13/05/2021
La Restitución Internacional de un menor tiene lugar cuando uno de los Progenitores, persona, institución u otro organismo, traslada o retiene en otro país distinto al de su residencia habitual a un menor, de forma ilícita, vulnerando los derechos de custodia o visitas, atribuidos al otro Progenitor, persona, institución u organismo.
Principales problemas que nos encontramos los abogados de familia es estos casos:
👉Lentitud del proceso.
👉Desconocimiento de la materia por parte de jueces, fiscales y abogado del Estado.👉El juzgado no está especializado👉Una vez remito la solicitud a la Autoridad Central, no obtengo ninguna respuesta.Tampoco sé si ha tramitado la solicitud ni cuándo. Las gestiones telefónicas soneternas y no solucionan mis dudas o requerimientos.
👉Me obliga a aconsejar al cliente que busquemos apoyo letrado en Madrid para lasgestiones. Esta circunstancia encarece el procedimiento, cuando es la AutoridadCentral la que debería atender al ciudadano.
👉El procedimiento se eterniza y el menor es escolarizado, pierde el idioma españolcuando es muy pequeño y el sustractor/a consolidar su posición. De este modo, sehace inviable el retorno y se premia al infractor/a.
👉Es necesario presentar los documentos traducidos porque los servicios detraducción de la Autoridad Central son muy lentos.
👉El abogado del Estado desistió porque la sustractora alegó sin pruebas habersufrido violencia de género.
👉Los seguimientos que hace la Autoridad Central de los menores sustraídos desdeEspaña a otros países son ineficientes.
👉Cada vez se producen más retrasos en la tramitación de la fase administrativa delas restituciones.
Si te interesa este tema y/o necesitas asesoramiento, contacta con nosotros para agendar una cita.