Fernandez Cano Abogados

Fernandez Cano Abogados Servicios Jurídicos integrales desde hace mas de 20 años.

Especialidad en penal, Civil (divorcios, modificación medidas, medidas de alimentos), Extranjería (permiso de residencia y nacionalidad) y Mercantil (creación de empresas en España y UE) .

02/03/2023

El Congreso de los Diputados está tramitando una proposición de Ley regularizar de manera extraordinaria a los extranjeros que se encuentren en España antes del 1 de noviembre del 2021.

Estaremos atentos para proporcionar asesoramiento a nuestros clientes.

25/12/2022

El Consejo de Ministros ha aprobado esta semana el anteproyecto de ley de familias, que incluye nuevos permisos de conciliación para el cuidado de familiares o convivientes y la ampliación de beneficiarias del cheque de 100 euros para madres con hijos de 0 a 3.

El texto también recoge nuevos permisos retribuidos y reconoce como familias numerosas a los hogares monoparentales con dos o más hijos.

Repasamos estas y otras claves de la ley de familias con nuestra compañera Gemma de Vega:

• La ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza: se extenderá la renta crianza de 100 euros al mes para un mayor número de familias con hijos e hijas de cero a tres años.

• Avanzar en la garantía del derecho a la conciliación: se crean tres permisos de cuidados. Un permiso por cuidado de cinco días al año, retribuidos, para atender a un familiar hasta 2º grado o conviviente; un permiso parental de ocho semanas, que podrán disfrutarse de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla ocho años y un permiso por ausencia por fuerza mayor familiar que requiera atención inmediata, que será de cuatro días retribuidos al año y que se podrá disfrutar por horas.

• El reconocimiento jurídico de los distintos tipos de familias que ya existen en nuestro país: equiparación de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho, puesto que estas últimas tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio. Además de un nuevo marco de reconocimiento y protección para las familias LGTBI.

• El reconocimiento y protección de los derechos de los y las menores: prohíbe que los padres y tutores impidan el acceso a contenidos sobre diversidad familiar a través del conocido como 'PIN parental' en los centros educativos; y se mejora el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos

28/07/2021

Ante la posible avalancha de petición de datos de vacunación de manera ilícita, tanto en establecimientos públicos o privados, se pone en conocimiento:

"Los datos personales son un derecho fundamental recogido en el artículo 18.4 de la Constitución Española y regulado por el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD), y la Ley de protección de datos (LOPDGDD)la normativa en protección de datos se complementa con la Ley de Autonomía del Paciente 41/2002, de 14 de noviembre.

Ante el sujeto no legitimado que nos pida este tipo de datos
"Si usted insiste en seguir pidiéndome el certificado de vacunación o cualquier otro dato sanitario estará incurriendo en un delito con p***s de hasta 600.000 € de multa. O entre un 5% hasta un 15% de sanción administrativa aplicable directamente sobre sus beneficios a último cierre de ejercicio fiscal.

• En vía penal, delitos contra la intimidad de las personas. Por este tipo de actuaciones llevadas a cabo, podrían solicitarse las siguientes p***s recogidas en el vigente Código Penal:

•Se preveen p***s en el tipo básico de prisión de 1 a 4 años o multa de 12 a 24 meses (la cuota diaria de multa normalmente va entre los 4 y 7 €/día por 30 días a tantos meses, multipliquen).

•Tipo agravado: Prisión de 3 a 5 años (No se recoge pena de multa).

Artículos 197 a 201 del Código Penal".

Si enchufamos el modo democracia, todo OK.
Pero lo ponemos con todas las cartas hacia arriba y sin marcar.

Modo de actuación.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN CERTIFICADO COVID:

1. Pide hoja de reclamación. Rellenar por vulneración de DDFF y vulneración de la ley de protección de datos.

2. Presentar denuncia ante la Agencia de Protección de Datos a través del formulario de la web. Aportar doc.1

Vía penal:
-Denuncia ante Juzgado de Guardia o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (poder blinda a poder).

-Querella redactada y firmada por Abogado y Procurador a instancia de la posible víctima del delito.

Se expone todo lo anterior para una posible defensa jurídica y para tranquilidad legal del ciudadano.

27/07/2021

Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Cieza n.º 2, por la que se suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de herencias.

https://app.vlex.com/?utm_source=email&utm_campaign=digest-es /868830144

15/07/2021

Los días de cárcel sustitutivos por impagos de multas no pueden superar la pena de la Fiscalía

La Audiencia Provincial de A Coruña establece que, en el caso de que se produzca el impago de la sanción económica y, en consecuencia, el juzgado la sustituya por días de cárcel, estos últimos no pueden superar la pena solicitada por la Fiscalía en el juicio.

