Antonio Segura Abogados & Gestores

Antonio Segura Abogados & Gestores ANTONIO SEGURA ABOGADOS & GESTORES Distintas circunstancias hacen de ANTONIO SEGURA ABOGADOS & GESTORES un despacho con un carácter específico.

ANTONIO SEGURA ABOGADOS & GESTORES es un importante despacho integrado por un amplio equipo de profesionales con el objetivo de prestar un servicio integral al cliente en las principales áreas del derecho. En primer lugar, el ser un despacho especializado en derecho de extranjería. Este hecho le imprime un carácter particular, dado que frecuentemente los problemas -o el enfoque de los mismos- no s

on iguales para un ciudadano extranjero que para un nacional. De otro lado, no olvidamos que a esa persona le pueden surgir necesidades legales en su país de origen que igualmente tratamos de resolver. En segundo lugar, el haber unido en un solo despacho a profesionales, abogados y gestores, que habitualmente realizan su actividad por separado pese a estar íntimamente relacionadas sus áreas de trabajo: la jurídica y la de empresa. Queremos que la persona que necesite asistencia legal, ya sea en el ámbito de la extranjería, del derecho civil, penal y laboral, la encuentre en los abogados del despacho. Pero también que el empresario tenga en nosotros la solución a los problemas cotidianos que implica su actividad. El titular del despacho, D. Antonio Segura García-Consuegra, inició su actividad profesional en el ámbito de la extranjería en el año 1991. La excelente relación con los primeros clientes extranjeros, unida a la honradez y el esfuerzo profesional, hace que el número de los mismos aumente de modo importante, lo que lleva a la incorporación al despacho de nuevos profesionales. Es de justicia hacer mención al esfuerzo, honestidad y humanidad de los abogados que van formando el equipo de colaboradores, pues sin esas características no hubiese sido posible el crecimiento del despacho. Esas cualidades, unidas al aumento de la población extranjera y a su paulatina integración en la sociedad española, conllevan al gran desarrollo del despacho y a la necesidad de incorporar abogados especializados, no sólo en el campo de la extranjería, sino también en las restantes ramas del derecho. Fruto de esa expansión, ANTONIO SEGURA ABOGADOS & GESTORES traslada sus oficinas a su actual ubicación, fusionándose en ellas el equipo de contables, economistas y fiscalistas que componen la gestoría dirigida por el también letrado del despacho, Don Javier Brustenga Martínez. Pero la característica de la que nos sentimos más orgullosos es la de anteponer el factor humano a cualquier otro, dando la mayor importancia al aspecto humano de la relación abogado-cliente. El crecimiento del despacho se lo debemos a nuestros clientes. Ellos han sido y son nuestros mejores representantes. Y ellos son también una de nuestras principales fuentes de conocimiento. Por ello nuestro principal aval son las miles de personas que han confiado en nosotros. Ellos y la experiencia de muchos años de trabajo son nuestra garantía fundamental.

Si tienes una autorización de residencia con una autorización para trabajar por cuenta ajena y has de renovarla, ten en ...
03/09/2026

Si tienes una autorización de residencia con una autorización para trabajar por cuenta ajena y has de renovarla, ten en cuenta que deberás acreditar uno de los siguientes supuestos:
• Continuar con la relación laboral que dio origen a la concesión de la autorización cuya renovación se pretende.
• Haber realizado actividad laboral durante un mínimo de tres meses por año y se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:
• Haber suscrito un contrato de trabajo con un nuevo empleador acorde con las características de su autorización para trabajar y figurar en situación de alta o asimilada en el momento de la solicitud.
• Disponer de un nuevo contrato y con inicio de vigencia condicionado a la concesión de la renovación.
• Que la relación laboral que dio lugar a la autorización cuya renovación se pretende, se haya extinguido por causas ajenas a su voluntad, y que ha buscado activamente empleo, mediante su inscripción en el Servicio Público de Empleo competente como demandante de empleo.
• Tener otorgada una prestación contributiva de desempleo.
• Ser beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.
• Haber estado trabajando y en alta en la Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un periodo de doce.
• Que un familiar, definido en los términos del artículo 66 del Reglamento, cumpliera con los requisitos económicos para reagrupar a la persona trabajadora.
• Haberse extinguido o suspendido la relación laboral como consecuencia de que la trabajadora sea víctima de violencia de género o violencia sexual.

Infórmate de todos los requisitos con uno de nuestros abogados.

