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Ema assessors Despacho de abogados especializado en separaciones matrimoniales, divorcios, nulidades eclesiásticas

28/04/2020

PROCEDIMIENTO EXPRÉS: REVISIÓN PAGO PENSIONES Y RESTABLECIMIENTO RÉGIMEN DE VISITAS ANTE COVID-19

Ante la situación de estado de alarma que estamos atravesando, nos encontramos ante situaciones realmente problemáticas en el DERECHO DE FAMILIA.

Ante esta situación y, por el estado de confinamiento nos encontramos en que los padres no custodios NO PUEDEN VER A SUS HIJOS, según los pactos previstos en la Sentencia ya sea de separación / divorcio, creando un grave problema y una desvinculación del padre/madre con sus hijos y viceversa.

Asimismo muchos de los progenitores se han visto afectados por un ERTE e incluso han perdido su puesto de trabajo lo cuál supone una modificación sustancial de sus circunstancias económicas.

Dada la situación y pensando en el interés superior de los menores (principio fundamental del derecho de familia) se ha previsto un PROCEDIMIENTO EXPRÉS sobre cuestiones relativas al RESTABLECIMIENTO DEL RÉGIMEN DE VISITAS o CUSTODIA COMPARTIDA así como REVISIÓN DEL PAGO PENSIONES.

CARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS:

- procedimiento especial y sumario (en otras circunstancias se haría por el procedimiento de modificación de medidas con una dilación en el tiempo importante)

- Posibilidad de COMPENSAR las VISTAS no disfrutadas por uno de los progenitores.

- PENSIONES: Revisión de la cuantía a pagar siempre que hayan variado sustancialmente las circunstancias económicas como consecuencia del COVID 19

- Resolución dictada de forma ORAL, pudiendo declarase FIRME en eses mismo acto.

Para más información [email protected]

Mª Rosa Yborra Esteve
Abogado
Responsable Dpto Jco EMA ASSESSORS

Bona diada Sant Jordi!Ema assessors
23/04/2020

Bona diada Sant Jordi!

Ema assessors

16/04/2020

COVID 19: SE PUEDE DEJAR DE PAGAR LA PENSIÓN DE ALIMENTOS DE LOS HIJOS?: SI

Si bien es cierto que la coyuntura actual que nos vemos inmersos es gravosa para toda la población en general, no es menos cierto que dicha situación se agrava con creces, para aquellas personas que están divorciadas y tienen que abonar una pensión de alimentos para sus hijos, pues muchos de ellos se han visto afectados en sus puestos de trabajo ya sea por un ERTE e incluso algunos de ellos han perdido su puesto de trabajo y todo ello por causas ajenas a su voluntad.

REGLA GENERAL: obligado cumplimiento de las resoluciones judiciales.

EXCEPCIÓN A LA REGLA GENERAL: en el caso del progenitor obligado al pago de la pensión no pudiere afrontar sus propias necesidades, estaría plenamente legitimado para no abonar la pensión de alimentos de sus hijos.
Ahora bien esta excepción es de CARÁCTER TEMPORAL habida cuenta que tal como tiene reconocido en numerosas Sentencias el TS el pago de alimentos a os hijos es una cuestión de orden público, siendo uno de los pilares fundamentales derivados de la patria potestad o responsabilidad parental.

¿Como puede solicitarse la suspensión temporal del pago de la pensión alimenticia?:

- Procedimiento de Jurisdicción voluntaria
- Procedimiento de modificación de medidas.

Para más información: [email protected] / 658.959.205

Mª Rosa Yborra Esteve
Abogado
Responsable Dpto. Jurídico EMA ASSESSORS

06/04/2020

ESTADO DE ALARMA Y TESTAMENTO ¿COMO HACERLO?

Hablar estos días de testamento muchas personas pueden asimilar a "me voy a morir". Craso error. Hacer testamento es totalmente aconsejable desde el punto de vista jurídico ya que puede dejar solucionados muchos problemas a nuestros seres queridos.

Habida cuenta del estado en que nos encontramos, es del todo aconsejable, aunque ahora la rapidez para otorgar TESTAMENTO ABIERTO (NOTARIAL), al que estamos acostumbrados normalmente, puede resultar un tanto difícil en estos momentos, pues se debe solicitar CITA PREVIA, pudiendo verse nuestras expectativas demoradas en el tiempo.

¿COMO PODEMOS HACER TESTAMENTO SIN ACUDIR AL NOTARIO?:

En nuestra legislación, aparte del testamento notarial, existen otros tipos de testamentos que entiendo se deberían conocer:

TESTAMENTO OLÓGRAFO: solo se necesita papel y bolígrafo y el testador escribe de su puño y letra sus últimas voluntades, debiendo constar su firma, fecha y localidad donde se efectúa el testamento.Es aconsejable que se deje en manos de una tercera persona de confianza.

TESTAMENTO EN PELIGRO DE MUERTE o por EPIDEMIA: en aquellos casos en que la persona se encuentra en estado grave, por epidemia o por cualquier otra circunstancia de extrema gravedad.

