Imagine Taxes

Imagine Taxes Imagine Taxes es una empresa dedicada al asesoramiento fiscal y tributario para particulares, sociedades mercantiles y para entidades sin ánimo de lucro.

Imagine Taxes es una empresa dedicada al asesoramiento fiscal y tributario a particulares, sociedades mercantiles y a entidades sin ánimo de lucro. En Imagine Taxes, somos un grupo de profesionales, abogados y economistas, especializados en el asesoramiento fiscal. Nuestro propósito es ofrecer un servicio a todas aquellas personas que necesiten apoyo de expertos frente a sus obligaciones fiscales.

Nuestro objetivo es prestar servicio a todos los contribuyentes, tanto los residentes fiscales como los no residentes fiscales en España, que tengan obligaciones frente a la Agencia Tributaria Española, de manera que las personas que sean consideradas residentes en territorio español o aquellas personas que residan a parcialmente o a tiempo completo en el extranjero, tengan sus necesidades y obligaciones fiscales cubiertas frente a la Agencia Tributaria Española.

Si podéis participar, es una buena idea para probar este arte marcial y ayudar a Rodrigo Costa.
09/01/2018

Si podéis participar, es una buena idea para probar este arte marcial y ayudar a Rodrigo Costa.

Este sábado día 13 de Enero de 2018, haremos el primer seminario benéfico de Jiu Jitsu Brasileño.

Como muchos sabréis, nuestro antiguo miembro del club Rodrigo Costa de Souza, nos vino a visitar estas navidades después de haber vuelto para Brasil hace 2 años. La mala suerte es que Rodrigo tuvo que ser ingresado en la UCI del Hospital de Cabueñes hace 2 semanas con una fuerte infección en los pulmones y le dejaron en coma inducido para poder salvarle la vida, lo que hizo que una visita de 10 días se transforme en una verdadera pesadilla, por tiempo indeterminado. Por esta razón nuestro club conjuntamente con otros clubs de otras modalidades hemos decidido a organizar varios seminarios solidarios, tendremos la ayuda de Krav Magá Gijon, de Alberto Tapia en K-1, de Joel "El Fenómeno" y Marcos Lopez en MMA y Capoeira con el Mestre "Marcha".

El horario será de 10 a 11 horas BJJ infantil y de 11 a 13:30 BJJ para adultos.

Tendremos todos los niveles desde el más básico al más avanzado. El precio es de 10€ por participante.

Todo lo que se recaude se lo daremos a Thais la mujer de Rodrigo Costa para ayudar a cubrir con los gastos mínimos de su estancia en Gijon durante el periodo de Hospitalización de Rodrigo.

Si no podeis asistir al seminario y quereis aportar 10€ u otra cantidad podeis hacer una transferencia a la siguiente cuenta bancaria:

- Thais Adriane Rodrigues Breda.
- Codigo IBAN: ES65 2048 0003 6734 0401 1759

Contamos con vuestra participación.

Un saludo

Este próximo viernes, día 22 de diciembre, se celebrará el Sorteo de Navidad de la Lotería Nacional del Estado.  En el c...
18/12/2017

Este próximo viernes, día 22 de diciembre, se celebrará el Sorteo de Navidad de la Lotería Nacional del Estado.

En el caso de que seas uno de los afortunados, y te toca algún premio ¿Sabes como cobrarlo? ¿Hay que declararlo en Hacienda? ¿Sabes como afecta a tu declaración del IRPF?

Si resultas ser uno de los afortunados en el sorteo, ya sea con el premio Gordo, u otro premio de menor cantidad, debes saber algunas cosas antes de proceder al cobro de tu dinero:

PARA COBRAR EL PREMIO HAY QUE PRESENTAR EL DÉCIMO.

Para poder percibir el dinero del premio, el ganador deberá presentar en un punto de venta oficial el billete o resguardo afortunado.

Los premios de cantidades menores de 2.500 euros se pueden cobrar en cualquier administración oficial de la LAE.

Pero los premios de cantidad igual o superior a2.500 euros solo se podrán canjear por dinero en las siguientes entidades: BBVA, Popular (incluido Banco Pastor), Bankia, CaixaBank, Abanca, EspañaDuero, Sabadell, Cajasur, BMN, Caixa Ontinyent, Cajamar, Caja Rural, Ibercaja, Unicaja, Kutxabank y Laboral Kutxa.

Igualmente es importante saber que los premios de mayor cantidad se pueden cobrar también a través de la web oficial de Loterías y Apuestas del Estado www.loteriasyapuestas.es.

SE PUEDE COBRAR EL PREMIO A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE Y CADUCA A LOS TRES MESES
Los billetes de lotería premiados en el sorteo de Navidad, se podrán cobrar a partir de la tarde del propio día 22 si son de cantidad menor a 2.500 euros, y a partir del día siguiente del sorteo, y hasta tres meses después (22 de marzo), plazo en el que vence su validez, si son superiores a esta cantidad.

En caso de que se posea una participación de un número premiado, desde Lotería Nacional indican que se debe acudir a la entidad emisora de dicha participación para proceder al cobro del premio.

SI ES COMPARTIDO, TODOS DEBEN IDENTIFICARSE

Si se comparte un décimo premiado con 2.500 euros o más, todos los participantes deberán identificarse en la entidad financiera en el momento del cobro.

