Lex Statera - Legal & Compliance

Lex Statera - Legal & Compliance Despacho de Abogados y expertos en Compliance en la provincia de Alicante.

¿Tu vecino le ayuda con el banco… o le está vaciando la cuenta?86.000 euros desaparecidos.Años de “confianza”.Y la famil...
25/05/2026

¿Tu vecino le ayuda con el banco… o le está vaciando la cuenta?

86.000 euros desaparecidos.
Años de “confianza”.
Y la familia se enteró cuando ya era demasiado tarde.

Lo más duro de este tipo de casos no es el dinero.
Es que normalmente empiezan con alguien diciendo:

“Yo te ayudo, no te preocupes”.

En la Vega Baja vemos una realidad que mucha gente de fuera no entiende.
Miles de personas mayores extranjeras viven aquí solas, lejos de sus hijos, muchas veces con problemas de salud, sin hablar bien español y dependiendo de terceros para cosas tan básicas como ir al banco, hacer una transferencia o entender una carta.

Y ahí es donde algunos aprovechan.

El error que comete muchísima gente en estos casos es pensar:
“Como es una persona cercana, no hace falta revisar nada”.

Y pasan meses.
O años.

Hasta que un día:

la cuenta está vacía,
aparecen movimientos raros,
o la familia descubre que alguien llevaba demasiado tiempo controlándolo todo.

En nuestro despacho hemos visto situaciones que empiezan igual:
“solo le ayudaba con papeles”.

Por eso insistimos siempre en algo:
Ayudar a una persona vulnerable no significa controlar su dinero.

En Lex Statera Legal & Compliance trabajamos con clientes nacionales e internacionales de toda la Vega Baja del Segura y sabemos perfectamente cómo funcionan este tipo de situaciones.

Atendemos en:
Inglés
Francés
Español

Y entendemos algo muy importante:
muchos extranjeros aquí no necesitan solo un abogado… necesitan a alguien en quien realmente puedan confiar.

Si tienes dudas sobre:
-movimientos bancarios sospechosos,-poderes,-herencias,-cuentas vaciadas,-personas mayores vulnerables,
o familiares viviendo solos en España,

habla con nosotros antes de que el problema vaya a más.

Cuéntanos en comentarios:
¿Crees que este tipo de casos van a aumentar en la Costa Blanca?

Comparte esta publicación. Mucha gente necesita leer esto antes de que sea tarde.

📍 Lex Statera Legal & Compliance
📌 Calle Mayor nº 13, 3º A, Almoradí
📞 966 783 570 | 683 441 003
📧 [email protected]
🌐 www.lexstatera.com

“La justicia consiste en dar a cada uno lo suyo.” — Domicio Ulpiano

¿Alquilas una habitación y piensas que “no tienes derechos”? Pues ojo a esto porque la cosa acaba de cambiar… y mucho.La...
18/05/2026

¿Alquilas una habitación y piensas que “no tienes derechos”? Pues ojo a esto porque la cosa acaba de cambiar… y mucho.

La Audiencia Provincial de Cantabria acaba de decir algo que puede afectar a miles de personas que viven de alquiler en habitaciones compartidas: UNA HABITACIÓN TAMBIÉN PUEDE CONSIDERARSE VIVIENDA.

Sí, aunque compartas cocina, baño o salón.

¿Y qué significa eso?
Que el inquilino podría tener derecho a las prórrogas obligatorias de la Ley de Arrendamientos Urbanos y no estar “fuera” cuando el propietario quiera recuperar la habitación porque sí.

Y aquí viene el error que muchísima gente sigue cometiendo:
hacer contratos de habitaciones descargados de internet pensando que con poner “alquiler de habitación” ya está todo solucionado.

Y no.
Lo importante no es cómo llamas al contrato.
Lo importante es PARA QUÉ se usa realmente esa habitación.

Si esa persona vive allí de manera habitual y permanente, el contrato puede acabar teniendo más protección legal de la que muchos propietarios imaginan.

En zonas como Almoradí, Orihuela, Torrevieja, Guardamar, Rojales o Benijófar esto pasa muchísimo:
propietarios alquilando habitaciones a trabajadores, estudiantes, extranjeros o personas desplazadas… sin revisar bien las consecuencias legales.

