25/06/2026
NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA.
requerimientos de nacionalidad para controlar las entradas y salidas de España:
- “buena conducta cívica”: la tenencia o no de antecedentes penales, se controlará a lo largo de todo el proceso. Es decir, no solo de forma previa a la presentación de la solicitud, sino de forma continuada hasta la obtención final de la condición de ciudadano español.
- residencia legal, continuada e inmediatamente anterior. Y más en concreto, en relación a la continuidad de la residencia: La residencia en España deberá ser legal y continuada, controlando de forma exhaustiva las salidas del interesado fuera del país para verificar que el interesado realmente reside en España de forma efectiva.
Y ya se puede comprobar el control de este requisito con NUEVOS REQUERIMIENTOS (por ejemplo con peticiones de los siguientes documentos:
* Pasaportes del solicitante desde su llegada a España, con sellado de entrada y salida de desplazamientos, legibles.
* Certificado de Movimiento Migratorio expedido, en su caso, por el Organismo Nacional competente de su país de origen
* Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, contratos de trabajo, escolarización de hijos, alquileres, pago de recibos, y/o cualquier otro documento que permita comprobar la residencia efectiva en territorio nacional).
La solicitud de este tipo de datos, a aportar por el interesado, pone de manifiesto la puesta en práctica por parte del Ministerio de Justicia, de un mayor control de las entradas y salidas de España del solicitante de nacionalidad, para así, comprobar que su residencia en España no sólo sea legal, sino real.
El cumplir el requisito de “residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud”, así como el mantenimiento del mismo durante todo el proceso de nacionalidad, es un requisito fundamental, y el Ministerio de Justicia no procederá a resolver sin que antes, quede debidamente acreditado.