Marta Palacios Abogada

Marta Palacios Abogada Marta Palacios es un despacho de abogados creado en el año 1996 y especializado en Derecho Civil: h

7 DE OCTUBRE DE 2020!¿ Que pasará ese día..? , pues que ese día vencen TODAS LAS DEUDAS, que se generaron entre los años...
28/02/2020

7 DE OCTUBRE DE 2020!

¿ Que pasará ese día..? , pues que ese día vencen TODAS LAS DEUDAS, que se generaron entre los años 2005 y 2015.

¿ Y eso que significa? pues que a partir de ese día ninguna compañía, empresa, entidad financiera, ningún acreedor, podrá reclamarte las facturas impagadas que tengas con ellos y que se hayan generado entre el 7 de octubre de 2005 y el 7 de octubre de 2015.

Así que ya sabéis, tanto si os deben dinero, como si tenéis una deuda pendiente, apuntad esta fecha en el calendario.

Resultado de mi afán por proporcionarles a mis clientes el mejor y más amplio asesoramiento, nace esta nueva colaboració...
05/11/2019

Resultado de mi afán por proporcionarles a mis clientes el mejor y más amplio asesoramiento, nace esta nueva colaboración con Argüelles Sánchez Asesores, lo que me va a permitir ofrecer nuevos servicios, tanto a empresas como a particulares.
Así pues, desde este mismo mes, no dudéis en consultarnos cualquier cuestión relativa a temas fiscales y laborales . Podéis estar seguros que estaréis en las mejores manos.

23/10/2019

Satisfecha con la Sentencia que me acaban de notificar y en la que estimando en su totalidad la demanda que presenté " se atribuye a mi clienta, de forma exclusiva, la PATRIA POTESTAD de su hija menor, privando al padre de dicha patria potestad y no estableciendo régimen de visitas alguno a su favor".

Los motivos : el padre de la menor abandonó el domicilio familiar en el año 2012, haciendo dejación absoluta de sus obligaciones como padre.

Como letrada no puedo estar más contenta, sin embargo, no puedo evitar sentir tristeza por esa pequeña a la que su padre ni siquiera ha querido ver desde hace 7 años.

19/06/2019

La falta de relación con el hijo -durante 8 años- y la falta de pago o pago incompleto de la pensión alimenticia a la que venía obligado son razones suficientes para la fijación de tan grave medida en interés del niño. Según el Supremo, la Audiencia motivó concienzuda y meticulosamente los ...

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