Y luego vienen los problemas:
– Desahucios que se complican
– Contratos mal redactados
– Prórrogas inesperadas
– Inquilinos que no quieren salir
– Propietarios que descubren tarde que el contrato no estaba bien planteado

En Lex Statera Legal & Compliance llevamos tiempo viendo cómo muchos conflictos de vivienda empiezan por pequeños detalles que nadie revisó a tiempo.

Por eso trabajamos cada caso de forma personalizada, clara y directa.
Sin tecnicismos innecesarios.
Sin vender humo.
Y atendiendo en Español, Inglés y Francés, algo fundamental en una zona como la Vega Baja del Segura, donde conviven tantas nacionalidades y situaciones distintas.

Si tienes una vivienda alquilada, compartida o estás pensando en alquilar habitaciones, este tema te interesa muchísimo.

Cuéntanos:
¿Crees que alquilar una habitación debería tener la misma protección que alquilar un piso completo?

Te leemos.

📍 Lex Statera Legal & Compliance

📌 Calle Mayor nº13, 3º A, Almoradí
📞 966 783 570 | 683 441 003
📧 [email protected]
🌐 Lex Statera Legal & Compliance

“Las leyes son telas de araña por donde pasan libremente las moscas grandes y quedan enredadas las pequeñas.” — Anacarsis

La Agencia Española de Protección de Datos acaba de lanzar un dato que debería hacer reflexionar a cualquier empresa, au...
11/05/2026

La Agencia Española de Protección de Datos acaba de lanzar un dato que debería hacer reflexionar a cualquier empresa, autónomo o profesional de la Vega Baja del Segura que trate datos personales en su día a día.

Más de 30.000 reclamaciones en un solo año.

Un 64% más que el año anterior.

Y esto no va únicamente de grandes multinacionales ni de empresas tecnológicas gigantes.

Va de negocios normales.

De empresas pequeñas.
De clínicas.
De restaurantes.
De academias.
De comunidades de propietarios.
De alojamientos turísticos.
De asesorías.
De gimnasios.
De comercios de toda la vida.

De profesionales que piensan que nunca van a tener un problema… hasta que alguien denuncia.

Porque la realidad es que la mayoría de expedientes que llegan a la AEPD empiezan por algo aparentemente “sin importancia”.

Un trabajador que accede a datos que no debería.
Una cámara de videovigilancia mal enfocada.
Un presupuesto enviado al cliente equivocado.
Un grupo de WhatsApp mostrando teléfonos sin consentimiento.
Un correo reenviado con documentación personal.
Un formulario web sin adaptar.
Una base de datos antigua sin medidas de seguridad.
Un software desactualizado.
Un cliente enfadado que decide denunciar.
Un extrabajador que sabe perfectamente cómo funciona la empresa por dentro.

Y entonces empieza el problema.

Lo que mucha gente todavía no entiende es que la protección de datos ya no es simplemente “tener unos papeles firmados”.

La AEPD está sancionando cada vez más por errores estructurales y fallos internos de organización.

Y ahí es donde muchas empresas caen.

Porque creen que cumplen… pero realmente no cumplen.

Uno de los errores más frecuentes que seguimos viendo todos los días es pensar que contratar un paquete barato de internet o descargar documentos genéricos sirve para estar protegido.

Y no.

La protección de datos no funciona con plantillas copiadas y pegadas.

Cada negocio trata datos de forma distinta.
Cada empresa tiene riesgos diferentes.
Cada actividad necesita protocolos concretos.

No tiene los mismos riesgos una clínica dental que un restaurante.
Ni una inmobiliaria que una comunidad de propietarios.
Ni un gimnasio que un alojamiento turístico.

Y precisamente en una zona como la Vega Baja del Segura, donde convivimos diariamente con clientes españoles, ingleses, franceses, belgas, holandeses y residentes internacionales, el tratamiento de datos personales adquiere todavía más importancia.

Aquí se manejan:

Reservas.
Pasaportes.
Datos bancarios.
Historias clínicas.
Videovigilancia.
Contratos.
Documentación sensible.
Datos fiscales.
Información de menores.
Aplicaciones móviles.
Sistemas de acceso.
Cámaras en comunidades.
Control horario de trabajadores.

Y todo eso debe hacerse correctamente.

Porque cuando una empresa no tiene bien adaptados sus protocolos, el problema ya no es solo la posible sanción económica.