En concreto, el auto estima en parte el recurso de un condenado por un delito de conducción sin permiso, concurriendo la agravante de reincidencia, a la pena de multa de 2.850 euros. El conductor no hizo frente al pago de la sanción, por lo que el juzgado la sustituyó por una pena de prisión de 285 días. La Fiscalía, sin embargo, había solicitado en el juicio una condena menor, en concreto, 180 días de cárcel. De esta manera, la audiencia señala que “si el inculpado hubiese aceptado en bloque y en el escenario del juicio oral la pretensión punitiva del fiscal, aún sin rebaja alguna consiguiente a la conformidad, la privativa de libertad a cumplir sería de 180 días y no los 285”.

Adecuar y limitar el tiempo de prisión

De acuerdo con la resolución del juzgado, los magistrados señalan que, el apelante “se acabaría enfrentando a una pena cierta y real muy superior a la solicitada en juicio, que ya era la máxima prevista en la norma para la conducta de conducción sin permiso”. Por ello, subraya que “lo procedente es adecuar, limitar el cumplimiento” del tiempo de prisión al pedido en el juicio por la Fiscalía. Por ello, estima en parte el recurso del conductor y establece que los días de cárcel por los que el juzgado sustituirá la multa no podrán superar los 180, pues, de lo contrario, quebrantaría el principio acusatorio, ya que sería castigado con 285 días de cárcel, una pena superior a la demandada por la Fiscalía en la vista oral.

28/04/2021

STS nº 497/2020 de 29 de septiembre de 2020, según la cual, no ha lugar a considerar trabajo para la casa -con derecho a compensación- el trabajo en el negocio del otro cónyuge si lo fue bajo un salario adecuado, y similar al que luego obtuvo en otros trabajos iguales para los que lo contrataron después de la ruptura conyugal.

25/04/2021

Has decidido no vacunarte y no sabes que alegar para que no te vacunen, algunos juristas y médicos han manifestado las diferentes argumentos que puedes alegar para evitar que te vacunen sin estar respalado y que alguien se haga responsable de lo que te pueda suceder; aquí van los argumentos:

1. Estrategia del Abogado Sergio Cebolla: No tienes por qué decir Sí / No. La ley defiende el consentimiento informado por parte del paciente. Si el paciente (o sea, tú) no tiene suficiente información para decidir, entonces no puede decidir. Por lo tanto, se pide más información a quien te pida que te vacunes. Si te dan más información, dices que no es suficiente y pides más información; y así at eternum. Los mareas todo lo que puedas y más.

2. Estrategia Dr. Benito: Una vacuna no puede ser administrada sin una prescripción médica. ¿Hay algún médico que se atreva a prescribir una vacuna experimental? Respuesta: No. Nadie quiere firmar nada. Si le pides una firma al médico conforme él se hace responsable de los efectos secundarios de la vacuna, conforme a la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, entonces no te lo firmará; y sin una prescripción médica, no te pueden vacunar.

3. Estrategia Dr. Sevillano: Una contraindicación de la vacuna es NO tener el Sars-CoV-2; ni haberlo tenido en los últimos 3 meses. Pero, ¿Cómo se puede saber? ¿Haciendo una PCR? Eso tampoco te puede garantizar que no lo tienes en ese momento; o que no lo tengas mañana. La respuesta es que no se puede saber. Y como no se puede saber, pues no te la pones y punto.
4. Estrategia del Abogado José Ortega: Invocar los tratados internacionales y negarse en base a ellos: Declaración universal sobre Bioética y Derechos Humanos, 19 de Octubre de 2005; y Convenio relativo a los derechos humanos y la biomedicina, hecho en Oviedo el 4 de abril de 1997.

Que cada cual elija la que mejor le vaya. Yo creo que la mejor es aplicar la 1 y la 2 a la vez. En el raro caso que te den toda la información y un médico tuviera los cojones de firmar con su nombre una prescripción médica; entonces siempre te quedaría aplicar la 3 o la 4.

ACTUALIZACION Situación de las medidas COVID19 para Algeciras a día de hoy
04/02/2021

ACTUALIZACION Situación de las medidas COVID19 para Algeciras a día de hoy

Esquema de las nuevas normas y horarios.
14/12/2020

Esquema de las nuevas normas y horarios.

08/12/2020

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