✈️🇪🇸 ¿TIENES RESIDENCIA EN ESPAÑA Y QUIERES VIAJAR AL EXTRANJERO?Antes de hacer las maletas, hay algo importante que deb...
03/09/2026

✈️🇪🇸 ¿TIENES RESIDENCIA EN ESPAÑA Y QUIERES VIAJAR AL EXTRANJERO?
Antes de hacer las maletas, hay algo importante que deberías saber:
👉 No todas las autorizaciones de residencia tienen las mismas condiciones respecto a las ausencias de España.
Si tienes pensado pasar una temporada fuera, viajar frecuentemente o volver a tu país durante varios meses, es importante revisar tu situación para saber cómo puede afectar a tu residencia o a una futura solicitud de nacionalidad española.
⚠️ No esperes a tener un problema para informarte.
En Antonio Segura Abogados & Gestores estudiamos tu caso y te orientamos sobre las consecuencias que pueden tener tus viajes y ausencias.
📩 ¿Tienes previsto estar fuera de España durante un tiempo? Consúltanos antes de viajar.
🇪🇸 Tu residencia es importante. Protégela.

RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN: ACREDITACIÓN DE LA PERMANENCIA EN ESPAÑALos solicitantes de una autorización de residencia...
02/09/2026

RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN: ACREDITACIÓN DE LA PERMANENCIA EN ESPAÑA

Los solicitantes de una autorización de residencia de larga duración deberán acreditar su permanencia en el España durante los cinco años de residencia anteriores a la fecha de la solicitud.

1. PASAPORTE QUE CUBRA EN SU VIGENCIA EL PERIODO INDICADO

Deberá aportarse el pasaporte o pasaportes de los que el solicitante haya sido titular que cubran la totalidad de los cinco años exigidos. En el supuesto de que el

pasaporte vigente no contemple la totalidad de dicho periodo, deberá aportarse copia completa de los pasaportes anteriores de los que se haya sido titular que cubran ese periodo, de modo que permitan comprobar las entradas y salidas del territorio español,

2. EMPADRONAMIENTO HISTÓRICO

Deberá aportarse un volante de empadronamiento histórico de los últimos cinco años del municipio o municipios en los que la persona haya estado empadronada.

3. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE ACTOS PERSONALES

En defecto de lo anterior, y con carácter excepcional, la Oficina de Extranjería podrá valorar la acreditación de la permanencia mediante documentación que acredite actos personales realizados en España: visitas médicas, certificados de escolarización, cotizaciones a la Seguridad Social, cursos presenciales en centros oficiales o denuncias en Policía, entre otros.

4. LA CONTINUIDAD DE LA PERMANENCIA NO SE VERÁ AFECTADA POR:

Las ausencias del territorio español de hasta seis meses continuados, siempre que la suma de estas no supere los diez meses dentro de los cinco años no afectarán a la residencia legal del solicitante. Cuando obedezcan a motivos laborales, no podrán superar los dieciocho meses en total dentro de los cinco años requeridos.

La vinculación, mediante relación laboral, del titular de la autorización a organizaciones no gubernamentales, fundaciones o asociaciones inscritas en el registro general correspondiente y reconocidas oficialmente de utilidad pública como cooperantes, que realicen para aquéllas proyectos de investigación, cooperación al desarrollo o acción humanitaria llevados a cabo en el extranjero.

La preparación anticipada y completa de la prueba de la permanencia evita requerimientos y dilaciones en la tramitación del expediente.

Antonio Segura Abogados & Gestores — Expertos en extranjería desde 1991

Calle Trafalgar, 6, bajos · 08010 Barcelona

93 215 80 77 · segura-abogados.com

Bufete de Abogados Antonio Segura en Barcelona Expertos en Extranjería. Servicio Integral en las Principales Áreas del Derecho ¡Contacte con nosotros!

💼🇪🇸 ¿HAS CAMBIADO DE TRABAJO? PERO… ¿HAS COMPROBADO SI TU AUTORIZACIÓN TE LO PERMITE?Cambiar de empresa, de puesto o inc...
02/09/2026

💼🇪🇸 ¿HAS CAMBIADO DE TRABAJO? PERO… ¿HAS COMPROBADO SI TU AUTORIZACIÓN TE LO PERMITE?
Cambiar de empresa, de puesto o incluso de sector puede parecer sencillo, pero no todas las autorizaciones de residencia y trabajo tienen las mismas condiciones.
🔎 Dependiendo de tu autorización y de tu situación, puede ser necesario cumplir determinados requisitos o realizar algún trámite.
Por eso, antes de cambiar de trabajo, revisa tu situación administrativa y asegúrate de que el cambio no afecta a tu residencia.
⚠️ Un cambio laboral puede tener consecuencias en tu situación de extranjería.
En Antonio Segura Abogados & Gestores estudiamos tu caso y te explicamos qué opciones tienes.
🤝 Porque cambiar de trabajo no debería poner en riesgo tu proyecto de vida en España.
📩 ¿Estás pensando en cambiar de empleo? Consúltanos antes de dar el paso.