El verdadero daño muchas veces es la pérdida de confianza.

Hoy una reclamación puede hacerse viral.
Una mala gestión puede afectar a la reputación del negocio.
Y un simple error puede terminar costando muchísimo dinero.

De hecho, la propia AEPD reconoce que muchas infracciones detectadas no eran casos aislados, sino fallos sistemáticos dentro de las empresas.

Es decir:

Problemas que llevaban tiempo ocurriendo sin que nadie los corrigiera.

Y eso es precisamente lo peligroso.

En Lex Statera Legal & Compliance trabajamos cada asunto de forma personalizada porque entendemos perfectamente cómo funcionan los negocios de nuestra comarca.

Sabemos cómo trabajan las empresas de la Vega Baja.
Sabemos los riesgos reales que existen.
Y sabemos que muchos empresarios no tienen tiempo para interpretar normativas complejas mientras intentan sacar adelante su actividad cada día.

Por eso hablamos claro.
Sin tecnicismos innecesarios.
Sin documentos imposibles de entender.
Sin vender humo.

Analizamos cada situación concreta.
Adaptamos los protocolos a la realidad del negocio.
Y ayudamos a empresas y profesionales a trabajar con tranquilidad jurídica real.

Además, atendemos en Español, Inglés y Francés, algo fundamental en una zona internacional como la nuestra, donde cada vez más negocios trabajan con clientes extranjeros de manera habitual.

La pregunta es sencilla:

¿Tu empresa está realmente preparada para una reclamación de protección de datos?

Porque la mayoría piensa que sí…
hasta que llega la primera inspección.

Déjanos tu opinión en comentarios:
¿Crees que las pequeñas empresas están suficientemente informadas sobre protección de datos o todavía se sigue viendo como “un trámite sin importancia”?

Y si quieres revisar si tu negocio está realmente protegido, escríbenos por privado antes de que el problema aparezca cuando menos lo esperas.

📍 Lex Statera Legal & Compliance
📌 Calle Mayor nº 13, 3º A, Almoradí
📞 966 783 570 | 683 441 003
📧 [email protected]
🌐 Lex Statera Legal & Compliance

“El derecho no está para complicarle la vida a quien trabaja bien, sino para protegerle cuando llegan los problemas.” — Warren E. Burger

TE QUIEREN ECHAR DEL ALQUILER… Y A LO MEJOR NO PUEDEN.O peor: crees que estás protegido… y no lo estás.Esto está pasando...
04/05/2026

TE QUIEREN ECHAR DEL ALQUILER… Y A LO MEJOR NO PUEDEN.

O peor: crees que estás protegido… y no lo estás.

Esto está pasando ahora mismo en la Vega Baja del Segura. Propietarios e inquilinos discutiendo sin saber realmente qué dice la ley sobre la famosa prórroga del Real Decreto-ley 8/2026.

Y aquí está el problema: no todos los contratos están protegidos, y no todo el mundo hizo lo que tenía que hacer a tiempo.

Vamos a lo importante, claro y sin rodeos:

El Real Decreto-ley 8/2026 permitía una prórroga extraordinaria del alquiler de hasta 2 años.

Pero ojo:

•- No era automática
•- Había que solicitarla
•- Solo para vivienda habitual
•- Solo en determinados contratos y fechas

Si cumplías los requisitos y la pedías correctamente:
_ Podías seguir en la vivienda hasta 2 años más_ En las mismas condiciones del contrato_ Con limitaciones en la subida del alquiler

Ahora viene lo delicado:

¡El decreto ha caído!.
Ya no está en vigor.

Y esto ha dejado tres situaciones reales en la calle:

* Inquilinos que SÍ pidieron la prórroga a tiempo
- En muchos casos, siguen protegidos

* Inquilinos que NO la pidieron
- Ya no pueden hacerlo- Se aplica la ley normal- El propietario puede no renovar
Inquilinos que la pidieron mal o sin prueba- Problema serio- Conflictos que acabarán en juzgados

Error frecuente que comete la gente siempre:

Pensar que con decir “yo tenía derecho” es suficiente.
O aceptar/subir condiciones por WhatsApp sin revisar nada.

La realidad:
- En alquileres manda el papel, la fecha y cómo se comunica.

