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El Supremo se pronuncia nuevamente sobre la distinción entre las cláusulas limitativas de derechos y delimitadoras del r...
23/02/2022

El Supremo se pronuncia nuevamente sobre la distinción entre las cláusulas limitativas de derechos y delimitadoras del riesgo en Sentencia 100/2022 de 7 de febrero, con ocasión de un Seguro de Vida. Indica que, a pesar de que el referido contrato se refiere a “invalidez por cualquier causa”, del mismo se extrae que la única incapacidad cubierta es la absoluta por cuanto la expresión “por cualquier causa” se refiere exclusivamente al origen de dicha invalidez (accidente, enfermedad, etc.) mientras que cuando define la invalidez incapacitante se esta refiriendo a un tipo concreto -la absoluta- dentro de las posibles.
Concluye la Sala que no puede calificarse dicha cláusula como limitativa no siendo posible apreciar infracción del art. 3 LCS.

Foto: Seguripedia


El Tribunal Supremo en la  reciente Sentencia  de fecha 13/01/2022 ha venido a declarar la procedencia de una compensaci...
21/02/2022

El Tribunal Supremo en la reciente Sentencia de fecha 13/01/2022 ha venido a declarar la procedencia de una compensación económica a favor de la esposa, casada en régimen de separación de bienes, por haberse dedicado en exclusiva al trabajo para la casa, aun cuando estuvo de alta como autónoma colaboradora en la carnicería de su marido durante el último año, al entender que las condiciones que de forma conjunta han de darse para que haya lugar a la referida compensación es que “la dedicación a la familia sea exclusiva, estos es, que no se compagine con ningún tipo de actividad laboral, salvo que se trata de algo esporádico y que se refiera a la participación en el negocio que el otro cónyuge regente”.

El Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Almería desestima demanda de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas,...
10/01/2022

El Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Almería desestima demanda de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas, al entender que la entidad bancaria, que había resultado adjudicataria de la vivienda en un proceso de ejecución hipotecaria, carecía de legitimación para instar la demanda pues el vínculo contractual del anterior arrendador y propietario de la vivienda, que no se había inscrito en el Registro de la Propiedad y que era anterior al proceso de ejecución hipotecario, se había extinguido ipso iure por razón de la enajenación forzosa.
Concluye indicando que no cabe, por tanto, reclamar las rentas de un contrato extinguido, por no existir vínculo contractual entre el actor y el arrendatario, dando así aplicación a la doctrina jurisprudencial mantenida por el Tribunal Supremo en la reciente Sentencia número 379/2021 de 1 de junio.

¡Felices Fiestas! 💫Indajuris Abogados.
29/12/2021

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