Es aconsejable hacerlos por escrito; en caso de no saber escribir o no poder hacerlo es requisito imprescindible la presencia de 5 testigos idóneos (puede ser el mismo personal sanitario que le atiende, familiares...). Este tipo de testamento QUEDARÁ SIN EFECTO A LOS 2 MESES de haber pasado la enfermedad de peligro de muerte o al cesar la epidemia.

Los ESPAÑOLES que se encuentren en el EXTRANJERO pueden también otorgar testamento conforme a la legislación vigente española.

Mª Rosa Yborra Esteve
Responsable Dpto. Jco EMA ASSESSORS

28/03/2020

ESTADO ALARMA COVID-19 ¿SE SUSPENDE EL RÉGIMEN DE VISITAS CON EL PROGENITOR NO CUSTODIO? : NO

Como consecuencia de la situación del estado de alarma por todos conocidos, POR FIN, tenemos un criterio unificado, en los Juzgados de Familia de Barcelona, en materia de separación, divorcio y relaciones paternofiliales, consistentes en:

- CUMPLIMIENTO RESOLUCIONES JUDICIALES de tal manera que deben llevarse a cabo y CUMPLIR TODOS LOS SISTEMAS DE GUARDA, CUSTODIA, VISITAS Y COMUNICACIONES fijadas en las resoluciones judiciales vigentes.

- Los PROGENITORES (ambos) deberán ejercer un ejercicio RESPONSABLE de la potestad parental (patria potestad), alcanzando los mayores acuerdos posibles entre ambos.

- Si alguno de los progenitores presenta síntomas de contagio o ha dado positivo en el test de COVID-19, será el otro progenitor quién ostente la GUARDA Y CUSTODIA, preferiblemente a cualquier otro familiar cercano, entendiendo los Juzgados que concurre una causa de fuerza mayor suspendiéndose provisionalmente las medidas adoptadas en la Resolución judicial.

- Se procurará la mayor comunicación entre padres e hijos por vía telemática (skype, videoconferencias....), en los casos en que por CUALQUIER CIRCUNSTANCIA JUSTIFICADA no pueda darse cumplimiento a las visitas

Esta situación se aplicará desde el día 24 de marzo hasta que finalice el estado de alarma.

EMA ASSESSORS
Mª Rosa Yborra
Responsable Dpto. Jurídico

Ante cualquier consulta jurídica le atenderemos al 658959205 o por e-mail [email protected]

17/03/2020

El departamento jurídico de ema assessors, ante la situación de alarma que estamos viviendo por el covid-19 NO ATENDERÁ VISITAS presenciales en el despacho, sin perjuicio de URGENTE NECESIDAD.

Cualquier consulta, duda... que deseen o se les pueda plantear, pueden hacerla a través de correo electrónico [email protected] y será contestada a la mayor brevedad.

Atentamente,

M Rosa Yborra Esteve
Resp. Dpto. Jurídico

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28/02/2019

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24/12/2018

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14/09/2018

EL DIVORCIO LEGAL Y EL "DIVORCIO DIGITAL":

En nuestra época actual las nuevas tecnologías son una herramienta útil en muchos aspectos, aunque a veces se nos puede convertir en nuestro peor enemigo.

Un matrimonio durante su convivencia no solo se comparten los hijos, hipoteca...., sino también accesos y credenciales para diversos servicios "online"; si la relación termina de "buen rollo" bien, pero y si termina "a matar"?.

Con el avance de las nuevas tecnologías se recomienda que tras una ruptura (desde mi punto de vista ya sea de buen rollo o no) deben tomarse unas medidas para evitar que tu "ex" pueda en todo momento conocer toda la información sobre ti y el que ha sido tu compañero y amigo durante toda una vida que parecía maravillosa puede convertirse en tu peor pesadilla.

Ante ello debemos tener en cuenta, según estudios realizados por peritos informáticos que si se conoce el DNI y tiene acceso a nuestra cuenta principal de correo electrónico, puede entrar prácticamente en todo nuestro universo digital:

- Tener una CUENTA en GOOGLE es tener control de la posición de GPS del teléfono móvil y, en consecuencia de donde te encuentras en cada momento, siempre y cuando el terminal móvil este configurado con cuenta de Google.

- TARJETAS SIM CLONADAS no es muy frecuente pero en caso de que así sea, se puede saber quién nos llama y tener acceso a los SMS. Asimismo con la sim clonada y conociendo la cuenta de Google asociada a Whatssap se puede conseguir una copia de seguridad de todas las conversaciones.

- RED WIFI: con la conrseña de la red se puede comprobar el tráfico de datos y, en cosecuencia, las busquedas efectuadas, páginas consultadas y conversaciones mantenidas.

- APARATOS DE RASTREO pueden ser tan simples como los cargadores para el coche o incluso cables de carga con un sistema de rastreo por GPS telefnía dígital lo que conlleva tenerte localizado en cada momento.

Esta claro que no debe entrarse en una paranoia, pero si que seria conveniente no bajar la guardia y como CONSEJO: cambiar todas las contraseñas y números pin, hacer un duplicado de la tarjeta sim y hacer un borrado del sistema y volver a empezar de nuevo.

Ahí lo dejo,

Mª Rosa Yborra
Abogado

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