En la Vega Baja del Segura esto es aún más crítico:

•- Mucho propietario extranjero
•- Contratos mal redactados o traducidos
•- Viviendas de inversión
•- Inquilinos que no conocen la ley española

Resultado:
conflictos, pérdidas de dinero y gente que pierde su vivienda por no actuar a tiempo.

En Lex Statera Legal & Compliance no trabajamos con suposiciones.

Revisamos:

•_ Tu contrato completo
•_ Fechas clave
•_ Si la prórroga es válida
•_ Si la subida es legal
•_ Cómo defender tu posición

Y te decimos exactamente dónde estás y qué puedes hacer.

Atendemos en English, Français y Español.

- Si eres inquilino y no sabes si puedes seguir en la vivienda, llámanos.
- Si eres propietario y no sabes si puedes recuperar tu inmueble, consúltanos.
- Llámanos y te orientamos.

📌Lex Statera Legal & Compliance
📍 Calle Mayor 13, 3º A, Almoradí
📞 966 783 570 | 683 441 003
📧 [email protected]
🌐 www.lexstatera.com

“El derecho no es para quien lo cree, es para quien sabe usarlo.”

¿Una vivienda en mal estado ya es acoso inmobiliario? La Justicia dice que no siempre… y aquí está la clave.Muchísima ge...
27/04/2026

¿Una vivienda en mal estado ya es acoso inmobiliario?

La Justicia dice que no siempre… y aquí está la clave.

Muchísima gente piensa que si un propietario tarda en reparar una vivienda alquilada, automáticamente está cometiendo acoso inmobiliario.
Pero una reciente sentencia recuerda que la realidad jurídica es bastante más compleja.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anuló una sanción impuesta a unos arrendadores porque entendió que, aunque existieron deficiencias en la vivienda y retrasos en reparaciones importantes,
no quedó acreditado lo esencial: la intención de hostigar a la inquilina para que abandonara el inmueble.

¿QUÉ OCURRÍA EN ESTE CASO?

La vivienda presentaba problemas relevantes, entre ellos incidencias en bajantes, desagües y suministro de agua, llegando incluso a detectarse presencia de plomo que la hacía no potable.
Además, la arrendataria venía reclamando reparaciones desde hacía tiempo.

Hasta ahí, muchos pensarían que la sanción estaba clara.
Pero el Tribunal analizó algo más profundo: el comportamiento global de los propietarios y si realmente buscaban expulsar a la inquilina mediante presión.

Y encontró datos importantes:
- Se firmaron contratos de alquiler voluntariamente entre las partes.
- Hubo acuerdos de rebaja temporal de renta mientras se hacían reformas.
- No existían amenazas, coacciones ni condiciones abusivas para seguir viviendo allí.
- No se probó una estrategia dirigida a hacerle la vida imposible a la arrendataria.
- Las reparaciones, aunque tardías, acabaron ejecutándose posteriormente.

Por eso la Sala diferencia dos conceptos que mucha gente confunde:
Una cosa es ser negligente o lento reparando.
Otra muy distinta es acosar inmobiliariamente.

Para que exista acoso inmobiliario debe demostrarse una conducta deliberada para crear un entorno hostil, incómodo o insoportable con el objetivo de que el inquilino se marche o renuncie a sus derechos.
Es decir, no basta con averías, retrasos o mala gestión.
Hace falta intención directa.

¿POR QUÉ ESTA SENTENCIA ES TAN IMPORTANTE?

Porque marca límites muy claros:- Si eres propietario, no todo conflicto de mantenimiento te convierte en acosador.
-Si eres inquilino, tampoco toda dejadez del casero queda sin consecuencias, pero habrá que enfocar bien la reclamación.

En la Vega Baja del Segura vemos muchos casos parecidos: viviendas alquiladas, propietarios en el extranjero, inquilinos de distintas nacionalidades, incidencias sin resolver y conversaciones eternas por WhatsApp que terminan mal.

Error frecuente que comete la gente:

Confundir enfado con prueba jurídica. Molestarse es lógico. Ganar un caso exige documentos, mensajes, fechas, periciales y estrategia.

En Lex Statera Legal & Compliance estudiamos cada caso con precisión. Revisamos contratos, obligaciones de conservación, comunicaciones entre partes y la mejor vía legal para defender tus intereses.
Atendemos en Español, English y Français, algo clave en una zona internacional como la Vega Baja.

