11/04/2019
SUICIDIO ASISTIDO Y JUZGADO DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Asistimos estos días al procesamiento de Ángel Hernández por lo que parece podría ser un suicidio asistido a su esposa María José Carrasco, enferma desde hace décadas de esclerosis múltiple. Ha levantado polvareda la decisión del juzgado de instrucción de inhibirse y trasladar el caso a un juzgado de violencia de género. Guste o no guste la decisión es lo que indica la normativa procesal.
Siendo pareja y él hombre y ella mujer en un caso como este se considera que debe llevarlo un juzgado de violencia de género. La razón jurídica de esto está en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Antes había una discusión sobre si siempre que se diese un caso de delito de un hombre hacia ua mujer dentro de la pareja era violencia de género o si sólo lo era cuando existía un componente machista. Desde posturas feministas se abogó porque fuese siempre ya que se entendía que cumpliéndose los requisitos de género y relación había violencia de género en cualquier caso y el Tribunal Supremo apoyó el argumento para reducir la libertad de interpretación de los jueces. Ahora el resultado es este, que los jueces no pueden decidir si existe o no componente machista y cumpliéndose los requisitos (hombre, mujer y relación de pareja) todo acaba en el juzgado de violencia de género.
No obstante que vaya al juzgado de violencia de género no significa nada. El asunto está en instrucción y todavía no ha finalizado ni ha habido calificación. Si se considera que no estamos ante un delito de violencia de género cuando se juzgue (que lo hará otro juzgado) pues no se aplicarán las previsiones de la ley de violencia de género y ya está. Mientras tanto lo que toca es esperar la instrucción y calificación del delito que se impute a Ángel Hernández.