atentado de Barcelona se pudo evitar, al menos en el modo en el que ocurrió? ¿las Administraciones competentes hicieron todo lo que estaba en su mano para evitarlo? Mi humilde opinión es que NO. El Ayuntamiento de Barcelona y la consejería de Interior de la Generalidad de Cataluña NO atendieron las instrucciones dadas desde el Ministerio del Interior que no podía intervenir por el reparto de competencias, resultado de ese celo de autogobierno. La alcaldesa de Barcelona no tuvo problema en afirmar que no se instalaban bolardos o elementos disuasorios porque eso coarta la libertad de las personas.
Jurídicamente han sido varias las sentencias que ha dictado nuestro Tribunal Supremo en las que se ha condenado a la Administración Pública por tener responsabilidad en el incumplimiento de las medidas de seguridad preventivas que finalmente no fueron instaladas.
Creo sinceramente que las víctimas del atentado de Barcelona deberían exigir esa responsabilidad a las Administraciones a las que acabo de hacer referencia.
El colmo es que ahora que está a punto de vencer el plazo de un año que tienen las víctimas para exigir esa responsabilidad, el Parlamento catalán acuerda poner en marcha una comisión de investigación sobre estos atentados.
Oiremos algo de esto en los días venideros. Creo que no.

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