- Si eres propietario y no sabes cómo actuar ante reclamaciones, consúltanos.
- Si eres inquilino y sufres problemas graves en la vivienda, te orientamos.
- Si el conflicto ya ha empezado, cuanto antes se actúe, mejor.

📌 Lex Statera Legal & Compliance

📍 Calle Mayor 13, 3º A, Almoradí
📞 966 783 570 / 683 441 003
📧 [email protected]
🌐 www.lexstatera.com

“El Derecho protege a quien actúa a tiempo.”

¿Te están obligando a pagar un seguro para alquilar un piso? Aquí es donde empieza el abuso… y casi nadie lo cuestiona.E...
20/04/2026

¿Te están obligando a pagar un seguro para alquilar un piso?

Aquí es donde empieza el abuso… y casi nadie lo cuestiona.

En la Vega Baja del Segura lo estamos viendo cada semana: personas que necesitan una vivienda YA y aceptan condiciones que no son legales por miedo a perder la oportunidad. Y ahí es donde algunas inmobiliarias aprietan.

Te dicen que tienes que contratar un seguro de vida, un seguro de impago o pagar “servicios” para poder acceder al alquiler. Y tú piensas: “será lo normal”.
No lo es.

Vamos al detalle, que aquí está la clave:

La ley establece que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato corresponden al propietario, no al inquilino. Pero, ¿qué hacen algunas agencias?
Le cambian el nombre.

En lugar de cobrarte directamente esos gastos, te imponen productos como seguros o servicios “obligatorios”.
Así consiguen que acabes pagando tú igualmente, pero bajo otro concepto.

Por ejemplo:

Te dicen que tienes que pagar un seguro de impago “para garantizar al propietario”.
Pero ese seguro protege al propietario, no a ti.
Y aun así, te lo hacen pagar como condición para darte el piso.

Otro caso habitual:

Un “estudio de solvencia” o “servicio de gestión” que en realidad es lo mismo que la comisión inmobiliaria de toda la vida, solo que disfrazada.

Y aquí viene lo importante:

Si te dicen que sin contratar eso no hay piso, estamos ante una práctica muy cuestionable y, en muchos casos, abusiva.

Error frecuente:

aceptar todo lo que te ponen delante sin revisar si es obligatorio.
Firmar rápido por miedo a perder el piso es justo lo que juega en tu contra.
Y lo peor es que muchas personas ni siquiera saben que podrían negarse o reclamar después.

Necesitas vivienda, hay poca oferta, y cuando encuentras algo te cargan con costes extra que no esperabas. Eso genera frustración, inseguridad y, muchas veces, pagar de más sin saberlo.

Además, en una zona como la Vega Baja, con alta presencia de residentes extranjeros, esto se agrava:
contratos en otro idioma, condiciones poco claras y presión para firmar rápido.
Ahí es donde más abusos estamos viendo.

Aquí es donde entramos nosotros.

En Lex Statera Legal & Compliance trabajamos cada día con situaciones reales de la Vega Baja: clientes españoles y extranjeros que necesitan respuestas claras, rápidas y sin rodeos. Sabemos cómo se mueve el mercado aquí y cómo actúan muchas agencias.

Te explicamos tu contrato línea por línea, detectamos cláusulas abusivas y te decimos exactamente qué es legal y qué no antes de que tomes una decisión que te pueda costar dinero.

Atendemos en inglés, francés y español porque en esta zona eso no es un extra,
es una necesidad.

Si te han pedido un seguro para alquilar, consúltanos antes de pagar.
Si ya lo has pagado, podemos ayudarte a reclamarlo.
Si tienes dudas, mejor resolverlas ahora que cuando ya hayas firmado.

Escríbenos por privado o deja un comentario con tu caso.
Comparte esto con alguien que esté buscando piso ahora mismo.
Y si quieres evitar problemas, habla con nosotros antes de firmar.

Porque en temas legales, lo caro no es el abogado… es no tenerlo.

📌 Lex Statera Legal & Compliance

📍 Calle Mayor nº13, 3º A, Almoradí
📞 966 783 570 | 📱683 441 003
📧 [email protected]
🌐 www.lexstatera.com

“El derecho no es una cuestión de poder, sino de justicia.”

