30/01/2025
🔺 Las prácticas usureras de las entidades crediticias y financieras no se limitan únicamente a la aplicación de usura y clausulas abusivas en la concesión de créditos, microcréditos y tarjetas sino que también utilizan contratos viciados a la hora de ofrecer financiaciones de vehículos y otros productos y servicios.
Las entidades de crédito al momento de la contratación siempre ofrecen al cliente la financiación del coche como la opción más ventajosa pero la realidad en la mayoría de los casos es otra.
Subscribir una financiación para tu coche conlleva el pago, aparte de intereses remuneratorios muy por encima del interés aplicable, una serie de comisiones y seguros que aumentan sensiblemente el coste del coche.
🔺¿Qué debemos hacer si hemos financiado un vehículo?
Si el crédito es usurario, debemos pedir su nulidad.
De esta forma, la financiera tendrá que devolver al cliente todas las cantidades que excedan al principal prestado, a parte de los intereses también cuotas del seguro y todo tipo de comisiones.
🔺¿Puedo reclamar la devolución si el contrato está ya cancelado?
Sí, la reclamación es viable aunque el contrato ya se encuentre cancelado, puesto que estamos ante supuestos de nulidad radical.
🔺¿Qué documentación necesito?
Toda la documentación relativa al contrato de financiación del coche. Si no la tienes, desde RG ABOGADOS nos encargamos de esa gestión.
🔺¿Qué más puedo reclamar?
Primero los intereses remuneratorios pagados y además cualquier comisión que se nos haya impuesto, y que no responda a ningún servicio efectivamente prestado. Destacan en este sentido las comisiones de apertura.