27/03/2026
📢 ¡Victoria en el Tribunal de Instancia de Sevilla! 👩⚖️✨
Nuestro compañero Ezequiel Merino consigue el derecho de una madre a recibir la prestación por cuidado de menor afectado por enfermedad grave (CUME) para atender a su hijo diagnosticado con TEA grado 3. Su hijo, con ausencia de lenguaje y necesidad de apoyo constante, requiere atención directa, continua y permanente. 👶💙
A pesar de que inicialmente la prestación fue denegada por no contar con ingreso hospitalario previo, la sentencia resalta que la necesidad real de cuidados del menor prevalece.
📋 ¿Qué es la CUME? Es un subsidio de la Seguridad Social que compensa a quienes reducen su jornada laboral para cuidar a un hijo o menor con enfermedades graves, como el cáncer o trastornos graves. 👨👩👧👦
Esta resolución refuerza la importancia de los cuidados domiciliarios, demostrando que lo más importante es el bienestar del menor, sin importar si la atención se presta en un hospital o en casa. 🏠