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SOS Segunda Oportunidad Hay momentos donde volver a empezar sin deudas se convierte en el único camino. La plataforma legal

El Juzgado Mercantil de Cádiz, en un proceso defendido por los letrados de Ley 57 Abogados  , ha dictado un Auto que exo...
25/10/2024

El Juzgado Mercantil de Cádiz, en un proceso defendido por los letrados de Ley 57 Abogados , ha dictado un Auto que exonera a la mujer de los más de 100.000 euros que dejó de pagar su ex marido en su negocio y que ella avalaba.
El grueso de la deuda correspondiente provenía de la posición de fiadora solidaria de ella en el contrato de arrendamiento financiero de bienes muebles (leasing) contratado por el que entonces era su marido, Por lo tanto, ambos respondían solidariamente del importe total de dicha deuda.
Esta deuda se encontraba sometida a procedimiento judicial seguido contra ella por la que desde hace años se le venía embargando, junto con otra deuda correspondiente a la contratación de un préstamo personal por su ex cónyuge, del cual respondía también solidariamente y que se encontraba sometida a un procedimiento judicial.

Dichas deudas aparecían reflejadas en el Informe de Riesgos del Banco de España.

Con unos ingresos mensuales de 1.300 euros, y con un hijo menor a cargo al que mantener, siendo por tanto la única persona de la unidad familiar que recibe ingresos, respondía solidariamente del total de las deudas tanto del contrato de leasing de la que aparecía como fiadora solidaria, posición en la que se puso para favorecer el negocio del que era entonces su marido, así como del préstamo personal, ambos contratados con la misma entidad.
En un extenso Auto el Juzgado recuerda que «La exoneración del pasivo insatisfecho solo puede producirse cuando el deudor es de buena fe, lo que plantea el problema de su acreditación.»

¿Qué deudor es de buena fe, solo aquél que acredite que no concurren en él las excepciones del artículo 487 o todo deudor respecto del que no se acredite que concurren en él tales excepciones? Esta pregunta puede traducirse fácilmente en otra más sencilla. ¿Se presume la buena fe del deudor o éste debe probarla?
Estas son las preguntas que el propio Juzgador se plantea y sobre las que reflexiona.y dice:.... ( Sigue leyendo ➡https://ley57.com/blog/exoneran-a-una-mujer-divorciada-de-las-deudas-por-los-avales-a-su-ex-pareja/ )

Nuevas promotoras, viejos abusos.Condenan a una promotora de Málaga por incluir (y aplicar)  cláusulas abusivas en sus c...
18/10/2024

Nuevas promotoras, viejos abusos.

Condenan a una promotora de Málaga por incluir (y aplicar) cláusulas abusivas en sus contratos.

La compañía se había quedado con el 50% de la señal dada por los compradores de un piso en construcción en la capital malagueña.

En un asunto defendido por los abogados de Ley 57, el Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Málaga condena a la promotora de un edificio en Teatinos (Málaga), a devolver el dinero a una compradora por haber aplicado una cláusula que declara abusiva.

Se trata de un asunto en el que una familia había reservado un piso en el edificio de nueva construcción, operación que finalmente no se consumó y la promotora revendió el piso más caro, a la vez que se quedaba con el 50% del dinero de la familia.

Tras varios intentos amistosos fue necesario acudir al Juzgado, que ahora, tres años después, ordena se le devuelva el dinero con los intereses correspondientes.

El tribunal admite, resultando por lo demás un hecho probado, que la demandada vendió a un tercero el bien inmueble objeto de dicha compraventa y que el precio se incrementó en la suma de 23.000 euros respecto del pactado en el primer contrato alegándose en el escrito de contestación a la demanda que en dicha lapso temporal se produjo un encarecimiento en los precios de las viviendas superior al incremento habido en el precio pactado en el segundo contrato. No obstante, dice la sentencia «dejando a un lado la realidad de dicho aserto… ello no implica la efectiva existencia de daños y perjuicios causados a la promotora, que no se acreditan en modo alguno, (ningún pago o coste a que tuviera que hacer frente la demandada se prueba, ni, como hemos visto, se produjo la depreciación del bien inmueble objeto de autos, sino al contrario), no siendo equiparable la irrogación de perjuicios con la no obtención de un aún mayor lucro que el que finalmente se logró, (“sueños de ganancia”). Así las cosas, no existe proporcionalidad entre la retención del 50% de las cantidades abonadas por los actores y unos daños y perjuicios, supuestamente ocasionados a la demandada, pero no acreditados, teniendo en cuenta que poco tiempo después de la resolución contractual, el inmueble objeto del contrato suscrito por las partes fue vendido a un tercero por un precio mayor, (23.000 euros más), al pactado con los aquí demandantes.«

El importe retenido a la familia fue de 26.000 euros, lo que sumaba una ganancia para la promora, al mismo piso de 49.000 euros en un cortísimo plazo, por lo que atendiendo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, establece que la cláusula es abusiva, la anula y ordena se le devuelva el dinero.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida.https://ley57.com/blog/condenan-a-una-promotora-de-malaga-por-incluir-clausulas-abusivas-en-sus-contratos/

16/05/2024

Considera a la pareja "deudor de buena fe" y la exonera del pago | Cadena SER

Juzgado de Málaga perdona 15 préstamos por un total de 73.000 euros a una pareja con cinco hijos.En un asunto donde Ley ...
15/05/2024

Juzgado de Málaga perdona 15 préstamos por un total de 73.000 euros a una pareja con cinco hijos.

En un asunto donde Ley 57 ha sido el administrador concursal, y en un proceso de segunda oportunidad que se inició tras la crisis sanitaria del COVID, el juzgado (de Málaga) considera a la pareja deudores de buena fe, al haber perdido ella el trabajo que tenía en un agencia de viajes y no poder hacer frente a todos los préstamos. ➡️ https://ley57.com/blog/juzgado-de-malaga-perdona-15-prestamos-por-un-total-de-73-000-euros-a-una-pareja-con-cinco-hijos/

30/04/2024

María (nombre ficticio), cuyos escasos ingresos venían siendo embargada desde hace diez años, obtiene del Juzgado de lo mercantil nº 11 de Madrid el reconocimiento de la exoneración de la totalidad…

Mentiras y verdades entorno a la declaración de la renta 2024.Hay cosas que se dicen entorno a la renta, que damos como ...
19/04/2024

Mentiras y verdades entorno a la declaración de la renta 2024.

Hay cosas que se dicen entorno a la renta, que damos como buenas, pero no son ciertas.

Comencemos con el asunto de dos o más pagadores.

Una de las mentiras más comunmente asimiladas es que si tienes dos pagadores … (sigue leyendo)…➡️

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Orgullosos de haber ayudado a conseguir el objetivo tantos años después ➡️
02/04/2024

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El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Málaga ha condenado a Unicaja Banco a abonar 300 | Cadena SER

23/02/2024

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