Bufete Sanahuja Cambra

Llamar Cómo llegar Página web Contactar con la empresa

Bufete Sanahuja Cambra Bufete Sanahuja Cambra asesora a empresas, altos directivos y autónomos con trabajadores en todos l

El despacho profesional de Dolores Sanahuja está especializado en Derecho laboral, especialmente, en el asesoramiento de empresas, altos directivos y profesionales autónomos, así como en la asistencia letrada ante los Tribunales de Justicia y procedimientos administrativos laborales.

"El Tribunal Supremo ha cerrado la puerta a dos de las restricciones que más conflictos estaban generando en las empresa...
21/10/2026

"El Tribunal Supremo ha cerrado la puerta a dos de las restricciones que más conflictos estaban generando en las empresas desde la reforma de 2023.

En una reciente sentencia, la Sala Cuarta del Alto Tribunal establece que el permiso de cinco días por accidente, enfermedad grave u hospitalización de un familiar no está sujeto a un máximo anual, y que tampoco se agota en el momento en que el paciente abandona el hospital.

(…)

Con esta resolución, el Supremo consolida un criterio finalista: el permiso se mide por la necesidad efectiva de cuidados del familiar, no por un calendario anual ni por la fecha en que el paciente abandona el centro sanitario."

https://www.abogados-laboralistas-empresas.com/page-supremo-blinda-permiso-cinco-dias-enfermedad-familiar-sin-tope-anual-mas-alla-alta-hospitalaria.aspx

https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/el-supremo-blinda-el-permiso-de-cinco-dias-por-enfermedad-de-familiar-sin-tope-anual-y-mas-alla-del-alta-hospitalaria/

El Tribunal Supremo ha cerrado la puerta a dos de las restricciones que más conflictos estaban generando en las empresas desde la reforma de 2023. G Agrega como fuente preferida en Google En una reciente sentencia (disponible en el apartado ‘descargar resolución’ ), la Sala Cuarta del Alto Tri...

"El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (…) declara que los derechos económicos de quien acumula contratos con un m...
20/10/2026

"El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (…) declara que los derechos económicos de quien acumula contratos con un mismo empleador deben calcularse atendiendo al trabajo realizado y a los ingresos percibidos en el marco de ambos contratos.

Relevancia del criterio. La resolución impide que la remuneración de las vacaciones y las dietas de manutención se calculen únicamente conforme al contrato indefinido y a tiempo completo cuando el trabajador desarrolla simultáneamente otra actividad temporal, a tiempo parcial y remunerada por horas para el mismo empleador."

https://www.abogados-laboralistas-empresas.com/page-el-tjue-incluye-los-contratos-secundarios-en-vacaciones-y-dietas.aspx

https://www.iberley.es/noticias/el-tjue-obliga-computar-los-contratos-secundarios-37096

El TJUE exige computar los contratos secundarios con el mismo empleador para calcular la remuneración de vacaciones y las dietas de manutención.

19/10/2026

"El Tribunal Supremo, en su sentencia de 15 de septiembre del 2026, confirma la naturaleza laboral de la relación entre una empresa y un conductor que utilizaba su propia furgoneta para transportar materiales dentro de las instalaciones de aquella. La Sala considera que la aportación de un vehículo propio no es suficiente para excluir la existencia de una relación laboral cuando concurren las notas de dependencia y ajenidad características del contrato de trabajo."

https://www.abogados-laboralistas-empresas.com/page-supremo-declara-laboral-relacion-conductor-con-propia-furgoneta-para-transportar-materiales-empresa.aspx

https://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/21303-el-ts-declara-laboral-la-relacion-de-un-conductor-que-utilizaba-su-propia-furgoneta-para-transportar-materiales-de-una-empresa/

"La resolución aclara que la ultraactividad del convenio anterior no mantiene un deber de paz que impida convocar una hu...
16/10/2026

"La resolución aclara que la ultraactividad del convenio anterior no mantiene un deber de paz que impida convocar una huelga para influir en la negociación colectiva. La ilegalidad prevista para las huelgas novatorias exige que la medida pretenda alterar lo pactado en un convenio colectivo durante su vigencia.

(…)

Como criterio práctico, la denuncia del convenio y la apertura de la negociación del siguiente permiten utilizar la huelga como instrumento de presión negociadora. La mera ultraactividad del texto anterior o la existencia de un preacuerdo que no cierre la negociación no bastan para calificarla como novatoria."

https://www.abogados-laboralistas-empresas.com/page-la-an-descarta-que-la-ultraactividad-impida-una-huelga-negociadora.aspx

https://www.iberley.es/noticias/la-ultraactividad-no-impide-una-huelga-negociadora-37019

La Audiencia Nacional declara que la ultraactividad del convenio no mantiene el deber de paz ni impide una huelga para influir en su negociación.