LA RETENCIÓN SE HACE AUTOMÁTICAMENTE

Los premios superiores a 2.500 euros están sujetos a un gravamen o retención del 20% sobre la cantidad que supere este franja, y en este caso, en el momento en el que la entidad financiera colaboradora de Loterías y Apuestas del Estado procede al pago, lo hace directamente ya sin la cantidad destinada al pago a la Hacienda Tributaria.

NO IMPLICA NINGUNA RETENCIÓN EXTRAORDINARIA EN LA DECLARACIÓN

Los premios obtenidos por la Lotería Nacional no tendrán repercusión en la declaración de la renta de sus beneficiaros ya que previamente, mediante la deducción establecida por la entidad financiera, el afortunado ya habrá pagado por los mismos. Aun así, los ganadores de estos premios sí deberán indicar su obtención en la próxima declaración de la renta.

MUCHA SUERTE!!!!!!!

05/12/2017

Proyecto de construcción de Pasarela sobre Rio Murango, en Burundi.

SOS Burundi, es una asociación solidaria que desarrolla proyectos humanitarios en el pequeño territorio de Burundi, Africa Central.

Tenemos el mayor placer de colaborar con ellos en todos sus proyectos, asesorándolos jurídica y fiscalmente, para que puedan cumplir sus objetivos de la mejor manera posible.

Felicidades SOS BURUNDI, estáis haciendo un gran trabajo. Contar con nuestro apoyo siempre que necesitéis.

Un saludo

19/11/2017

Todavía no te han devuelto el IRPF 2016?

No te preocupes, en realidad puede que pasen los meses y sigamos sin recibir el dinero de la devolución del IRPF. Antes de desesperar conviene tener en cuenta que Hacienda dispone de un plazo de seis meses (aproximadamente) desde el momento que se presentó la declaración IRPF para realizar el ingreso de la devolución, ya que la Ley de IRPF establece que las devoluciones deben practicarse antes del final de año (el plazo legal finalizaría el 31 de diciembre) para quienes obtuvieran un resultado negativo en su declaración anual.

No es una ciencia cierta, pero pueden darse algunas circunstancias que hagan que la Agencia Tributaria tarde un poco más de lo habitual en devolverte el importe correspondiente.

Esas circunstancias pueden ser: que se haya presentado la declaración del IROF a última hora. Puede ser por algo cambio de la situación personal o alguna diferencia con las declaraciones de los ejercicios anteriores, como por ejemplo: divorcio, tener hijos menores de edad a cargo, cambio de residencia habitual, tener a cargo alguna persona mayor o discapacitada.

Puede haber alguna diferencia entre la información de la declaración y la información que consta en el expediente de la Agencia Tributaria. Esto sucede en los casos que por ejemplo el contribuyente se haya confundido en poner algún importe o al poner algún dato personal. En estos casos la Agencia Tributaria realiza un “Requerimiento de Datos” o notifica al contribuyente una “Propuesta de Liquidación Provisional”. El contribuyente debe siempre responder en tiempo y forma a este tipo de notificaciones , que normalmente no suelen llevar sanciones, pero pueden causar algún retraso en la resolución del expediente.

A partir del fin del plazo máximo de devolución (31 de Diciembre), se empezarán a generar unos pequeños intereses sobre la totalidad del importe que le corresponda al contribuyente que le devuelvan

Si recibiste alguna notificación de la Agencia Tributaria, no dudes y ponte en contacto con nosotros seguramente te poderos ayudar.

Un saludo

13/11/2017

Finalmente el Senado ha aprobado la Ley de Autónomos, la norma traerá mejoras en las condiciones de los trabajadores autónomos.

Algunas de ellas entrarán ya en vigor el 1 de enero 2018, mientras que el resto lo harán una vez se publiquen en el BOE.

Los puntos principales que entrarán ya en vigor el próximo día 1 de Enero de 2018 son:

- Ampliación de la tarifa plana de 50 euros a un año para los nuevos autónomos o para los que no lo hayan sido en los últimos 2 años.

- Ampliación de la bonificación de la tarifa plana a los 24 meses. Una vez finalice el primer año, se bonificará con un 50% otros seis meses y al 30% los siguientes seis meses.

- Si un emprendedor desea volver a montar un negocio y han pasado tres años desde que disfrutó de la tarifa plana, podrá volver a beneficiarse de ella.

- Los autónomos pueden darse de alta y de baja en el RETA hasta tres veces en el mismo año. Desde enero, solo pagarán desde el día efectivo en el que se cause alta o baja en el RETA (no el mes completo)

- También podrán cambiar hasta cuatro veces su base de cotización en un año.

- Los autónomos que trabajen desde su casa, podrán deducirse el 30% de los gastos de suministros, como agua, luz o telefonía. También podrá deducirse hasta 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto en comida, cuando sea en España. Esta cifra asciende a 48 euros si se realiza en el extranjero.

- Los recargos por retrasos en los pagos a la Seguridad Social se reducen del 20% al 10% en el primer mes, y después a la mitad.

Esperamos que est información te sea útil, si necesitas alguna aclaración no dudes en contactarnos.

Un saludo

Dirección

Gijón
33201

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 20:00
Martes 09:00 - 20:00
Miércoles 09:00 - 20:00
Jueves 09:00 - 20:00
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Teléfono

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