22/01/2024
Cuando decidimos poner fin a nuestra relación matrimonial, como hemos visto en las imágenes, podemos optar por un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo o mediante un proceso contencioso. Existen varias diferencias importantes entre ambos:
• Convenio regulador:
Este documento solo se presenta en el caso del mutuo acuerdo, ya que en el divorcio contencioso, no hay acuerdo entre los cónyuges sobre las medidas que regirán el divorcio, o al menos sobre parte de las mismas.
• Celebración de juicio:
Solo se produciría en un divorcio contencioso. Siendo de mutuo acuerdo, el Juez debería aprobar el convenio regulador presentado por los cónyuges.
• Abogado y Procurador:
Los cónyuges pueden ser asistidos y representados por un mismo abogado y procurador cuando presentan su divorcio de mutuo acuerdo.
Sin embargo, cada cónyuge deberá tener uno propio si el divorcio es contencioso.
• Plazos para el divorcio:
El divorcio de mutuo es más rápido, al solo necesitar que el Juez apruebe el convenio regulador.
Un divorcio contencioso es más largo porque hay que celebrar un juicio.
• Precio del procedimiento:
Normalmente, divorciarse de mutuo acuerdo es más económico que hacerlo de forma contenciosa, debido a que suele presentar mayor y especial complejidad este proceso.
En cualquier momento del procedimiento contencioso, los interesados pueden solicitar al juzgado que se transforme un procedimiento de mutuo acuerdo. Para ello ha de presentarse, obligatoriamente, un convenio regulador suscrito por ambas partes.