14/03/2022
EL PLAZO TERMINA EN BREVE... Si compraste un coche entre 2006 y 2013, esto te interesa!!
Si compraste un coche entre 2006 y 2013 puedes recuperar entre un 10% y un 15% del precio que pagaste por él.
Según una sentencia del Tribunal Supremo, entre 2006 y 2013 más de 130 concesionarios en toda España, que representan a 21 marcas, pactaron los descuentos máximos y las condiciones comerciales en la venta de sus automóviles. Una práctica delictiva, conocida como el Cártel de los Coches, por la que ahora se deberá indemnizar a los propietarios particulares afectados por el sobreprecio en la operación de compra de sus automóviles.
¿CUÁNDO TUVO QUE COMPRAR EL AUTOMÓVIL?
Podrán optar a la reclamación aquellos titulares del vehículo que compraron entre febrero de 2006 y agosto de 2013. El plazo para esta reclamación sería de un año a partir de la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo. También podrá reclamar esta indemnización aquellos propietarios que heredaran uno de los vehículos afectados siempre que posea toda la documentación necesaria.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITA?
La documentación que necesita aportar el dueño del coche es la siguiente:
1. Factura de compra (o resguardo de transferencia bancaria) realizado en la operación de compra o de reserva del vehículo en el concesionario.
2. También será necesaria la ficha técnica del vehículo en la que se especifica todos los datos del automóvil.
3. Si el vehículo fue vendido, el reclamante deberá aportar el documento donde ponga el precio de venta o valor final con que se cerró la operación.
¿A QUÉ INDEMNIZACIÓN PUEDE OPTAR?
La indemnización puede rondar el 10% o 15% del precio de compra del vehículo, a lo que habría que sumar los intereses y restar los gastos judiciales. La cifra dependerá de la fecha de compra, de la marca y del modelo de cada automóvil.