26/05/2020
NOTA DE ACTUALIDAD JURÍDICA:
Hola amigos:
Os informo. Hace unos días el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia pionera que declara la nulidad de la CLÁUSULA SUELO firmada en un préstamo hipotecario por un cliente NO CONSUMIDOR y con finalidad empresarial, siendo el prestatario y cliente un empresario y profesional individual (Autónomo), y obliga a devolver al Banco todos los intereses cobrados indebidamente desde la firma del contrato por la incorrecta aplicación de la cláusula suelo. Y ello con el argumento jurídico de no superar dicha cláusula el control de incorporación al contrato y ser incorporado de forma incorrecta al contrato, ya que el cliente prestatario NO tuvo oportunidad real de conocer su inclusión de manera completa al tiempo de suscribir el contrato y, por tanto, de su mera existencia. Y dicha falta de posibilidad de conocimiento y del control de cognoscibilidad justifica declarar la nulidad de la cláusula suelo. Y a ello se debe añadir que existe un abuso dominante del Banco y una infracción de las reglas de la buena fe contractual al incumplirse el deber de información que le impone la normativa legal al Banco.
Si tienes cláusula suelo en tu escritura de préstamo hipotecario actuando como empresario autónomo, profesional liberal e individual, o como empresa PYME, puedo revisar tu caso de forma gratuita y estudiar tu escritura y la viabilidad de iniciar una reclamación frente a tu Banco. Para ello puedes contactar conmigo en mi correo electrónico [email protected]
Espero que os haya podido interesar esta información.
Un abrazo a todos.