Si tienes un préstamo personal, esto te interesa: podrías estar pagando algo ilegal… y cada día que pasa pierdes dineroH...
13/04/2026

Si tienes un préstamo personal, esto te interesa:

podrías estar pagando algo ilegal… y cada día que pasa pierdes dinero

Hay una realidad incómoda que casi nadie te cuenta:

muchos préstamos personales firmados en España podrían ser ilegales… y siguen cobrándose como si nada.
Sí, como lo lees.

Durante años, las tarjetas revolving han estado en el punto de mira.
Pero ahora el Tribunal Supremo ha ido más allá.

Ha dicho claramente que ese mismo criterio también se aplica a los préstamos personales.

¿Y cuál es ese criterio?

Muy sencillo de entender, pero con consecuencias enormes:

Si el interés que firmaste supera en más de 6 puntos el tipo medio del mercado en ese momento… puede considerarse usura.
No hablamos de una diferencia pequeña.
Hablamos de algo que el propio Tribunal califica como desproporcionado.

Para que lo veas claro:

Si el mercado estaba en torno al 8%
y tú firmaste al 16% o más

esa diferencia no es casualidad… es un posible abuso.
Y aquí es donde viene lo que mucha gente desconoce:

Cuando un préstamo se considera usurario, no es que te bajen el interés…
es que el contrato puede quedar completamente anulado.
Eso cambia todo.

Porque entonces:

Dejas de pagar intereses
Todo lo que has pagado de más se puede reclamar
Solo tendrías que devolver el dinero que realmente te prestaron
Es decir, puedes estar pagando durante años algo que legalmente no deberías.

Y mientras tanto, el banco sigue cobrando.
Sin avisarte.
Sin explicarte nada.
Sin decirte que podrías reclamar.
Porque cuanto más tardes en reaccionar… más dinero pierdes.

El propio Tribunal Supremo ha dejado claro que ni siquiera justificar el préstamo para “reunificar deudas” sirve como excusa para cobrar intereses desproporcionados.
Es decir, da igual para qué lo pediste.
Si el interés es excesivo… no hay justificación válida.
Ahora bien, aquí viene lo importante:

No todos los casos se ven a simple vista.

Hay que analizar:

El momento exacto en el que firmaste.
El tipo medio del mercado en ese momento.
Las condiciones reales del contrato.
Cómo se han aplicado los intereses.
Y aquí es donde la mayoría de la gente se pierde… o directamente no reclama.

Por eso es clave contar con profesionales que sepan exactamente dónde mirar.

En Lex Statera Legal & Compliance, la letrada María Díaz Miralles lleva tiempo trabajando este tipo de situaciones con una visión muy clara: detectar abusos donde otros no los ven y defender al cliente hasta el final.

Su experiencia en derecho bancario, su forma de estudiar cada contrato al detalle y su implicación real con cada caso hacen que no se quede en una simple revisión.
Va más allá.

Analiza, valora y actúa cuando hay margen.

Porque muchas veces lo que parece “normal” en un contrato… no lo es en absoluto.

Y ahí es donde se marca la diferencia.

Si tienes o has tenido un préstamo personal, este es el momento de revisarlo.
No dentro de unos meses.
No cuando ya hayas pagado más de lo necesario.

Ahora.
Haz esto:

Busca tu contrato
Mira la TAE que firmaste
Y si te genera dudas… no lo dejes pasar
O directamente:

Escríbenos.
Cuéntanos tu caso.
Y lo revisamos contigo de forma clara y sin rodeos.

Puede que estés más cerca de recuperar tu dinero de lo que piensas.

📌 Lex Statera Legal & Compliance
📍 Calle Mayor nº 13, 3º A, Almoradí
📞 966 783 570 | 683 441 003 📲
📧 [email protected]
🌐 www.lexstatera.com

“El banco nunca pierde… hasta que alguien decide reclamar.”

¿Estás pidiendo tus datos personales… o intentando sacar dinero sin base?El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha ...
07/04/2026

¿Estás pidiendo tus datos personales… o intentando sacar dinero sin base?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha puesto un límite claro a lo que muchos estaban intentando hacer con el RGPD: no todo vale para reclamar dinero.

Te lo explico claro, como lo hablaríamos en el despacho:

El caso que ha cambiado las reglas es muy concreto, y muy real.
Un particular se suscribe a un boletín informativo y, como es habitual, facilita sus datos personales.
Hasta aquí, todo normal.

