07/03/2016
NOVEDAD !!! El TS considera la paraplejia gran invalidez aunque el accidentado llegue a obtener cierta autonomía personal.
Además, precisa que el hecho de que la persona afectada haya obtenido permiso de conducir vehículos adaptados, no significa que no necesite ayuda de tercera persona, ya que no se puede penalizar a quien con su sacrificio personal y capacidad de auto superación consigue avanzar (limitadamente) para mitigar su déficit de movilidad. Mantener lo contrario sería desincentivar la reinserción de los parapléjicos.