25/06/2026
📜 ¿HERENCIA SIN TESTAMENTO? No significa que no haya solución.
Cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento, la ley establece un procedimiento para determinar quiénes son sus herederos.
El primer paso es solicitar el Certificado de Últimas Voluntades, que confirma si existe o no un testamento. Si no lo hay, será necesario tramitar el Acta de Declaración de Herederos, un documento esencial para identificar quiénes tienen derecho a heredar conforme a la ley.
En términos generales, el orden de llamamiento a la herencia es:
✔ Hijos y descendientes.
✔ Padres y ascendientes, si no existen descendientes.
✔ Cónyuge viudo, en los casos previstos legalmente.
✔ Hermanos, sobrinos y demás familiares, cuando corresponda.
Aunque pueda parecer un trámite sencillo, cada herencia tiene sus particularidades. Una correcta gestión evita retrasos, conflictos familiares y problemas legales o fiscales.
En LèGan Abogados somos especialistas en Derecho de Sucesiones y te acompañamos durante todo el proceso:
✅ Declaración de herederos.
✅ Aceptación y adjudicación de la herencia.
✅ Liquidación de impuestos.
✅ Inscripción de bienes en el Registro.
✅ Asesoramiento jurídico integral desde el primer día hasta la finalización de la herencia.
🤝 Nuestro objetivo es que tú te ocupes de tu familia, mientras nosotros nos ocupamos de todos los trámites legales.
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C/ Sant Roc, 6, 2.º, 11
46701 Gandia (Valencia)
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📩 Si necesitas asesoramiento o quieres resolver cualquier duda sobre una herencia, estaremos encantados de ayudarte.