05/05/2020
AYUDA DIRECTA POR COVID PARA AUTÓNOMOS Y PYMES DEL AYUNTAMIENTO DE ELCHE
PLAZO: 5 días hábiles a contar desde las 9 horas de hoy 5 mayo de 2020.
BENEFICIARIOS: Autónomos y Empresas de menos de 5 trabajadores. Se incluyen a autonómos mutualistas no adscritos al RETA (abogados y procuradores)
CUANTÍA:
*750 € para autónomos que hayan disminuido su facturación un mínimo del 40% entre el 20 de marzo y 19 de abril (tomando como referencia el promedio ganado durante los 6 meses que van desde septiembre de 2019 a febrero de 2020) * 1.000 € para empresas de menos de 5 trabajadores que suspendieran su actividad con el cierre de la empresa.
REQUISITOS:
*Alta ininterrumpida (del 31/12/19 al 14/03/2020), sin trabajadores a su cargo o con trabajadores de hasta 5 personas a fecha de 1 de marzo de 2020.
* Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutua Profesional correspondiente así como en el Censo de Obligados Tributarios en el momento de presentar la solicitud, con la obligación de continuar hasta 6 meses después de la concesión de la ayuda. Y en caso de trabajadores a cargo, que mantengan el 50% de la plantilla declarada a fecha 1 de marzo.
*Domicilio fiscal, y en su caso, local de desarrollo de la actividad, radicado en Elche.
* Al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT), autonómica, con la Tesorería municipal y con la TGSS, tanto en el momento de presentación como de concesión de la ayuda.
* Justificación de cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Elche, siempre que haya terminado el correspondiente plazo de
justificación.
*Es compatible con otras subvenciones estatales o autonómicas recibidas por la crisis del covid 19, sin perjuicio de las incompatibilidades que en aquellas otras se pudieren haber fijado ( por ejemplo la ayuda de consellería es compatible con la estatal pero no con del Ayuntamiento).
*En ningún caso, el importe de la subvención unido al de otras posibles subvenciones/ingresos/recursos por el mismo motivo, procedentes de otra Admnistración estatal, autonómica, ente público o privado, podrá superar la merma de ingresos de la actividad.
*En caso de resultar beneficiaria de una subvención en la presente convocatoria y, con posterioridad, obtener otra incompatible con la misma, se podrá renunciar con reintegro del importe percibido más los intereses de demora generados.
FORMA DE PRESENTACIÓN:
FASE 1: Plazo desde las 9 h de hoy 5 mayo 2020 hasta las 9 horas del sexto día desde la publicación en el BOP.
PROGRAMA 1 (deberán rellenar impreso que aparece bajo el nombre de programa 1 los afectados que hayan suspendido y cerrado su actividad por el covid 19).
PROGRAMA 2 (resto de empresas de menos de 5 trabajadores o autónomos/mutualistas que hayan bajado al menos un 40% su facturación).
Lugar de presentación y acceso telemático a través de:
https://ayudaempresas.elche.es/
En esta primera fase tan sólo tendrán que rellenar sus datos personales (nombre, DNI/CIF, email, tfno) y no se necesitará firma electrónica.
FASE 2:
*en un plazo de 2 días hábiles (descontando festivos y fines de semana) a contar desde que termine el plazo de la fase 1, se publicará en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Elche, el listado de los admitidos que serán los 2000 primeros preinscritos en el programa 1 y los 1.867 precinscritos en el programa 2.
*La admisión será por orden de entrada hasta agotarse el crédito con dicho listado. No podrá presentarse por una misma empresa los 2 impresos a la vez del programa 1 y programa 2, ya que será causa de inadmisión.
*Las solicitudes, se presentarán únicamente por vía telemática a través del siguiente enlace:
sede.elche.es, pinchando en apartado “TRÁMITES
DESTACADOS”, seleccionando "AYUDAS REACTIVA’T ELX, COVID-19"., eligiendo entre uno de
los dos programas para el que haya sido invitado (programa 1 o programa 2, según el caso).
* En este trámite precisará rellenar impresos normalizados y deberá acreditar su identidad a través de firma electrónica.
En caso de no tener, podrá presentarla a través de persona autorizada que tenga y acredite su representación.
* desde la publicación de la admisión de su ayuda, usted deberá presentar en el plazo de 5 días hábiles (descontando festivos y fines de semana) la documentación requerida:
1.- IMPRESO NORMALIZADO.
A).- Personas Físicas:
• Si no dispone de firma electrónica , deberá aportar formulario de representación, DNI por ambas caras/NIE, (y si lo indica de pasaporte) del ineresado.
• Certificado actualizado de Situación Censal que indique la fecha del alta de la actividad, domicilio fiscal, domicilio del local de desarrollo de la actividad, o en su defecto, declaración de los epígrafes de IAE con expresión del código y de la fecha del alta
• Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos/Mutua Profesional.
• En caso de tener trabajadores a su cargo deberá presentar Vida Laboral de la Empresa de la TGSS que indique el número de trabajadores en plantilla a fecha 01/03/2020.
• Registro de proveedores. Designación de cuenta bancaria, según el modelo normalizado por la Tesorería Muncipipal.
B).- Personas jurídicas, sociedad civil, comunidad de bienes, etc:
• NIF de la persona jurídica, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades
económicas sin personalidad jurídica.
• Acreditación de los poderes de la persona administradora y de la que presenta la solicitud. En caso de no ser la misma persona, deberá aportar formulario de la representación con DNI por las dos caras o NIE acompañado por el
pasaporte, si lo indica, de la persona administradora.
• Certificado actualizado de Situación Censal de la persona jurídica, que indique la fecha del alta de la actividad , local del negocio, o en su defecto, indique la fecha de alta de su actividad con epígrafe del IAE en el que figure de alta con la fecha de la misma.
• Alta en el régimen de la Seguridad social correspondiente de la persona administradora, de la empresa y en su caso de los trabajadores a fecha de 01/03/2020 (apportar vida labora de la empresa con relación de los trabbajadores dados de alta hasta la fecha).
• Registro de proveedores. Designación de cuenta bancaria, según el modelo normalizado por la Tesorería muncipal.
2.- Declaración responsable según impreso normalizado firmado electrónicamente o por persona autorizada.
3.- Autorización expresa incluida en impresopara la consulta de datos fiscales.
4.- Autorización expresa, incluida en la solicitud normalizada, del tratamiento de los datos personales.
Web Covid Elx