08/09/2024
Novedades del Reglamento de Extranjería: Sustitución del arraigo familiar 🧑🧑🧒
El borrador del nuevo Reglamento de Extranjería introduce cambios significativos que eliminan la figura del Arraigo Familiar, reemplazándolo por el Permiso de Residencia Temporal para Familiares de Españoles.
Claves del Nuevo Permiso
-Regulación: Capítulo VII, artículos 93 a 99.
-Beneficiarios: Cónyuges, parejas de hecho, hijos, ascendientes, cuidadores, y otros familiares de españoles.
-Solicitud: Puede hacerse en España si el extranjero ya está en el país, o desde el país de origen del familiar.
Requisitos Principales
-Documentación: DNI o pasaporte del español, pasaporte del extranjero, prueba de vínculo familiar, y documentación de dependencia si aplica.
-Dependencia: No es necesario demostrar “estar a cargo” excepto para hijos mayores de 26 años o ascendientes.
Derechos y Duración
-Residencia y Trabajo: Permiso para residir y trabajar sin limitación geográfica o sectorial.
-Duración: Permiso de 5 años, renovable.
Procedimiento
-Solicitud y Resolución: Derecho a trabajar con solicitud, respuesta en 45 días o silencio negativo, con tratamiento preferente.
Estos cambios buscan simplificar y modernizar la regulación de extranjería, adaptándose a las necesidades actuales de las familias españolas y sus allegados.