Yasmina López Martínez - Abogada

Yasmina López Martínez - Abogada Licenciada en Derecho y Licenciada en Criminologia por la Universidad de Valencia. Asesoramiento leg

26/01/2020

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Si no quiere sentirse, de nuevo, engañad@ por su banco, ACUDA A NUESTRO DESPACHO ANTES DE FIRMAR CUALQUIER ACUERDO.A par...
07/02/2017

Si no quiere sentirse, de nuevo, engañad@ por su banco, ACUDA A NUESTRO DESPACHO ANTES DE FIRMAR CUALQUIER ACUERDO.

A partir del RD Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, las entidades de crédito deben implantar un sistema de reclamación previa a la interposición de demandas judiciales, que tendrá carácter voluntario para el consumidor y cuyo objeto será atender a las peticiones que éstos formulen.
Las entidades de crédito deberán garantizar que todos los consumidores que tiene clausulas suelo conocen el sistema de reclamación.

Ahora bien, LOS BANCOS NO ESTÁN OBLIGADOS A OFRECER LA CANTIDAD QUE EL CONSUMIDOR HA PAGADO DE MÁS, motivo por el cual, si firma un acuerdo con ellos SIN ANTES HABERSE INFORMADO de los intereses que ha abonado de más, así como, del capital que se debería haber amortizado de no haber existido clausula suelo USTED PUEDE ESTAR PERDIENDO DINERO QUE EFECTIVAMENTE LE CORRESPONDE.

¡NO LO DUDE Y CONTACTE CON NOSOTROS!

Avda. Ribera Alta, 11 bajo de Alberic
608 897 461 o 96 244 0168

Si no quiere sentirse, de nuevo, engañad@ por su banco, ACUDA A NUESTRO DESPACHO ANTES DE FIRMAR CUALQUIER ACUERDO.A par...
06/02/2017

Si no quiere sentirse, de nuevo, engañad@ por su banco, ACUDA A NUESTRO DESPACHO ANTES DE FIRMAR CUALQUIER ACUERDO.

A partir del RD Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, las entidades de crédito deben implantar un sistema de reclamación previa a la interposición de demandas judiciales, que tendrá carácter voluntario para el consumidor y cuyo objeto será atender a las peticiones que éstos formulen.
Las entidades de crédito deberán garantizar que todos los consumidores que tiene clausulas suelo conocen el sistema de reclamación.

Ahora bien, LOS BANCOS NO ESTÁN OBLIGADOS A OFRECER LA CANTIDAD QUE EL CONSUMIDOR HA PAGADO DE MÁS, motivo por el cual, si firma un acuerdo con ellos SIN ANTES HABERSE INFORMADO de los intereses que ha abonado de más, así como, del capital que se debería haber amortizado de no haber existido clausula suelo USTED PUEDE ESTAR PERDIENDO DINERO QUE LE CORRESPONDE.

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25/12/2016
El TJUE falla a favor de los consumidores, los BANCOS DEBERÁN DEVOLVER TODO, ¡SI TODO! LO COBRADO DE MÁS por la indebida...
21/12/2016

El TJUE falla a favor de los consumidores, los BANCOS DEBERÁN DEVOLVER TODO, ¡SI TODO! LO COBRADO DE MÁS por la indebida aplicación de la denominada CLÁUSULAS SUELO.

Por tanto, la devolución de dichas cantidades debe realizarse desde que se firmó la hipoteca y no desde mayo de 2013, como pretendía fijar la frontera por motivos macroeconómicos el TS.

Segun sostiene el TJUE: "El Supremo realizó una incompleta e insuficiente protección del consumidor y su jurisprudencia es "incompatible" con el Derecho de la UE".

Si su hipoteca contiene clausula suelo o cree que puede tenerla, contacte con nosotros y estudiaremos su caso sin compromiso.

Telf. de contacto: 608897461
Despacho ubicado en: Avda. Ribera Alta n°11 bajo de Alberic.

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