16/03/2020
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, permitirá desde su entrada en vigor y el 30 de mayo, solicitar a Hacienda el aplazamiento de hasta 30.000 euros durante 6 meses.
La norma dispone que: “se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley y hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive”.
Por lo tanto, ante esta situación se permitirá postergar pagos en conceptos que hasta ahora se consideraban inaplazables, como retenciones del IRPF, cuotas repercutidas del IVA y el pago fraccionado del impuesto de sociedades.
Tendrán la opción de retrasar durante seis meses el abono de tributos como el IRPF, el IVA o Sociedades.