18/09/2023
Iniciamos esta semana con buenas noticias para nuestros clientes.
Nos han notificado sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña, en la cual se declara la nulidad de la COMISIÓN DE APERTURA y del IRPH CONGELADO, condenando a la entidad bancaria a la devolución de las cantidad cobradas indebidamente por dichos conceptos, además de los intereses correspondientes.
Esta sentencia es relevante, porque es de la primeras, sino la primera, que tras el cambio de doctrina por parte del Tribunal Supremo como consecuencia de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, nuestra Audiencia Provincial de A Coruña, declara la nulidad de la COMISIÓN DE APERTURA, al entender que no es un elemento básico del contrato y que el juez nacional puede entrar a valorar su abusividad.
Con respecto al IRPH CONGELADO, lo cierto es que no existen muchas sentencias sobre el particular, pero supone, además de la vuelta la legalidad de una situación que estaba fuera, que el cliente pague menos intereses, así como la devolución de lo abonado indebidamente desde el año 2013.
En este procedimiento, además de esta cláusulas, también se declaró la nulidad de otras, como la de gastos, posiciones deudoras vencidas o vencimiento anticipado, por lo que también les serán devueltas a los clientes las cantidades que abonaron por dichos conceptos.
En definitiva, lo fundamental de esta sentencia es la declaración de nulidad de la COMISIÓN DE APERTURA, porque supone un cambio jurisprudencial en nuestra provincia, a favor de los consumidores.
Y, para mí, una victoria importante y novedosa, ya que hasta julio de 2023, las sentencias que se venían dictando no declaraban la nulidad de la COMISIÓN DE APERTURA de los préstamos hipotecarios.
Si es titular de un préstamo hipotecario, podemos revisar el contrato y comprobar si puede realizar la reclamación económica a su Banco, ya que lo más seguro es que pueda recuperar dinero que abonó indebidamente.