12/05/2017
Aquí van unos consejos rápidos para que no os engañen en el contrato de alquiler. Para cualquier duda pregúntanos!!
A. DURACIÓN DEL CONTRATO: Los arts. 9 y 10 de la LAU, establecen un plazo mínimo para el arrendatario de TRES AÑOS, y uno de prórroga. Ahora bien si se realiza por tiempo inferior es válido y se prorrogará por anualidades hasta los 3 años obligatorios, salvo que el arrendatario decida desistir con 30 días de antelación.
B. NECESIDAD DEL ARRENDADOR PARA RECUPERAR SU VIVIENDA: existe esta posibilidad cuando exista necesidad para destinarla a su vivienda habitual, aunque no se hubiese previsto expresamente así en el contrato, si bien se requiere que hubiera TRANSCURRIDO AL MENOS EL PRIMER AÑO de duración del contrato.
C. DESISTIMIENTO POR EL ARRENDATARIO en cualquier momento, una vez que hayan transcurrido al menos 6 meses y lo comunique al arrendador con una antelación mínima de 30 días. Se reconoce la posibilidad de que las partes puedan pactar una indemnización para el caso de desistimiento, nunca superior a una mensualidad por cada año que falte por cumplir.
D. ACTUALIZACIÓN DE LA RENTA: para los arrendamientos anteriores a la Ley 4/2013, según el IPC, y para los posteriores, conforme a lo pactado y si este no existiera se aplicaría el IPC. Por último, en los posteriores al 1 de abril de 2015, solo hay revisión de renta si existe pacto expreso, y si no se hubiese fijado que índice tomar se aplicaría el Índice de Garantía de la Competitividad.
E. GASTOS DE COMUNIDAD: el pacto, que es necesario, solo puede CONTEMPLAR LOS SERVICIOS QUE REALMENTE RECIBE el arrendatario, y lo máximo que se puede aumentar cada año es el doble del índice pactado para la renta.
F. LAS OBRAS DE CONSERVACIÓN para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido serán OBLIGACIÓN DEL ARRENDADOR y no tendrá validez una cláusula que diga que el arrendatario será el responsable de estas obras, o bien renuncia a este derecho.
Begoña Costas de Vicente Directora Sepín Arrendamientos Urbanos. Abogada Analizamos algunas de las cláusulas más habituales que no podrían incluirse en la actualidad en un contrato de arrendamient…