"La relevancia de la resolución reside en la valoración conjunta de dos circunstancias: la falta de prueba de una conduc...
14/10/2026

"La relevancia de la resolución reside en la valoración conjunta de dos circunstancias: la falta de prueba de una conducta sistemática, reiterada y objetivamente vejatoria y la respuesta preventiva de la empresa, que activó su protocolo antiacoso e investigó los hechos denunciados.

El trabajador comunicó por escrito que sufría una conducta de acoso por parte de un superior y vinculó esta situación con el deterioro de su salud. La empresa, que disponía de un protocolo frente al acoso, constituyó una comisión de investigación.

La comisión analizó las alegaciones, escuchó a la persona denunciada y recabó el testimonio de varios trabajadores de la sección. El informe final concluyó que no se había acreditado una conducta indebida constitutiva de acoso.

Para la Sala, esta actuación muestra que la empresa no permaneció pasiva ante la denuncia: utilizó el procedimiento interno disponible para comprobar los hechos y dar una respuesta preventiva. La existencia y aplicación efectiva del protocolo constituye así un elemento relevante para descartar que la empresa incumpliera sus obligaciones ordinarias de prevención."

https://www.abogados-laboralistas-empresas.com/page-tsj-cataluna-avala-respuesta-empresarial-activando-protocolo-correspondiente-ante-denuncia-de-acoso.aspx

https://www.iberley.es/noticias/activar-protocolo-antiacoso-acredita-diligencia-empresarial-caso-denuncia-37068

El TSJ de Cataluña descarta el acoso al no probarse una conducta sistemática y valorar que la empresa activó e investigó mediante su protocolo interno.

"El ejercicio de las facultades organizativas ordinarias conferidas por el ordenamiento laboral permite a los empleadore...
13/10/2026

"El ejercicio de las facultades organizativas ordinarias conferidas por el ordenamiento laboral permite a los empleadores establecer herramientas de retroalimentación profesional para colectivos específicos sin necesidad de codiseño o negociación previa.

La Sala subraya que el procedimiento de tutela de derechos fundamentales se limita a reparar daños directos e inmediatos. Por ello, dado que los empleados se someten a la evaluación de forma estrictamente voluntaria, no existe vulneración de los derechos sindicales ni de la negociación colectiva."

https://www.abogados-laboralistas-empresas.com/page-aval-supremo-empresas-evaluen-a-sus-plantillas-sin-negociar-con-los-sindicatos.aspx

https://www.eleconomista.es/legal/noticias/14018485/10/26/aval-del-supremo-a-que-las-empresas-evaluen-a-sus-plantillas-sin-negociar-con-los-sindicatos.html

Las empresas pueden aplicar sistemas complementarios y voluntarios para evaluar a sus plantillas sin vulnerar la libertad sindical, según establece el Tribunal Supremo, en una sentencia del 9 de septiembre.

"Relevante sentencia en materia de conciliación laboral. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha reconocido a...
07/10/2026

"Relevante sentencia en materia de conciliación laboral. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha reconocido a una oficinista de Prosegur su derecho a trabajar en turno de mañana, exclusivamente, para poder atender las necesidades de su hijo menor, tal como había solicitado a la empresa en diversas ocasiones. La compañía ignoró varias peticiones de la empleada para conseguir trabajar solo por las mañanas. Para más inri, contrató a un externo para realizar las mismas funciones, justo en el turno que la oficinista reclamaba. La empresa, además de adaptar el horario, tendrá que abonar a la trabajadora 7.500 euros por daño moral.

(…)

Por lo demás, concluye la sentencia, se produjo una contratación externa “para un turno que, concretamente, tiene mayor interés para la actora que el que viene realizando”. Al omitir cualquier pronunciamiento, Prosegur “está vulnerando un derecho fundamental”, dado que la falta de razonamiento de la denegación supone “una apariencia de posicionamiento neutro que encubre una práctica de discriminación indirecta”."

https://www.abogados-laboralistas-empresas.com/page-empleada-prosegur-gana-batalla-judicial-para-cuidar-de-su-hijo-las-tardes.aspx

https://cincodias.elpais.com/legal/2026-09-08/una-empleada-de-prosegur-gana-la-batalla-judicial-para-cuidar-de-su-hijo-por-las-tardes.html

La empresa ignoró a la trabajadora y contrató a un trabajador externo para cubrir el puesto que turno que ella; recibirá 7.500 por daño moral

"La Sala de lo Social fundamenta su fallo en el artículo 14 de la Constitución, en el artículo 15.6 del Estatuto de los ...
06/10/2026

"La Sala de lo Social fundamenta su fallo en el artículo 14 de la Constitución, en el artículo 15.6 del Estatuto de los Trabajadores —que reconoce la igualdad de derechos entre personal temporal e indefinido—, en el artículo 11 de la Ley de Empresas de Trabajo Temporal y en la Directiva europea 2008/104/CE sobre igualdad de condiciones esenciales de trabajo.

