06/02/2024
NOVEDADES LEGISLATIVAS PARA EMPRESAS.
El 20 de diciembre de 2023 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo que contiene una novedad muy relevante en materia procesal para las empresas o personas jurídicas.
La nueva regulación persigue la preferencia de la vía telemática para la realización de las notificaciones. Ello implica que, en virtud de la nueva redacción del art. 155 LEC el primer emplazamiento o citación a las personas jurídicas (notificación de la admisión de una demanda contra una empresa) se realizará de manera electrónica y, si transcurridos tres días el destinatario no accede a su contenido, se procederá a su publicación por la vía del Tablón Edictal Judicial Único.
Este cambio tiene gran trascendencia para las empresas, quienes deberán tener un control absoluto sobre las plataformas electrónicas a las que les puedan llegar notificaciones judiciales (el art. 50 del RDL menciona expresamente la Carpeta Justicia, sede judicial electrónica y la dirección electrónica habilitada única), así como sobre el Tablón Edictal Único.
A efectos prácticos supone que las empresas con independencia de su tamaño deban revisar semanalmente el correo electrónico facilitado a la Administración de Justicia pues en caso contrario el procedimiento judicial continuará sin su presencia impidiéndoles realizar una correcta defensa de sus intereses en el procedimiento judicial.