Tiempo después, ejerce su derecho de acceso: pide a la empresa que le diga qué datos tiene suyos y cómo los está utilizando.

Pero aquí viene lo importante…
El tribunal detecta que esa solicitud no tenía como objetivo conocer el uso de sus datos, sino provocar una posible infracción para reclamar una indemnización.

Es decir, no buscaba información… buscaba dinero.
Ante esta situación, el Tribunal analiza si una empresa puede rechazar este tipo de solicitudes.

Y la respuesta es clara:
Sí, incluso una única solicitud puede considerarse abusiva si hay indicios de que se está utilizando el RGPD con fines fraudulentos o meramente lucrativos.

Pero no vale con sospechar.
La empresa tiene que demostrarlo.
Tiene que acreditar, con hechos objetivos y también con el contexto, que esa persona no quiere ejercer su derecho de forma legítima, sino generar artificialmente una reclamación.

Por ejemplo:
Si esa persona ha hecho lo mismo con varias empresas
Si su comportamiento revela un patrón
Si la solicitud no tiene sentido real desde el punto de vista del acceso a datos
Todo eso se puede tener en cuenta.

Ahora bien, el Tribunal también deja claro algo muy importante:
El derecho de acceso sigue siendo un derecho fundamental.
Y si una empresa lo deniega sin justificación, puede haber responsabilidad.
Pero aquí viene el segundo punto clave de la sentencia:
No basta con que exista una infracción del RGPD para cobrar una indemnización.
Tiene que haber un daño real.
Un perjuicio concreto.
Algo que te haya afectado de verdad.

Puede ser, por ejemplo:
Pérdida de control sobre tus datos
Incertidumbre sobre cómo se están utilizando
Una situación que te genere un perjuicio real, aunque no sea económico
Pero tiene que probarse.
Y además, tiene que haber relación directa entre ese daño y la actuación de la empresa.
Si no, no hay indemnización.

Aquí está el problema real que vemos cada día:
Muchos creen que el RGPD es una vía fácil para ganar dinero… y no lo es.

Error frecuente:
Pensar que cualquier incumplimiento en protección de datos da derecho automático a cobrar una indemnización.

Y esto ya no funciona así.

Si no hay perjuicio real, no hay indemnización. Y si se detecta que la solicitud es abusiva, la empresa puede negarse.

Esto cambia completamente el escenario.
Ahora hay que hacerlo bien. Con estrategia. Con fundamento jurídico.

Ahí es donde entramos nosotros.

En Lex Statera Legal & Compliance trabajamos cada caso de forma personalizada, analizando si realmente existe vulneración y, sobre todo, si hay opciones reales de reclamación.
Porque no se trata de reclamar por reclamar.
Se trata de reclamar bien.

Nuestra abogada titular, María Díaz Miralles, experta en protección de datos y compliance, lidera cada asunto con un enfoque claro: rigor jurídico, cercanía con el cliente y resultados reales.

Estamos en la Vega Baja del Segura, una zona con una gran diversidad de nacionalidades, y por eso ofrecemos atención en español, inglés y francés.

Entendemos tu situación, hablamos tu idioma y defendemos tus derechos con precisión.

Si tienes dudas sobre tus datos personales, si te han denegado acceso o si crees que han hecho un uso indebido de tu información, este es el momento de consultarlo.

No te quedes con la duda.
Escríbenos, llámanos o déjanos un comentario. Te leemos y te respondemos.
Comparte esta información. Hay mucha gente confundida con este tema.

📌 LEX STATERA LEGAL & COMPLIANCE
📍 Calle Mayor nº 13, 3º A, Almoradí
📞 966 783 570 | 683 441 003
📧 [email protected]
🌐 www.lexstatera.com

“El derecho no protege a quien lo usa mal, sino a quien lo ejerce con razón.” – Adaptación de principios clásicos del derecho

“¿Tengo que seguir pagando pensión si mi hijo ya puede trabajar… aunque quiera seguir estudiando?”Esto está pasando más ...
30/03/2026

“¿Tengo que seguir pagando pensión si mi hijo ya puede trabajar…
aunque quiera seguir estudiando?”

Esto está pasando más de lo que crees… y muchos padres están pagando de más sin saberlo.

Una sentencia reciente ha dejado algo muy claro:

si tu hijo ya tiene una formación profesional que le permite trabajar… la pensión puede acabarse. Sí, incluso aunque decida ir a la universidad después.