Recuerda además que la existencia de una cláusula discriminatoria en un convenio colectivo no impide que un trabajador pida individualmente su inaplicación, aunque carezca de legitimación para impugnar el convenio en su conjunto."

https://www.abogados-laboralistas-empresas.com/page-excluir-antiguedad-periodo-trabajado-en-ett-antes-contratacion-fija-es-discriminatorio-supremo.aspx

https://confilegal.com/20260922-tsj-castilla-leon-condena-vertice-galletas-gullon-antiguedad-trabajador-ett/

El TSJ de Castilla y León condena a Vértice, del grupo Galletas Gullón, por no reconocer la antigüedad de un trabajador contratado mediante una ETT.

"El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha declarado la existencia de un despido táctico, y por ende imp...
05/10/2026

"El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha declarado la existencia de un despido táctico, y por ende improcedente, de un trabajador que tras finalizar su permiso de paternidad y personarse en el centro de trabajo se encontró con que la empresa había cerrado pero él continuaba dado de alta en la Seguridad Social.

La Sala de lo Social considera que el empleado se encontraba en una relación laboral ficticia, ya que no podía asistir a su puesto de trabajo al no existir ya, no podía percibir ni reclamar el salario porque no estaba trabajando, ni podía optar ni siquiera al subsidio de desempleo al continuar dado de alta en el centro de trabajo cerrado."

https://www.abogados-laboralistas-empresas.com/page-improcedente-despido-tactico-incorporarse-tras-paternidad-encontro-centro-cerrado-y-de-alta.aspx

https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/improcedente-el-despido-tactico-de-un-trabajador-que-tras-incorporarse-de-la-paternidad-se-encontro-el-centro-de-trabajo-cerrado-aunque-el-continuaba-dado-de-alta/

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha declarado la existencia de un despido táctico, y por ende improcedente, de un trabajador que tras finalizar su permiso de paternidad y personarse en el centro de trabajo se encontró con que la empresa había cerrado pero él continuaba dado...

"El Tribunal Supremo recuerda que la negociación exigida por el artículo 34.8 del ET implica que la empresa abra verdade...
02/10/2026

"El Tribunal Supremo recuerda que la negociación exigida por el artículo 34.8 del ET implica que la empresa abra verdaderamente un debate con la persona trabajadora para intentar alcanzar un acuerdo. No se trata de un trámite formal, sino de un proceso de buena fe en el que deben ponderarse propuestas, alternativas y las necesidades de ambas partes.

La empresa puede aceptar inmediatamente la solicitud, en cuyo caso la negociación queda agotada con esa aceptación. Fuera de ese supuesto, debe desarrollar el procedimiento con la máxima celeridad y dentro del plazo legal, antes de comunicar por escrito la aceptación, una propuesta alternativa o una negativa basada en razones objetivas.

(…)

En el supuesto analizado existía una base fáctica suficiente para apreciar la necesidad de conciliación y la solicitud no era manifiestamente irrazonable o desproporcionada. El Supremo confirma así la sentencia recurrida, incluida la indemnización de 7.501 euros, y declara su firmeza."

https://www.abogados-laboralistas-empresas.com/page-el-supremo-exige-negociar-antes-de-denegar-la-adaptacion-de-jornada.aspx

https://www.iberley.es/noticias/el-supremo-exige-negociar-antes-denegar-adaptacion-jornada-37026

El Supremo reitera que la empresa debe negociar antes de denegar una adaptación de jornada y confirma una indemnización de 7.501 euros.

Dirección

Josep Tarradellas 38
Barcelona
08029

Notificaciones

Sea el primero en enterarse: le enviaremos un correo electrónico cuando Bufete Sanahuja Cambra publique novedades y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin y puede darse de baja en cualquier momento.

Contactar Con La Empresa

Enviar un mensaje a Bufete Sanahuja Cambra:

Atajos

Compartir