☕🍰 ¡Lo mejor de volver al trabajo!Si hay algo que nos encanta de la vuelta de nuestras compañeras después de las vacacio...
02/09/2026

☕🍰 ¡Lo mejor de volver al trabajo!
Si hay algo que nos encanta de la vuelta de nuestras compañeras después de las vacaciones… ¡es que siempre consiguen endulzarnos la mañana! 😍❤️
Un poquito de dulce, muchas ganas de reencontrarnos y, sobre todo, la ilusión de volver a tener al equipo casi al completo. 💪✨
¡Bienvenidas de nuevo, Betssy! 🥰
Que tengáis una feliz vuelta al trabajo… ¡y que sigan esas mañanas tan dulces! 🍩☕️

Existe un tipo de residencia temporal de menor extranjero acompañado nacido en España para aquellas personas extranjeras...
01/09/2026

Existe un tipo de residencia temporal de menor extranjero acompañado nacido en España para aquellas personas extranjeras menores de edad nacidas en España que sean hijos de progenitores extranjeros y que dichos padres sean residentes. El plazo para poder solicitarla es dentro de los 6 meses siguientes al nacimiento del menor o bien dentro de los 6 meses siguientes desde que alguno de sus padres obtenga su correspondiente autorización de residencia.

Si te surgen dudas sobre su tramitación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

01/09/2026
📢 ¡VOLVEMOS A NUESTROS DIRECTOS! 🎥Después del parón del mes de agosto, volvemos a encontrarnos en directo para poneros a...
01/09/2026

📢 ¡VOLVEMOS A NUESTROS DIRECTOS! 🎥
Después del parón del mes de agosto, volvemos a encontrarnos en directo para poneros al día de todas las novedades que afectan a Extranjería y Nacionalidad.
⚖️ Hablaremos de cambios, novedades, cuestiones de actualidad y resolveremos vuestras dudas en directo.
📅 Martes 1 de septiembre
⏰ 19:00 horas
📍 En nuestro Facebook
Y, por supuesto, volveremos a contar con nuestra abogada Sonia Ruiz.
💙 ¡Os hemos echado de menos! Volvemos con más información para ayudaros a estar al día.
👉 Conéctate, participa y déjanos tus preguntas. ¡Te esperamos!

🪪🇪🇸 ¿TU AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA ESTÁ A PUNTO DE CADUCAR?⏰ Si tu TIE caduca pronto, no esperes a que llegue el último ...
01/09/2026

🪪🇪🇸 ¿TU AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA ESTÁ A PUNTO DE CADUCAR?
⏰ Si tu TIE caduca pronto, no esperes a que llegue el último día.
La renovación de tu autorización de residencia puede requerir cumplir determinados requisitos y presentar la documentación dentro de los plazos correspondientes.
📌 Antes de que caduque tu tarjeta, revisa:
✔️ Qué tipo de autorización tienes.
✔️ Cuándo puedes iniciar la renovación.
✔️ Qué documentación necesitas.
✔️ Si cumples los requisitos exigidos.
⚠️ Dejarlo para el último momento puede complicar las cosas.
En Antonio Segura Abogados & Gestores revisamos tu situación y te orientamos sobre los pasos necesarios para renovar tu residencia.
🤝 Tus papeles son importantes. Anticípate y evita problemas.
📩 ¿Tu TIE caduca próximamente? Consúltanos y valoramos tu caso.

👶🇪🇸 TU HIJO HA NACIDO EN ESPAÑA. ¿SABES QUÉ TRÁMITES PUEDES REALIZAR?La llegada de un hijo siempre es motivo de alegría ...
31/08/2026

👶🇪🇸 TU HIJO HA NACIDO EN ESPAÑA. ¿SABES QUÉ TRÁMITES PUEDES REALIZAR?
La llegada de un hijo siempre es motivo de alegría ❤️. Y si ha nacido en España siendo sus padres extranjeros, es importante conocer qué opciones y trámites pueden corresponderle.
📌 Inscripción de nacimiento en el Registro Civil.
📌 Documentación y residencia del menor.
📌 Posibles opciones de nacionalidad, dependiendo de la nacionalidad de los padres y de las circunstancias del caso.
📌 Trámites relacionados con su situación administrativa en España.
⚠️ Cada familia es diferente y no todos los menores nacidos en España tienen automáticamente la nacionalidad española.
En Antonio Segura Abogados & Gestores estudiamos tu situación familiar y te orientamos sobre los trámites y opciones que pueden corresponder a tu hijo.
👨‍👩‍👧‍👦 Tu hijo ha nacido aquí. Ahora, asegúrate de conocer todos sus derechos y posibilidades.
📩 ¿Ha nacido tu hijo en España? Consúltanos y valoramos tu caso.

Dirección

Calle Trafalgar, 6, Bajos
Barcelona
08010

Horario de Apertura

Lunes 09:30 - 19:00
Martes 09:30 - 19:00
Miércoles 09:30 - 19:00
Jueves 09:30 - 19:00
Viernes 09:30 - 19:00

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