Y aquí viene lo importante:

No se trata de si estudia o no.
Se trata de si YA puede ganarse la vida.

Porque la clave no está en el título que quiera conseguir…
sino en si ya tiene uno que le permita entrar al mercado laboral con normalidad.

Y esto cambia completamente el enfoque que muchos padres tienen sobre la pensión.

En el caso concreto:

Una hija terminó su FP, consiguió un trabajo fijo… y lo dejó voluntariamente para empezar la universidad.
Resultado final: el tribunal dijo basta. Pensión extinguida.

Pero hay más detalles que marcan la diferencia:

No era un trabajo puntual, era estable
No estaba en una situación de necesidad económica
La decisión de dejar el empleo fue totalmente voluntaria
Y además, los nuevos estudios eran en la misma línea profesional

Es decir, no estaba empezando desde cero…
simplemente decidió seguir formándose cuando ya podía mantenerse por sí misma.

Porque la ley no obliga a los padres a pagar cualquier decisión académica, sino a garantizar una formación que permita trabajar.

Y esto tiene una consecuencia muy clara:

Si ese objetivo ya se ha cumplido…
la obligación puede desaparecer.
Incluso aunque el hijo quiera mejorar su formación o aspirar a más.

Error que comete casi todo el mundo:

Pensar que la pensión dura mientras el hijo siga estudiando.
Esto NO es así.

Y aquí viene el matiz que casi nadie tiene en cuenta:

No importa tanto que estudie…
sino si necesita realmente esa ayuda para salir adelante.
Si ya tiene una profesión y ha trabajado… la situación cambia completamente.
Porque en ese momento deja de hablarse de “dependencia”
y empieza a hablarse de “decisiones personales”.
Y eso, legalmente, no es lo mismo.

Y aquí es donde muchos padres pierden dinero durante años por no revisar su caso.

Pagan por inercia.
Por miedo.
O porque nadie les ha explicado que su situación podría haber cambiado hace tiempo.

¿Te suena esta situación?

Tu hijo terminó estudios pero sigue dependiendo económicamente
Ha trabajado y dejó el empleo
Ha decidido seguir estudiando sin necesidad real
Sigues pagando pensión sin saber si corresponde

O incluso peor:

Lleva años encadenando estudios sin incorporarse al mundo laboral
Rechaza oportunidades de trabajo
Y aun así, la pensión sigue activa sin revisarse

Entonces este tema te interesa… y mucho.

En Lex Statera Legal & Compliance analizamos tu caso real, no lo que “te han dicho”.

Porque cada situación es distinta…
y lo que vale para uno, puede no valer para otro.

Con María Díaz Miralles, abogada experta en derecho de familia y mediadora, tienes a alguien que va directa al punto:
ver si puedes dejar de pagar… o si te toca seguir.

Y lo hacemos con una ventaja clara:

conocemos perfectamente la realidad de la Vega Baja del Segura, donde cada caso familiar tiene sus matices y cada euro cuenta.

Aquí no hablamos de teorías.
Hablamos de decisiones que afectan directamente a tu bolsillo mes a mes.

Atendemos en español, inglés y francés.
Trabajamos con cercanía, claridad y sin rodeos.

Si estás pagando una pensión y tienes dudas, haz esto ahora:

Escríbenos por privado
Cuéntanos tu caso en comentarios
Comparte esta publicación con alguien que esté en esta situación
Porque puede estar pagando sin obligación.

Y cuanto antes lo revises… antes puedes dejar de hacerlo si corresponde.

📌 LEX STATERA LEGAL & COMPLIANCE
📍 Calle Mayor nº13, 3º A, Almoradí
📞 966 783 570 |📱 683 441 003
📧 [email protected]
🌐 www.lexstatera.com



“En derecho, lo importante no es lo que parece justo, sino lo que se puede demostrar.”

Dirección

Calle Mayor, Nº 13, 3º A
Almoradí
03160

Horario de Apertura

Lunes 08:00 - 15:00
Martes 08:00 - 15:00
Miércoles 08:00 - 15:00
Jueves 08:00 - 15:00
Viernes 08:00 - 15:00

Teléfono

+34683441003

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Lex Statera - Legal & Compliance publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Lex Statera - Legal & Compliance:

Compartir